Vistas de página en total

miércoles, 15 de diciembre de 2010

Conversiones. Obligaciones de los convertidos al catolicismo

¿Qué condiciones se requieren para entrar en la Iglesia católica? Uno que se convierta de otra religión, ¿debe, al hacerse católico, bautizarse de nuevo y hacer una confesión general?
—Todos los adultos que quieran convertirse al catolicismo deben arrepentirse de todos sus pecados y creer firmemente toda la doctrina que nos enseñaron Jesucristo y sus apóstoles tal como la enseña la Iglesia católica. Para ello, deberán instruirse de antemano con un sacerdote o persona por él desígnada hasta que entiendan regularmente el Catecismo. Los que pertenecieron a alguna de las sectas heréticas, deben abjurar de sus errores en esta forma: «Con fe viva y corazón sincero, abjuro y detesto todas las herejías, sectas y errores que se oponen a las enseñanzas de la Santa Iglesia católica, apostólica, romana. Ayúdenme para ello Dios y estos sus Santos Evangelios que toco con mi mano.»
Luego, si el converso ya está válidamente bautizado, no está obligado más que a confesar aquellos pecados mortales que cometió después del bautismo. Si no está cierto de la validez del bautismo, se le bautiza ahora condicionalmente con estas palabras: «Si no estás bautizado, yo te bautizo en el nombre del Padre, y del Hijo, y del Espíritu Santo.» En este caso, deberá confesarse condicionalmente como en el primer caso, para que así nos conste que sus pecados le han sido ciertamente perdonados por uno de los dos sacramentos. El bautismo válido no se puede repetir, pues imprime en el alma un carácter indeleble, como nos dice el Concilio de Trento.

Si yo, luterano, he hecho juramento de morir en esta religión, en la que me bauticé, ¿puedo ir contra el juramento y hacerme católico? Supongamos que creo que la religión de mis padres basta para salvarme.
—Tan pronto como usted se convenza de que la religión verdadera es la católica, ya no le obliga a usted el juramento que hizo de buena fe siendo luterano. El que hace voto o juramento de hacer una cosa mala, peca, y el tal juramento no tiene fuerza obligatoria ninguna. Por otra parte, si sus padres de usted son pobres, usted no los imita de buena gana, sino que se esfuerza por todos los medios a su alcance por hacer dinero y mejorar de condición. Pues eso mismo debe hacer en lo tocante a la religión de sus padres. Así que conozca usted que la religión de sus padres es pobre, debe dejarla y abrazarse con la verdadera para gozar en ella de las inagotables riquezas del verdadero Evangelio de Jesucristo.

¿Es cierto que a los que se convierten al catolicismo se les obliga a odiar a sus parientes y amigos no católicos?
—Es falsísimo. Se les obliga a detestar la herejía y el error, pero se les inculca que amen al prójimo como a sí mismos. Jesucristo nos avisó que nos guardásemos de los falsos profetas (Mat VII, 15), y San Pablo nos previene contra los herejes y cismáticos (Rom XVI, 17; 1 Cor I, 10) por el peligro que se corre de caer en sus mismos errores. El trato y conversación con los enemigos de la Iglesia es peligroso para el vulgo poco adiestrado en polémica y no muy conocedor de los dogmas de nuestra religión; por eso toda la cautela en este punto es poca. Pero los católicos no odiamos a nadie. Nuestro lema es el que Jesucristo mismo nos trazó en el Evangelio: «Amarás al Señor tu Dios..., y al prójimo como a ti mismo.» Y San Juan: «Si alguno dice que ama a Dios y odia a su hermano, miente, porque si no ama a su hermano, a quien ve, ¿cómo va a amar a Dios, a quien no ve?» (1 Juan IV, 20). El recién convertido al catolicismo amará a sus amigos y parientes más que antes, pues ahora está más cerca de Dios y conoce mejor lo que es estar alejado de El por el error. Ofrecerá por ellos al Altísimo muchas misas y comuniones para que también ellos vean la luz.

Yo estoy convencido de que la religión católica es la única verdadera; pero mi madre, que no es católica, me dice que si me hago católico la mato de pesadumbre. ¿Estoy obligado a dar ese disgusto a mi madre?
—No vamos a responder nosotros a esta pregunta, sino Jesucristo: «Al que me confesare delante de los hombres, Yo le confesaré también delante de mi Padre, que está en los cielos; pero al que me negare delante de los hombres, Yo le negaré también delante de mi Padre celestial» (Mat X, 32-33). «He venido a separar el hijo de su padre y la hija de su madre... El que ama a su padre o a su madre más que a Mí, no es digno de Mí; y el que ama a su hijo o a su hija más que a Mí, tampoco es digno de Mí» (Mat X, 35-37). Por donde se ve que en este punto no hay que jugar con los sentimientos del corazón, sino obrar conforme a la conciencia y seguir a Jesucristo por encima de todo. Jesucristo conoce muy bien nuestra hechura y supo lo que nos había de costar a veces el seguirle; por eso habló en términos claros y categóricos. El cuarto mandamiento, «Honrarás a tu padre y a tu madre», no nos obliga a obedecerlos cuando mandan algo contra la ley de Dios. Por eso dijo San Pedro: «Debemos obedecer a Dios antes que a los hombres» (Hech V, 29). Aun en otros negocios de menor importancia vemos que los hijos no están obligados a seguir la voluntad de sus padres, como es, por ejemplo, cuando les impiden casarse o se oponen a que entren en religión. Mucho menos, pues, debe ser cuando se trata de un negocio tan capital como abrazar la verdadera fe y dejar el error.

BIBLIOGRAFÍA.
Balmes, Cartas a un escéptico.
Cambon, Jesucristo y la Magdalena.
Gentilini, Hacia Roma.
Granada. Guía de pecadores.
Lodiel, Nuestras razones para ser católicos.
Guyot, Por qué hay hombres sin religión.
Sola, Solemne profesión de fe.
"Revista Católica», Necesidad de creer.
Id., Yo quisiera creer.
Ídem, Cuestiones de vida o muerte.
Vaguer, La primera confesión y la primera comunión.

No hay comentarios: