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sábado, 21 de enero de 2012

L I B E R T A S

Encíclica de
S.S. León XIII
sobre la libertad humana
20 de junio de 1888

La libertad, bien el más noble de la naturaleza, propio, únicamente, de los seres inteligentes o razonables, da al hombre la dignidad de estar en manos de su propio consejo y tener la potestad de sus acciones.
Pero interesa en gran manera el modo con que se ha de ejercer semejante dignidad, porque del uso de la libertad se originan, así como bienes sumos, males también sumos. En mano del hombre está, en efecto, obedecer a la razón, seguir el bien moral, tender derechamente a su último fin; pero igualmente puede seguir el opuesto camino y, al ir tras apariencias engañosas de bien, perturbar el orden debido y precipitarse voluntariamente en inevitable ruina.
Jesucristo, libertador del linaje humano, al restaurar y realzar aumentada la primitiva dignidad de la naturaleza, comunicó grandísimo auxilio a la voluntad humana, en parte añadiéndole los auxilios de su gracia, y por otra parte, al proponerle la felicidad sempiterna en los cielos, elevándola a la más alta dignidad. De semejante modo la Iglesia, porque oficio suyo es propagar por toda la duración de los siglos los beneficios que por Jesucristo adquirimos, ha merecido bien y siempre merecerá bien de don tan excelente de la naturaleza.
A pesar de esto, son no pocos quienes afirman que la Iglesia es una enemiga de la libertad del hombre; y la causa de que así piensen está en una falsa y extraña idea que se forman de la libertad. Porque, o la adulteran en su noción misma, o con la opinión que de ella tienen la dilatan más de lo justo, pretendiendo que alcanza a gran número de cosas, en las cuales, si se ha de juzgar rectamente, no puede ser libre el hombre.
2. En otras ocasiones, pero singularmente en la encíclica Immortale Dei, hemos hablado Nos de las llamadas libertades modernas, separando lo que en ellas hay de honesto de lo que no lo es, y demostrando al mismo tiempo que cuanto hay de bueno en estas libertades es tan antiguo como la verdad misma, y siempre lo aprobó la Iglesia muy de buen grado, y lo admitió en su realidad práctica. Pero, a decir verdad, lo que se le ha añadido de nuevo es su parte inficionada, fruto de la turbulencia de los tiempos y del excesivo afán de novedades. Mas como hay muchos pertinaces en defender que estas libertades, aun en lo que tienen de vicioso, son el mayor ornamento de nuestro siglo y las juzgan fundamento necesario para constituir las naciones, hasta el punto de negar que sin ellas pueda concebirse gobierno perfecto de los Estados, Nos ha parecido oportuno, proponiéndonos la pública utilidad, el tratar ahora especialmente de dicha materia.
LIBERTAD MORAL
3. De lo que aquí tratamos directamente es de la libertad moral, ya se la considere en el individuo, ya en la sociedad civil y política; pero conviene al principio decir brevemente algo de la libertad natural, porque, aun cuando del todo se distingue de la moral, es, sin embargo, fuente y principio de donde nacen por virtud propia y espontáneamente todas las libertades.
a) En el individuo
b) En la sociedad
a) En el individuo
Su naturaleza
Sus auxiliares
1) Ley
2) Gracia
4. El juicio de todos y el sentido común, voz muy cierta de la naturaleza, reconocen esta libertad solamente en los que son capaces de inteligencia o de razón, y en aquélla está la causa de ser tenido el hombre por verdadero autor de cuanto ejecuta. Y con razón; porque, cuando los demás animales se dejan llevar sólo de sus sentidos, y sólo por el impulso de la naturaleza buscan lo que les aprovecha y huyen de lo que les daña, el hombre tiene por guía a la razón en cada una de las acciones de su vida.
Pero la razón juzga que de cuantos bienes hay sobre la tierra, todos y cada uno pueden ser e igualmente no ser, y por lo mismo juzga que ninguno de ellos se ha de tomar necesariamente, con lo cual la voluntad tiene poder y opción de elegir lo que le agrade. Ahora bien: el hombre puede juzgar de la contingencia, como la llaman, de estos bienes, como decíamos, porque tiene un alma por naturaleza simple, espiritual, capaz de pensar, la cual, pues ésta es su naturaleza, no trae su origen de las cosas corpóreas ni depende de ellas en su conservación; creada, más bien, inmediatamente por Dios, y muy superior a toda condición de la materia, tiene un modo de vivir propio suyo y un modo no menos propio de obrar, con lo cual, abarcando con el juicio las razones inmutables y necesarias de lo bueno y lo verdadero, se halla en condición de juzgar la esencial contingencia de los bienes particulares. Y así, cuando se establece que el alma del hombre está libre de toda composición perecedera y goza de la facultad de pensar, juntamente se constituye con toda firmeza en su propio fundamento la libertad natural.
5. Ahora bien: así como nadie ha hablado de la simplicidad, espiritualidad e inmortalidad del alma humana tan altamente como la Iglesia católica, ni la ha asentado con mayor constancia, así también ha sucedido con la libertad; siempre ha enseñado la Iglesia una y otra cosa, y las defiende como dogma de fe; y, no contenta con esto, tomó el patrocinio de la libertad, enfrentándose con los herejes y fautores de novedades que la contradecían, y libró de la ruina a este bien tan grande del hombre. Bien atestigua la historia con cuánta energía rechazó los conatos frenéticos de los maniqueos y de otros; y en tiempos más cercanos nadie ignora el grande empeño y fuerza con que ya en el Concilio Tridentino, ya después contra los sectarios de Jansenio, luchó en defensa del libre albedrío del hombre, sin permitir que el fatalismo se arraigara en tiempo ni en lugar alguno.
Su naturaleza
6. Así, pues, la libertad propia, como hemos dicho, de los que participan de inteligencia o razón, y mirada en sí misma no es otra cosa sino la facultad de elegir lo conveniente a nuestro propósito, ya que sólo es señor de sus actos el que tiene facultad de elegir una cosa entre muchas. Ahora bien: como todo lo que se toma con el fin de alcanzar alguna cosa tiene razón de bien útil, y éste es, por naturaleza, acomodado para mover propiamente el apetito, por eso el libre albedrío es propio de la voluntad, o mejor, es la voluntad misma en cuanto tiene, al obrar, la facultad de elección. Pero de ningún modo se mueve la voluntad si delante no va, iluminándola, a manera de antorcha, el conocimiento intelectual; es decir, que el bien apetecido por la voluntad es el bien precisamente en cuanto conocido por la razón. Tanto más, cuanto que en todos los actos de nuestra voluntad siempre antecede a la elección el juicio acerca de la verdad de los bienes propuestos y de cuál ha de anteponerse a los otros; pero ningún hombre juicioso duda de que el juzgar es propio de la razón y no de la voluntad. Si la libertad, pues, reside en la voluntad, que es por naturaleza un apetito que obedece a la razón, síguese que la libertad misma ha de tener como objeto, igual que la voluntad, el bien que sea conforme a la razón.
