De los bailes
326. Los bailes o danzas, como generalmente se tienen, son muy peligrosos y escandalosos, y enredan innumerables almas en los lazos de Satanás; y los Santos Padres unánimemente combaten esta clase de diversión. Sin embargo, no todos los bailes son igualmente malos y peligrosos.
Principios.I. Los bailes, de suyo, aun entre personas de diferente sexo, no son ilícitos, si se tienen de un modo honesto, lo es, evitando todo tacto, gesto o acción impura. La razón porque los bailes son de suyo indiferentes y ninguna ley los prohibe. Este es el sentir general. (S. Alf., 1. 3, n. 429).
II. Los bailes deshonestos por razón de la desnudez, por la forma de danzar, por las palabras, gestos, cantos, pueden ser gravemente ilícitos, como fácilmente se deja entender. Entre estos se colocan todos los bailes modernos.
El peligro nace principalmente de dos causas, a saber: de la estrecha unión de los cuerpos del hombre y de la mujer y de que ambos danzantes, como perdidos en medio de la turba danzadora y abandonados a si solos, tienen mayor libertad para decir palabras menos castas, ya que todas las circunstancias les convidan a ello; y cuanto los que bailan tienen entre sí mayor confianza, tanto más peligrosos son semejantes bailes.
Los bailes que se llaman de cuadro (v. gr. rigodón, lanceros, minuete, Valet folclorico, etc.) disminuyen bástante ambos peligros, como quiera que apenas se da unión de los cuerpos, y por otra parte requieren gran atención para proceder según las reglas del arte, y numeroso concurso de personas para hacer, como dicen, la combinación de las figuras. Este es el sentir de varones doctos y a la vez piadosos. El confesor juzgará de los casos particulares por la forma, circunstancias, gravedad del motivo, etc.
III. En la práctica generalmente se ha de procurar impedir, en cuanto se pueda, todo baile entre personas de diferente sexo; porque, tal cual se suelen tener, son las más de las veces peligrosos. De donde los párrocos y confesores deben procurar, en cuanto puedan, detraer de ellos a sus súbditos y penitentes. Tal es el sentir común de los doctores de nuestro tiempo y de los directores de almas, (Gury n. 242).
327. Resoluciones.1° Los que son tan débiles que bailando se ponen en grave peligro de pecar, deben privarse del baile, bajo pena de pecado mortal; a no ser que en algún caso la necesidad urja y no se dé al menos probablemente peligro de consentimiento.
2° Danzar modestamente o asistir a bailes por cierta, necesidad, por conveniencia del propio estado, sin que haya peligro de pecar, no es pecado de ninguna clase; pues se da razón justa para permitir los pecados de los otros, si es que los hay. Así, no cometen pecado, si danzan decentemente, las jóvenes destinadas al matrimonio que no pueden ausentarse de los bailes que se dan en la casa paterna, o en la de los vecinos o parientes, o no pueden rehusar la danza sin exponerse a burlas o desagradar a sus padres o al esposo que las requiere.
3° Más aún, asistir a bailes honestos, aun sin necesidad, evitando cualquier peligro y escándalo notable, y bailar en ellos decentemente no sólo no es pecado mortal, sino puede además carecer de toda culpa. Pues algunas veces se encuentran hombres y no raras veces mujeres que no experimentan peligro alguno, o, cuando más, muy remoto en los bailes de personas aun de diverso sexo. A éstos, aunque se les deba aconsejar que dejen el baile, sin embargo sería imprudente exigirles promesa de evitarlos so pena de negarles la absolución (Bouvier; Gury, n. 243.)
De los espectáculos
330. Sobre las diversiones y espectáculos representados por bufones o comediantes puede decirse casi lo mismo que de los bailes, por lo cual bastará añadir dos palabras.
Principios.I. Los espectáculos de suyo no son malos, ni por consiguiente ilícitos, pues no están prohibidos por ninguna ley, ni natural, ni positiva, divina o humana. Por tanto, si en ellos no se representan cosas torpes, y por otra parte las circunstandas no ofrecen pasto a la libídine, no se han de reprobar en modo alguno. Así lo afirman generalmente todos. (S. Tom., 2, q. 108, art. 3; Gury, n. 246).
II. Los espectáculos en que se representan cosas notablemente obscenas o en los que aparecen personas de diferente sexo con traje notablemente indecoroso, generalmente hablando son gravemente ilícitos, por ser dañosos, no sólo a los actores, sino también a los espectadores. Hoy es tan frecuente semejante desenfreno, que la profesión del arte escénico casi llega a constituir una pública prostitución de los cuerpos. (Así el Dr. Blanc, La sífilis plaga social, pág. 30).
Con todo, como no sea generalmente ilícito, habiendo causa justa y proporcionada, exponerse a algún peligro, mayormente si se toman, como es justo, saludables precauciones, tienen excusa los soldados que deben asistir para cuidar del orden, los criados que tendrían que soportar la indignación de sus señores si rehusasen asistir, etc. Scavini.
P. Juan B. Ferreres, S. J.
COMPENDIO DE TEOLOGIA MORAL
Tomo I, 1929
COMPENDIO DE TEOLOGIA MORAL
Tomo I, 1929
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