7. Pero, como una y otra facultad distan de ser perfectas, puede suceder, y sucede, en efecto, muchas veces, que el entendimiento propone a la voluntad lo que en realidad no es bueno, pero tiene varias apariencias de bien, y a ello se aplica la voluntad. Pero así como el poder errar y el errar de hecho es vicio que arguye un entendimiento no del todo perfecto, así el abrazar un bien engañoso y fingido, por más que sea indicio de libre albedrío, como la enfermedad es indicio de vida, es, sin embargo, un defecto de la libertad. Así también la voluntad, por lo mismo que depende de la razón, siempre que apetece algo que se aparta de la recta razón, vicia profundamente el albedrío, y lo usa perversamente. Y ésta es la causa por que Dios, infinitamente perfecto, el cual, por ser sumamente inteligente y la bondad por esencia, es sumamente libre, en ninguna manera puede querer el mal de culpa, como ni tampoco pueden los bienaventurados del Cielo, a causa de la contemplación del bien sumo. Sabiamente advertían contra los pelagianos San Agustín y otros que, si el poder apartarse del bien fuese según la naturaleza y perfección de la libertad, entonces Dios, Jesucristo, los ángeles, los bienaventurados, en todos los cuales no se da semejante poder, o no serían libres, o lo serían con menor perfección que el hombre viador e imperfecto. Acerca de esto discurre con frecuencia el Doctor Angélico, para llegar a concluir que el poder pecar no es libertad, sino servidumbre. Sobre las palabras de Cristo, Señor nuestro, el que hace el pecado siervo es del pecado[1], dice sutilísimamente: Cada cosa es aquello que según su naturaleza le conviene; por donde, cuando se mueve por cosa extraña, no obra según su propia naturaleza, sino por ajeno impulso, y esto es servil. Pero el hombre es racional por naturaleza. Cuando, pues, se mueve según razón, lo hace de propio movimiento y obra, como quien es, cosa propia de la libertad; pero cuando peca, obra fuera de razón, y entonces se mueve como por impulso de otro, sujeto en confines ajenos, y por esto "el que hace el pecado es siervo del pecado". Con bastante claridad vieron esto los filósofos antiguos, singularmente cuantos enseñaban que sólo era libre el sabio, y es cosa averiguada que llamaban "sabio" a aquel cuyo modo de vivir era según naturaleza, esto es, honesto y virtuoso.
Sus auxiliares
1) Ley
8. Y puesto que la libertad es en el hombre de tal condición, exigía ser fortificada con defensas y auxilios a propósito para dirigir al bien todos sus movimientos y apartarlos del mal; de otro modo hubiera sido gravemente dañoso al hombre el libre albedrío. Y en primer lugar fue necesaria la ley, esto es, una norma de lo que había de hacerse y omitirse, la cual no puede darse propiamente en los animales, que obran forzados por la necesidad, pues todo lo hacen por instinto, ni de por sí mismos pueden obrar de otra manera. Mientras que los que gozan de libertad, en tanto pueden hacer o no hacer, obrar de un modo o de otro, en cuanto ha precedido, al elegir lo que quieren, aquel juicio que decíamos de la razón, por medio del cual no sólo se establece qué es por naturaleza honesto, qué torpe, sino además, qué es bueno y en realidad deba hacerse, qué malo y en realidad evitarse; es decir, que la razón prescribe a la voluntad adónde debe tender y de qué debe apartarse para que el hombre pueda alcanzar su último fin, al que todo se ha de enderezar. Esta ordenación de la razón es la ley.
Por todo lo cual, la razón de ser necesaria al hombre la ley ha de buscarse primera y radicalmente en el mismo libre albedrío, esto es, en que nuestras voluntades no discrepen de la recta razón. Y nada puede decirse ni pensarse más perverso y absurdo que la afirmación de que el hombre, porque naturalmente es libre, se halla exento de dicha ley; si así fuera, se seguiría para la libertad es necesario el no ajustarse a la razón, cuando la verdad es todo lo contario, esto es, que el hombre, precisamente porque es libre, ha de sujetarse a la ley, la cual así queda constituida como guía del hombre en el obrar, moviéndole a obrar bien con el aliciente del premio y alejándole del pecado con el terror del castigo.
Tal es la ley natural, la primera entre todas, la cual está escrita y grabada en la mente de cada uno de los hombres, por ser la misma razón humana mandando obrar bien y vedando pecar. Pero estos mandatos de la humana razón no pueden tener fuerza de ley sino por ser voz e intérprete de otra razón más alta a que deben estar sometidos nuestro entendimiento y nuestra libertad. Como que la fuerza de la ley, que está en imponer obligaciones y adjudicar derechos, se apoya del todo en la autoridad, esto es, en la potestad verdadera de establecer deberes y conceder derechos, y dar sanción, además, con premio y castigos, a lo ordenado; y es claro que nada de esto habría en el hombre, si se diera a sí mismo la norma para las propias acciones, como un legislador. Síguese, pues, que la ley natural es la misma ley eterna, ingénita en las criaturas racionales, inclinándolas a las obras y fin debidos, como razón eterna que es de Dios, Creador y Gobernador del mundo universo.
2) Gracia
9. A esta regla de nuestras acciones y freno del pecador se han juntado, por beneficio de Dios, ciertos auxilios singulares y aptísimos para regir la voluntad y robustecerla. El principal y más excelente de todos ellos es la virtud de la divina gracia, la cual, ilustrando al entendimiento e impeliendo hacia el bien moral a la voluntad, robustecida con saludable constancia, hace más expedito a la par que más seguro el ejercicio de la libertad nativa. Mas no por ello -a causa de esa intervención de Dios- son menos libres los movimientos voluntarios; porque la fuerza de la gracia divina es intrínseca en el hombre y congruente con la propensión natural, porque dimana del mismo autor de nuestro entendimiento y de nuestra voluntad, el cual mueve todas las cosas según conviene a la naturaleza de cada una. Antes bien, como advierte el Doctor Angélico, la gracia divina, por lo mismo que procede del Hacedor de la naturaleza, está creada y acomodada admirablemente para proteger cualesquier naturalezas y conservarles sus inclinaciones, su fuerza, su facultad de obrar.
b) En la sociedad
Ley eterna
La Iglesia, defensora de la libertad
10. Y lo dicho de la libertad en cada individuo, fácilmente se aplica a los hombres unidos en sociedad civil; pues lo que en los primeros hace la razón y ley natural, eso mismo hace en la sociedad la ley humana, promulgada para el bien común de los ciudadanos. De estas leyes humanas hay algunas cuyo objeto es lo que por sí es bueno o malo, y ordenan, con la sanción debida, seguir lo uno y huir de lo otro. Mas este género de decretos no tienen su principio en la sociedad humana, porque ésta, así como no engendró a la naturaleza humana, tampoco crea el bien que le es conveniente, ni el mal que se le opone: sino más bien son anteriores a la misma sociedad, y proceden enteramente de la ley eterna. Así que los preceptos de derecho natural, comprendidos en las leyes humanas, no tienen fuerza tan sólo de éstas, sino que principalmente suponen aquel imperio, mucho más alto y augusto, que proviene de la misma ley natural y de la eterna. En semejantes leyes apenas queda al legislador otro oficio que el hacerlas cumplir a los ciudadanos, organizando la administración pública de manera que, refrenados los perversos y viciosos, o abracen lo que es justo, apartados del mal por el temor, o a lo menos no sirvan de obstáculo y daño a la sociedad. Otras ordenaciones hay de la potestad civil, que no dimanan del derecho natural inmediata y próximamente, sino remota e indirectamente, delimitando las cosas variables, a las cuales no proveyó la naturaleza sino de un modo general y vago. Por ejemplo, manda la naturaleza que los ciudadanos cooperen a la tranquilidad y prosperidad del Estado; pero hasta qué punto, de qué modo y en qué casos, no es el derecho natural, sino la sabiduría humana quien lo determina; y en estas reglas peculiares de vida, ordenadas prudentemente y propuestas por la legítima potestad, es en lo que consiste estricta y propiamente la ley humana. La cual manda a todos los ciudadanos el tender unánimes al fin que la comunidad se propone, y les prohibe apartarse de él; y mientras siga sumisa y conforme a las prescripciones de la naturaleza, guía al bien y aparta del mal.
Ley eterna
11. Por donde se ve que la libertad, no sólo de los particulares, sino de la comunidad y sociedad humana, no tiene absolutamente otra norma y regla que la ley eterna de Dios; y si ha de tener nombre verdadero de libertad en la sociedad misma, no ha de consistir en hacer lo que a cada uno se le antoje, de donde resultarían grandísima confusión y turbulencias, opresoras, al cabo, de la sociedad, sino en que por medio de las leyes civiles pueda cada uno fácilmente vivir según los mandamientos de la ley eterna. Y la libertad, en los que gobiernan, no está en que puedan mandar sin razón y a capricho, cosa no menos perversa que dañosa en sumo grado a la sociedad, sino en que toda la fuerza de las leyes humanas está en que se hallen modeladas según la eterna, y en que no sancionen cosa alguna que no se contenga en ésta como en principio universal de todo derecho.
12. Sapientísimamente dijo San Agustín[2]: Creo, al mismo tiempo, que tú conoces no hallarse en aquellas [leyes] temporales nada justo y legítimo que no lo hayan tomado los hombres de esta [ley] eterna. De modo que si por cualquier autoridad se estableciera algo que se aparte de la recta razón y sea pernicioso a la sociedad, ninguna fuerza de ley tendría, puesto que no sería norma de justicia y apartaría a los hombres del bien al que está ordenada la sociedad.
13. De todo lo dicho resulta que la naturaleza de la libertad, de cualquier modo que se la mire, ya en los particulares, ya en la comunidad, y no menos en los gobernantes que en los súbditos, incluye la necesidad de someterse a una razón suma y eterna, que no es otra sino la autoridad de Dios que manda y que veda; y está tan lejos este justísimo señorío de Dios en los hombres de quitar o mermar siquiera la libertad, que, antes bien, la defiende y perfecciona; por cuanto el dirigirse a su propio fin y alcanzarle es perfección verdadera de toda naturaleza, y el fin supremo a que debe aspirar la libertad del hombre no es otro que Dios mismo.
La Iglesia, defensora de la libertad
14. Aleccionada la Iglesia por las palabras y ejemplos de su divino Autor, ha afirmado y propagado siempre estos preceptos de la más alta y verdadera doctrina, tan manifiestos a todos aun por la sola luz de la razón, sin cesar jamás de ajustar a ellos su ministerio y de imprimirlos en el pueblo cristiano. En lo tocante a la moral, la ley evangélica no sólo supera con grande exceso a toda la sabiduría de los paganos, sino que abiertamente llama al hombre y le forma para una santidad inaudita en lo antiguo, y acercándole más a Dios, lo pone en posesión de una libertad más perfecta. También se ha manifestado siempre la grandísima fuerza de la Iglesia en guardar y defender la libertad civil y política de los pueblos: materia en la que no hay para qué enumerar los méritos de la Iglesia. Basta recordar, como trabajo y beneficio principalmente suyo, la abolición de la esclavitud, vergüenza antigua de todos los pueblos del gentilismo.
El primero en afirmar la igualdad ante la ley y la verdadera fraternidad de los hombres fue Jesucristo, de cuya voz fue eco la de los Apóstoles, que predicaban no haber ya judío, ni griego, ni escita, sino todos hermanos en Cristo. Y es tan grande y tan conocida la virtud regeneradora de la Iglesia en este punto, que dondequiera que estampa su huella está comprobado que ya no pueden durar mucho las costumbres salvajes; antes bien se muda en breve la ferocidad en mansedumbre, y la luz de la verdad sucede a las tinieblas de la barbarie. Tampoco ha dejado la Iglesia de lograr los mayores beneficios para los pueblos cultos, ya resistiendo a la arbitrariedad de los perversos, ya alejando de los inocentes y débiles las injusticias; ya, por último, haciendo prevalecer en las naciones una organización tal que los ciudadanos la amaran por su equidad y los extraños la temieran a causa de su fuerza.
15. Es, además, obligación muy verdadera la de prestar reverencia a la autoridad y obedecer con sumisión a las leyes justas, quedando así los ciudadanos libres de la injusticia de los malvados, gracias a la fuerza y vigilancia de la ley. La potestad legítima viene de Dios, y el que resiste a la potestad, resiste a la ordenación de Dios; y con ello queda muy ennoblecida la obediencia, porque ésta se presta a la más justa y elevada autoridad; pero cuando falta el derecho de mandar, o se manda algo contra la razón, contra la ley eterna, o los mandamientos divinos, entonces, desobedecer a los hombres por obedecer a Dios se convierte en un deber. Cerrado así el paso a la tiranía, el Estado no lo absorberá todo, y quedarán a salvo los derechos de los individuos, los de la familia, los de todos los miembros de la sociedad, usando así todos de la libertad verdadera, que está, como hemos demostrado, en que cada uno pueda vivir según las leyes y la recta razón.
FALSA LIBERTAD
16. Si quienes a cada paso disputan sobre la libertad la entendieran honesta y legítima, como acabamos de describirla, nadie osaría acusar a la Iglesia de lo que con tanta injusticia propalan, esto es, de ser enemiga de la libertad; pero hay ya muchos imitadores de Lucifer, cuyo es aquel nefando grito: No serviré, que con nombre de libertad defienden cierta licencia tan absoluta como absurda. Son los partidarios de ese sistema tan extendido y poderoso, que tomando su nombre de la libertad ha dado en llamarse liberalismo.
Liberalismo radical
Liberalismo moderado
Libertad de cultos
Religión y sociedad
Palabra y prensa
Enseñanza
Libertad de conciencia
Estatolatría - tolerancia
Errores del liberalismo
Indulgencia de la Iglesia
Democracia
Liberalismo radical
17. En realidad, lo que en filosofía pretenden los naturalistas o racionalistas, eso mismo pretenden en la moral y en la política los fautores del liberalismo, los cuales no hacen sino aplicar a las acciones y realidad de la vida los principios puestos por aquéllos. Ahora bien; el principio capital de todo el racionalismo es la soberanía de la razón humana, que, por negar a la razón divina y eterna la obediencia debida y al declararse independiente, se constituye a sí misma en principio primero, fuente y criterio de la verdad. Así también los secuaces del liberalismo, de quienes hablamos, pretenden que en la práctica de la vida no hay ninguna potestad divina a la que se deba obedecer, sino que cada uno es ley para sí; de ahí nace esa moral que llaman independiente, que apartando a la voluntad, bajo pretexto de libertad, de la observancia de los preceptos divinos, suele conceder al hombre una licencia sin límites. Fácil es adivinar a dónde conduce todo esto, especialmente en el conjunto de la vida social. Porque, una vez afirmada la convicción de que nadie tiene autoridad sobre el hombre, síguese que no está fuera de él y sobre él la causa eficiente de la convivencia y sociedad civil, sino en la libre voluntad de los individuos; que la potestad pública tiene su primer origen en la multitud y que, además, como en cada uno la propia razón es único guía y norma de las acciones privadas, debe serlo también de todos en lo tocante a las cosas públicas. Por todo esto, el poder es proporcional al número, y la mayoría del pueblo es la autora de todo derecho y obligación.
18. Mas muy claramente resulta de lo dicho cuánto repugne todo esto a la razón: repugna, en efecto, sobremanera no sólo a la naturaleza del hombre, sino a la de todas las cosas creadas, querer que no intervenga vínculo alguno entre el hombre o la sociedad civil y Dios, Creador y, por lo tanto, Legislador Supremo y Universal, porque todo efecto tiene forzosamente algún lazo que lo una con la causa que lo hizo; y es cosa conveniente a todas las naturalezas, y aun pertenece a la perfección de cada una de ellas, el mantenerse en el lugar y grado que pide el orden natural, esto es, que lo inferior se someta y obedezca a lo que naturalmente le es superior.
19. Es, además, esta doctrina perniciosísima, no menos a las naciones que a los particulares. Y, en efecto, dejando el juicio de lo bueno y verdadero a la razón humana sola y única, desaparece la distinción propia del bien y del mal; lo torpe y lo honesto no se diferenciarán en la realidad, sino según la opinión y juicio de cada uno; será lícito cuanto agrade, y, establecida una moral, sin fuerza casi para reprimir y redudir las pasiones quedará, naturalmente, abierta la puerta a toda corrupción.
En cuanto a la cosa pública, la facultad de mandar se separa del verdadero y natural principio, de donde toma toda su virtud para realizar el bien común, y la ley que establece lo que se ha de hacer y omitir se deja al arbitrio de la multitud más numerosa, lo cual es una pendiente que conduce a la tiranía. Rechazado el señorío de Dios en el hombre y en la sociedad, es consiguiente que no hay públicamente religión alguna, y se seguirá el mayor desprecio a todo cuanto se refiera a la Religión. Y asimismo, armada la multitud con la creencia de su propia soberanía, se precipitará fácilmente a promover turbulencias y sediciones; y, quitados los frenos del deber y de la conciencia, sólo quedará la fuerza, que nunca es bastante para refrenar por sí sola las pasiones populares. De lo cual es suficiente testimonio la casi diaria lucha contra los socialistas y otras turbas de sediciosos, que tan porfiadamente maquinan por conmover las naciones hasta en sus cimientos. Vean, pues, y decidan los que bien juzgan si tales doctrinas sirven de provecho a la libertad verdadera y digna del hombre, o sólo sirven para pervertirla y corromperla del todo.
20. Cierto es que no todos los fautores del liberalismo asienten a estas opiniones, aterradoras por su misma monstruosidad y que abiertamente repugnan a la verdad, y son causa evidente de gravísimos males; antes bien, muchos de ellos, obligados por la fuerza de la verdad, confiesan sin avergonzarse y aun de buen grado afirman que la libertad degenera en vicio y aun en abierta licencia cuando se usa de ella destempladamente, postergando la verdad y la justicia, y que debe ser, por tanto, regida y gobernada por la recta razón y sujeta consiguientemente al derecho natural y a la eterna ley divina. Mas juzgando que no se ha de pasar más adelante, niegan que esta sujeción del hombre libre a las leyes que Dios quiere imponerle haya de hacerse por otra vía que la de la razón natural.
21. Pero al decir esto, no son en manera alguna consecuentes consigo mismos. Porque si, como ellos admiten y nadie puede negar con derecho, se ha de obedecer a la voluntad de Dios legislador, por estar el hombre todo en la potestad de Dios y tender a Dios, síguese que a esta potestad legislativa suya nadie puede ponerle límites ni condiciones, sin ir, por ello mismo, contra la obediencia debida. Y aun más, si el hombre llegara a arrogarse tanto que quisiera decretar cuáles y cuántas son sus propias obligaciones, cuáles y cuántos son los derechos de Dios, aparentará reverencia a las leyes divinas, pero no la tendrá de hecho, y su propio juicio prevalecerá sobre la autoridad y providencia de Dios. Es, pues, necesario que la norma constante y religiosa de nuestra vida se derive no sólo de la ley eterna, sino también de todas y cada una de las demás leyes que, según su beneplácito, ha dado Dios, infinitamente sabio y poderoso, y que podemos seguramente conocer por señales claras e indubitables. Tanto más, cuanto que estas leyes, por tener el mismo autor que la eterna, concuerdan del todo con la razón, perfeccionan el derecho natural e incluyen el magisterio del mismo Dios, que, precisamente para que nuestro entendimiento y nuestra voluntad no caigan en error, rige a entrambos benignamente, guiándolos al mismo tiempo que les ordena. Quede, pues, santa e inviolablemente unido lo que ni puede ni debe separarse, y sírvase a Dios en todo, como la misma razón natural lo ordena, con absoluta sumisión y obediencia.
Liberalismo moderado
22. Algo más moderados son, pero no más consecuentes consigo mismos, los que dicen que, en efecto, según las leyes divinas se ha de regir la vida y costumbres de los particulares, pero no las del Estado. Porque en las cosas públicas está permitido apartarse de los preceptos de Dios y no tenerlos en cuenta al establecer las leyes. De donde, aquella perniciosa consecuencia: Es necesario separar la Iglesia del Estado.
23. No es difícil conocer lo absurdo de todo esto: porque como la misma naturaleza exige del Estado que proporcione a los ciudadanos medios y oportunidad con qué vivir honestamente, esto es, según las leyes de Dios, ya que es Dios el principio de toda honestidad y justicia, es absolutamente contradictorio que sea lícito al Estado no tener en cuenta dichas leyes, o el establecer la menor cosa que las contradiga. Además, los que gobiernan los pueblos son deudores a la sociedad, no sólo de procurarle con leyes sabias la prosperidad y bienes exteriores, sino de mirar principalmente por los bienes del alma. Ahora bien: para incremento de estos bienes del alma nada puede imaginarse más a propósito que estas leyes, cuyo autor es Dios mismo; y por esta causa los que en el gobierno del Estado no quieren tenerlas en cuenta hacen que la potestad política se desvíe de su propio fin y de las prescripciones de la naturaleza. Pero lo que más importa y Nos hemos más de una vez advertido es que, aunque la potestad civil no mira próximamente al mismo fin que la religiosa, ni va por las mismas vías, con todo, al ejercer la autoridad, fuerza es que hayan de encontrarse, a veces, una con otra. Ambas tienen los mismos súbditos, y no es raro que una y otra decreten acerca de lo mismo, pero con motivos diversos. Llegado este caso, y pues el conflicto de las dos potestades es absurdo y enteramente opuesto a la voluntad sapientísima de Dios, preciso es algún modo y orden con que, apartadas las causas de porfías y rivalidades, haya un criterio racional de concordia en las cosas que han de hacerse. Con razón se ha comparado esta concordia a la unión del alma con el cuerpo, igualmente provechosa a entrambos, cuya desunión, al contrario, es perniciosa, singularmente al cuerpo, pues por ella pierde la vida.
Libertad de cultos
24. Para que todo esto se vea mejor, bueno será considerar una por una esas varias conquistas de la libertad, que se dicen logradas en nuestros tiempos. Sea la primera, considerada en los particulares, la que llaman libertad de cultos, en tan gran manera contraria a la virtud de la religión. Su fundamento es que en arbitrio de cada uno está profesar la religión que más le acomode, o no profesar ninguna.
25. Pero, muy al contrario, entre todas las obligaciones del hombre, la mayor y más santa es, sin sombra de duda, la que nos manda adorar a Dios pía y religiosamente. Se deduce esto necesariamente de estar nosotros de continuo en poder de Dios y ser por su voluntad y providencia gobernados, y tener en El nuestro origen y haber de tornar a El. Allégase a esto que no puede darse virtud verdadera sin religión. Porque, si la virtud moral ordena al hombre en las cosas que nos conducen a Dios como a nuestro sumo y último bien, por lo tanto, la religión, que obra las cosas directa e inmediatamente ordenadas al honor divino[3], es la primera y la reguladora de todas las virtudes. Y a quien pregunte, puesto que hay varias religiones entre sí disidentes, si entre ellas hay una que debamos seguir, responden a una la razón y la naturaleza: la que Dios haya mandado y puedan fácilmente conocer los hombres por ciertas notas exteriores con que quiso distinguirla la Divina Providencia para evitar un error, al cual, en cosa de tamaña importancia, había de seguirse suma ruina. Así que, al ofrecer al hombre esta libertad de cultos de que vamos hablando, se le da facultad para pervertir o abandonar impunemente una obligación santísima y tornarse, por lo tanto, al mal, volviendo la espada al bien sumo e inmutable, lo cual, como hemos dicho, ya no es libertad sino licencia de ella y servidumbre del alma envilecida en el pecado.
Religión y sociedad
26. Considerada la misma libertad en el Estado, pide que éste no tribute a Dios culto alguno público, por no haber razón que lo justifique; que ningún culto sea preferido a los otros, y que todos ellos tengan igual derecho, sin respeto ninguno al pueblo, dado caso que éste haga profesión de católico. Para que todo esto fuera justo habría de ser verdad que la sociedad civil no tiene para con Dios obligación alguna, o que puede infringirla impunemente; pero no es menos falso lo uno que lo otro. No puede, en efecto, dudarse que la sociedad establecida entre los hombres, ya se mire a las partes que la componen, ya a la autoridad que es su principio formal, ya a su causa, ya a la abundancia de beneficios que acarrea, existe por voluntad de Dios. Dios es quien creó al hombre para vivir en sociedad, y quien lo puso entre sus semejantes para que las exigencias naturales, que él no pudiera satisfacer solo, las viera cumplidas en la sociedad. Así es que la sociedad, por serlo, ha de reconocer como padre y autor a Dios y reverenciar y adorar su poder y su dominio. Veda, pues, la justicia, y lo veda también la razón, que el Estado sea ateo, o -lo que es lo mismo- que se muestre indiferente hacia los diversos cultos, o conceda iguales derechos a cada uno de ellos.
27. Siendo, pues, necesario, al Estado profesar una religión, ha de profesar la única verdadera, la cual sin dificultad se conoce, singularmente en los pueblos católicos, puesto que en ella aparecen como sellados los caracteres de la verdad. Por lo tanto, ésta es la religión que han de conservar los que gobiernan; ésta la que han de proteger, si quieren, como deben, atender con prudencia y útilmente a la comunidad de los ciudadanos. La autoridad pública está, en efecto, constituida para utilidad de sus súbditos, y aunque próximamente mira a proporcionarles la prosperidad de esta vida terrenal, con todo, no debe disminirles, sino aumentarles la facilidad de conseguir aquel sumo y último bien, en el que está la sempiterna bienaventuranza del hombre, y al que no se puede llegar sin practicar la verdadera religión.
28. Pero ya otras veces hemos hablado de esto más largamente; ahora sólo queremos advertir que semejante libertad es en extremo dañosa a la verdadera libertad, tanto de los que gobiernan como de los pueblos. En cambio, son muy de admirar los beneficios que les comunica la religión, puesto que, al poner en Dios el origen de la potestad, gravísimamente ordena a los príncipes que no descuiden sus debers, ni manden injusta o acerbamente, y gobiernen su pueblo con benignidad y casi con caridad paternal. E impone también a los ciudadanos que estén sujetos a los gobernantes legítimos como a ministros de Dios, y los une a ellos no solamente por medio de la obediencia, sino por el respeto y el amor, prohibiendo toda sedición y todo conato que pueda turbar el orden y tranquilidad pública, últimas razones de que la libertad civil haya de ser cohibida. No precisa decir cuánto contribuye la religión a las buenas costumbres, y éstas a la libertad; pues la razón demuestra y la historia confirma que, cuanto más morigeradas son las naciones, tanto más fuertes son en libertad, en riquezas y en poderío.
Palabra y prensa
29. Volvamos ahora algún tanto la atención hacia la libertad de hablar y de imprimir cuanto place. Apenas es necesario negar el derecho a semejante libertad cuando se ejerce, no con alguna templanza, sino traspasando toda moderación y todo límite. El derecho es una facultad moral que, como hemos dicho y conviene repetir mucho, es absurdo suponer haya sido concedido por la naturaleza de igual modo a la verdad y al error, a la honestidad y a la torpeza. Hay derecho para propagar en la sociedad libre y prudentemente lo verdadero y lo honesto, para que se extienda al mayor número posible su beneficio; pero en cuanto a las opiniones falsas, la más mortífera peste del entendimiento, y en cuanto a los vicios, que corrompen el alma y las costumbres, justo es que la pública autoridad los reprima con diligencia para que no vayan cundiendo insensiblemente en daño de la misma sociedad.
30. Y las maldades de los ingenios licenciosos, que redundan en opresión de la multitud ignorante, no han de ser menos reprimidas por las leyes que cualquier injusticia cometida por la fuerza contra los débiles. Tanto más, cuanto que la inmensa mayoría de los ciudadanos no puede en modo alguno, o pueden con suma dificultad, precaver esos engaños y sofismas, singularmente cuando halagan a las pasiones. Si a todos es permitida esa licencia ilimitada de hablar y escribir, nada será sagrado e inviolable, ni siquiera se reputarán tales aquellos grandes principios naturales tan llenos de verdad, y que han de considerarse como patrimonio común y nobilísimo del género humano. Oculta así la verdad en las tinieblas, casi sin sentirse, como muchas veces sucede, fácilmente se enseñoreará de las opiniones humanas el error pernicioso y múltiple. Y con ello recoge tanta ventaja la licencia como detrimento la libertad, que será tanto mayor y más segura cuanto mayores fueren los frenos de la licencia.
31. En lo que se refiere a las cosas opinables, dejadas por Dios a las disputas de los hombres, es permitido, sin que a ello se oponga la naturaleza, sentir lo que acomoda y libremente hablar de lo que se siente, porque esta libertad nunca induce al hombre a oprimir la verdad, sino muchas veces a investigarla y manifestarla.
Enseñanza
32. No de otra manera se ha de juzgar la llamada libertad de enseñanza. No puede, en efecto, caber duda de que sólo la verdad debe llenar el entendimiento, porque en ella está el bien de las naturalezas inteligentes y su fin y perfección; de modo que la enseñanza no puede ser sino de verdades, tnato para los que ignoran como para los que ya saben, esto es, para dirigir a unos al conocimiento de la verdad y conservarlo en los otros. Por esta causa, sin duda, es deber propio de los que enseñan librar del error a los entendimientos y cerrar con seguros obstáculos el camino que conduce a opiniones engañosas. Por donde se ve cuánto repugna a la razón esta libertad de que tratamos, y cómo ha nacido para pervertir radicalmente los entendimientos al pretender serle lícito enseñarlo todo según su capricho; licencia que nunca puede conceder al público la autoridad del Estado sin infracción de sus deberes. Tanto más, cuanto que puede mucho con los oyentes la autoridad del maestro, y rarísimo es que pueda el discípulo juzgar, por sí mismo, si es o no verdad lo que explica el que enseña.
33. Por lo cual es necesario que esta libertad no salga de ciertos términos, si ha de ser honesta, es decir, si no ha de suceder impunemente que la facultad de enseñar se trueque en instrumento de corrupción. La verdad -que es el objeto de toda enseñanza- es de dos géneros: natural y sobrenatural. Las verdades naturales, como son los primeros principios y los deducidos inmediatamente de ellos por la razón, constituyen un como patrimonio común del género humano, y, puesto que en él se apoyan como en firmísimo fundamento las costumbres, la justicia, la religión, la misma sociedad humana, nada sería tan impío, tan neciamente inhumano como el dejar que sea profanado y disipado. Ni con menor cuidado ha de conservarse el tan precioso como santo tesoro de las cosas que conocemos por habérnoslas revelado el mismo Dios. Las principales se demuestran con muchos e ilustres argumentos, de que usaron con frecuencia los apologistas, como son: el haber Dios revelado algunas cosas; el haberse hecho hombre el Unigénito de Dios para dar testimonio de la verdad; el haber fundado el mismo Unigénito una sociedad perfecta, la Iglesia, cuya cabeza es El mismo, y con la cual prometió estar hasta la consumación de los siglos.
34. Cuantas verdades enseñó, quedaron encomendadas a esta sociedad, para que las guardase, las defendiese y con autoridad legítima las enseñase; y a la vez ordenó a todos los hombres que obedecieran a su Iglesia no menos que a El mismo, teniendo segura los que así no lo hicieran su perdición sempiterna. Consta, pues, claramente que el mejor y más seguro maestro del hombre es Dios, fuente y principio de toda verdad, y también el Unigénito, que está en el seno del Padre, y es camino, verdad, vida, luz verdadera que ilumina a todo hombre, y a cuya enseñanza han de prestarse todos dócilmente: Y todos serán amaestrados por Dios[4]. Pero, en punto de fe y de costumbres, hizo Dios a la Iglesia partícipe del magisterio divino, y, por beneficio también divino, libre del error; por lo cual es la más alta y segura maestra de los mortales, y en ella reside el derecho inviolable a la libertad de enseñar. Y, de hecho, al vivir la Iglesia de la doctrina misma recibida de Dios, nada ha antepuesto al cumplimiento exacto del encargo que Dios le ha confiado; y más fuerte aún que las dificultades, que la rodean por todas partes, jamás cesó de combatir por defender la libertad de su magisterio. Y así es como, desterrada la superstición miserable, renovó el orbe con la cristiana sabiduría.
35. Pero como la razón claramente enseña que entre las verdades reveladas y las naturales no puede darse oposición verdadera, y así, que cuanto a aquéllas se oponga ha de ser por fuerza falso, por lo mismo dista tanto el magisterio de la Iglesia de poner obstáculos al deseo de saber y al adelanto en las ciencias, o de retardar de algún modo el progreso y la cultura de las letras, que antes les ofrece abundantes luces y segura tutela. Por la misma causa este magisterio es de no escaso provecho a la misma perfección de la libertad humana; puesto que es sentencia de Jesucristo, Salvador nuestro, que el hombre es hecho libre por la verdad: Conoceréis la verdad, y la verdad os hará libres[5]. No hay, pues, motivo para que la libertad genuina se indigne y la verdadera ciencia lleve a mal las justas y debidas leyes con que la Iglesia y la razón, de acuerdo, exigen que se ponga límites a la enseñanza de los hombres; antes bien, la Iglesia, como a cada paso atestiguan los hechos, al hacer esto primera y principalmente para proteger la fe cristiana, procura también fomentar y adelantar todo género de ciencias humanas. Por sí mismos, son honestos, laudables y de desear los buenos estudios; y, más aún, cualquier clase de erudición, siempre que sea fruto de un recto juicio y responda a la verdad de las cosas, sirve no poco para ilustrar lo que por revelación divina creemos. Y así es una gran verdad que a la Iglesia se deben estos tan insignes beneficios: haber conservado gloriosamente los monumentos de la antigua sabiduría; haber abierto por todas partes asilos a las ciencias; haber excitado siempre la actividad del ingenio, fomentando con todo empeño las mismas artes que tanto honran y embellecen a la civilización de nuestra época.
36. Por último, no ha de callarse que hay un campo inmenso, patente a los hombres, en que extender su actividad y ejercitar libremente su ingenio, a saber: todo cuanto no tenga relación necesaria con la fe y costumbres cristianas, o que la Iglesia, sin hacer uso de su autoridad, deja íntegro y libre al juicio de los doctos. De donde ya se entiende qué género de libertad es la que quieren y propalan con igual empeño los secuaces del liberalismo: de una parte, se conceden a sí mismos y al Estado una licencia tal que no dudan en abrir paso franco a las opiniones más perversas; de otra, ponen mil estorbos a la Iglesia, limitando su libertad a los términos más estrechos que les es dado poner, a pesar de que de la doctrina de la Iglesia no ha de temerse daño alguno, antes bien, se han de esperar grandes provechos.
Libertad de conciencia
37. También se pregona con gran ardor la llamada libertad de conciencia, que, tomada en sentido de ser lícito a cada uno, según le agrade, dar o no dar culto a Dios, queda suficientemente refutada con lo ya dicho. Pero puede también tomarse en sentido de ser lícito al hombre, según su conciencia, seguir en la sociedad la voluntad de Dios y cumplir sus mandatos sin el menor impedimento. Esta libertad verdadera, digna de los hijos de Dios, y que ampara con el mayor decoro a la dignidad de la persona humana, está por encima de toda injusticia y violencia, y fue deseada siempre y singularmente amada por la Iglesia. Este género de libertad lo reivindicaron constantemente para sí los Apóstoles, lo confirmaron con sus escritos los apologistas, lo consagraron con su sangre los mártires en número crecidísimo.
38. Y con razón, porque esta libertad cristiana atestigua al mismo tiempo el supremo y justísimo señorío de Dios sobre los hombres, y el supremo y principal deber de los hombres hacia Dios. Nada tiene de común esta libertad con el ánimo sedicioso y desobediente, y en nada deroga al respeto que se debe a la autoridad pública: en tanto tiene ésta el derecho de mandar y exigir obediencia en cuanto no disienta en cosa alguna de la potestad divina, y se mantenga dentro del orden por ésta determinado; pero cuando se manda algo que claramente discrepa de la voluntad divina, se sale ya de aquel orden, y se va contra la voluntad divina: y entonces ya no es justo el obedecer.
Estatolatría - tolerancia
39. Al contrario los fautores del liberalismo, que otorgan al Estado un poder despótico y sin límites y pregonan que hemos de vivir sin tener para nada en cuenta a Dios, no conocen esta libertad de que hablamos, tan unida con la dignidad y la religión. Y si para conservarla se hace algo, lo imputan a crimen contra la sociedad. Si hablasen con verdad, no habría tiranía tan cruel a que no hubiese obligación de sujetarse y sufrirla.
40. Muchísimo desearía la Iglesia que en todos los órdenes de la sociedad penetraran de hecho y se pusieran en práctica estas enseñanzas cristianas, que hemos tocado sumariamente; pues en ellas se encierra suma eficacia para remediar los males actuales, no pocos ciertamente, ni leves, nacidos, en gran parte, de esas mismas libertades, pregonadas con tanto encomio y en las que parecían contenerse las semillas del bienestar y de la gloria. Pero el éxito burló la esperanza, y, en vez de frutos deliciosos y sanos, los hubo acerbos y corrompidos. Si se busca remedio, búsquese en el restablecimiento de las sanas doctrinas, de las que sólo puede esperarse confiadamente la conservación del orden, y la tutela, por tanto, de la verdadera libertad.
41. A pesar de todo, la Iglesia se hace cargo maternalmente del grave peso de la humana flaqueza, y no ignora el curso de los ánimos y de los sucesos, por donde va pasando nuestro siglo. Por esta causa, y sin conceder el menor derecho sino sólo a lo verdadero y honesto, no rehuye que la autoridad pública tolere algunas cosas ajenas a la verdad y a la justicia, a fin de evitar un mal mayor o de adquirir o conservar un mayor bien. Aun el mismo providentísimo Dios, con ser de infinita bondad y todopoderoso, permite que haya males en el mundo, en parte para que no se impidan mayores bienes, en parte para que no se sigan mayores males. Justo es imitar en el gobierno de la sociedad al que gobierna el mundo; y aun por lo mismo que la autoridad humana no puede impedir todos los males, debe permitir dejar impunes muchas cosas, que han de ser, sin embargo, castigadas por la divina Providencia, y con justicia[6].
42. Pero en tales circunstancias, si por causa del bien común, y sólo por él, puede y aun debe la ley humana tolerar el mal, no puede, sin embargo, ni debe aprobarlo ni quererlo en sí mismo; porque, como el mal en sí mismo es privación de bien, repugna al bien común, que debe querer el legislador y defenderlo cuanto mejor pueda. También en esto debe la ley humana proponerse imitar a Dios, que, al permitir que haya males en el mundo, ni quiere que los males se hagan, ni quiere que no se hagan, pero quiere permitir que los haya, lo cual es bueno[7]. Sentencia del Doctor Angélico, que brevísimamente encierra toda la doctrina de la tolerancia de los males. Pero ha de confesarse, si queremos juzgar rectamente, que cuanto mayor sea el mal que por fuerza haya de tolerar un Estado, tanto más lejano se halla él de la perfección; y asimismo que, por ser la tolerancia de los males un postulado de prudencia política, ha de circunscribirse absolutamente dentro de los límites del criterio que la hizo nacer, esto es, el supremo bienestar público. De modo que si daña a éste y ocasiona mayores males a la sociedad, es consiguiente que ya no es lícita, por faltar en tales circunstancias la razón de bien. Pero si por las circunstancias particulares de un Estado acaece no reclamar la Iglesia contra alguna de estas libertades modernas, no porque las prefiera en sí mismas, sino porque juzga conveniente que se permitan, mejorados los tiempos haría uso de su libertad; y persuadiendo, exhortando, suplicando, procuraría, como debe, cumplir el encargo que Dios le ha encomendado, que es mirar por la salvación eterna de los hombres. Pero siempre es verdad que semejante libertad concedida indistintamente a todos y para todo, nunca, como hemos repetido varias veces, se ha de buscar por sí misma, pues repugna a la razón que la verdad y la falsedad tengan los mismos derechos.
43. Y en lo tocante a la tolerancia, causa extrañeza cuánto distan de la prudencia y equidad de la Iglesia los que profesan el liberalismo. Porque con aquella desenfrenada licencia que conceden en las cosas que hemos enumerado, se pasan de todo límite, terminando por conceder los mismos derechos al mal y a lo falso que al bien y a lo verdadero. Y porque la Iglesia, columna y firmamento de la verdad, maestra incorrupta de la moral, siempre -en virtud de su deber- ha rechazado y niega que sea lícito semejante género de tolerancia, tan licencioso y tan perverso, el liberalismo la acusa de intolerancia y dureza, sin caer en la cuenta de que censura precisamente lo que en ella es digno de la mayor alabanza. Pero en medio de tanta ostentación de tolerancia, es una frecuente realidad que son duros contra todo lo que es católico y rehusan a cada paso toda libertad a la Iglesia quienes con tanta profusión conceden ilimitada libertad a los demás.
Errores del liberalismo
44. Resumimos, pues, con sus corolarios todo Nuestro discurso. El hombre, por necesidad de su naturaleza se encuentra en una verdadera dependencia de Dios, así en su ser como en su obrar; por lo tanto, no puede concebirse la libertad humana, sino entendiéndola dependiente de Dios y de su divina voluntad. Negar a Dios este dominio o no querer sufrirlo no es propio del hombre libre, sino del que abusa de la libertad para rebelarse; precisamente en tal disposición de ánimo consiste el vicio capital del Liberalismo. El cual toma muchas formas, pues la voluntad puede, en grado y modos muy diversos, sustraerse a la dependencia de Dios, y a quien participe de su autoridad.
45. El rechazar, así en la vida pública como en la privada, absolutamente, el sumo señorío de Dios, si ciertamente es la perversión total de la libertad, es también la peor forma de un liberalismo reprobable: y a ella precisamente se aplica todo cuanto hasta aquí dijimos del liberalismo en general.
46. Muy cerca de ella están quienes confiesan que conviene someterse a Dios, Creador y Señor del mundo, y por cuya voluntad se gobierna toda la naturaleza; pero audazmente rechazan las leyes que excedan a la naturaleza, comunicadas por el mismo Dios, en materia de fe y de costumbres, o a lo menos aseguran que no hay por qué tomarlas en cuenta, singularmente en el orden público y civil. Ya vimos antes cuán grande sea su error y cómo se contradicen a sí mismos. De esta doctrina dimana, como de su origen y principio, la perniciosa teoría de la separación de la Iglesia y del Estado: la verdad, es, por lo contrario, que aun siendo diversas en su esencia y en su grado, las dos potestades deben estar coordinadas por la armonía de las acciones y por la mutua correspondencia de servicios.
47. Tal opinión puede entenderse de dos maneras. Porque muchos pretenden que la Iglesia se separe del Estado toda ella y en todo, de modo que en todo el derecho público, en las instituciones, en la educación de la juventud, no se mire a la Iglesia más que si no existiese; tolerando a lo sumo a los ciudadanos el tener religión, si les place, privadamente. Contra estos tienen toda su fuerza los argumentos con que refutamos, en general, la separación de la Iglesia y del Estado, a lo que vendría a añadirse el absurdo de que el ciudadano respete a la Iglesia y el Estado la desconozca.
48. Otros admiten -no podrían no admitirlo- que la Iglesia existe, pero le niegan la naturaleza y los derechos de sociedad perfecta, y por lo tanto, le niegan el poder legislativo, el judicial y el ejecutivo, pues solamente tiene la facultad de exhortar, persuadir y aun gobernar a los que espontánea y voluntariamente se sujeten. Así adulteran la naturaleza de esta sociedad divina, debilitan y restringen su autoridad, su magisterio, toda su actividad, al mismo tiempo que exageran la fuerza y poder del Estado hasta tal punto que la Iglesia de Dios debe quedar sometida al imperio y jurisdicción del Estado, como cualquier otra asociación voluntaria de ciudadanos.
Para refutar esta opinión valen los argumentos usados ya por los apologistas y no omitidos por Nos, singularmente en la encíclica Immortale Dei, los cuales ponen de manifiesto que por derecho de institución divina corresponde plenamente a la Iglesia todo cuanto pertenece a la naturaleza y derechos de una sociedad legítima, suprema y absolutamente perfecta.
Indulgencia de la Iglesia
49. Por último, muchos no aprueban la separación entre las cosas sagradas y las civiles, pero juzgan que la Iglesia, consecuente con los tiempos, debe amoldarse y prestarse a mayores concesiones, según las exigencias de la moderna política en el gobierno de los pueblos.
Opinión no desacertada, si se refieren a condescendencias razonables, conciliables con la verdad y la justicia: es decir, que la Iglesia, con la probada esperanza de algún gran bien, se muestre indulgente y conceda a los tiempos lo que, salva siempre la santidad de su oficio, pueda concederles. Pero muy de otra manera sería si se trata de cosas y doctrinas introducidas contra la justicia por la corrupción de las costumbres y por falsas doctrinas. Ningún tiempo hay que pueda estar sin religión, sin verdad, sin justicia, y como estas cosas supremas y santísimas han sido encomendadas por Dios a la tutela de la Iglesia, nada tan absurdo como el pretender de ella que, disimulando, tolere lo falso o lo injusto, y hasta lo que dañe a la religión misma.
50. De lo dicho se sigue que no es lícito de ninguna manera pedir, defender, conceder la libertad de pensamiento, de prensa, de enseñanza, ni tampoco la de cultos, como otros tantos derechos correspondientes al hombre por naturaleza. Porque, si fuesen tales, habría derecho para no reconocer el imperio de Dios y la libertad del hombre no podría ser moderada por ley alguna. Síguese también que, si hay justas causas, podrán tolerarse estas libertades, pero con determinada moderación, para que no degeneren en insolentes excesos. Donde estas libertades estén vigentes, usen de ellas para el bien los ciudadanos; pero sientan de ellas lo mismo que la Iglesia siente. Porque toda libertad puede reputarse legítima cuando contribuye a facilitar el bien honesto; fuera de este caso, nunca.
51. Cuando tiranice o amenace un Gobierno, que tenga a la nación injustamente oprimida, o arrebate a la Iglesia la debida libertad, no es reprobable trabajar para que prevalezca una forma de gobierno libre: porque entonces no se pretende una libertad inmoderada y viciosa, sino que se busca alivio para el bien común de todos: y con esto únicamente se pretende que allí donde se concede licencia para lo malo, no se impida el derecho de hacer lo bueno.
Democracia
52. Ni tampoco está prohibido el preferir para la república una forma de gobierno moderadamente popular, salva siempre la doctrina católica sobre el origen y ejercicio del poder. La Iglesia no reprueba ninguna forma de gobierno, con tal que sea apto para la utilidad de los ciudadanos; pero quiere, como también lo ordena la naturaleza, que se establezca sin ofender a nadie en su derecho, y singularmente dejando a salvo los derechos de la Iglesia.
53. Tomar parte en la administración de los negocios públicos, a no ser donde por la singular condición de los tiempos se ordene de otro modo, es honesto; y aun más, la Iglesia aprueba que cada uno coopere al bien común, y que según su posibilidad defienda, conserve y haga prosperar al Estado.
54. Ni condena tampoco la Iglesia el deseo de que cualquier nación quiera su propia independencia, libre de toda dominación extraña y despótica, con tal que esto pueda hacerse quedando la justicia incólume; ni censura, por último, a quienes defienden su autonomía y quieren para su nación los mejores medios para el público bienestar. Siempre fue la Iglesia fidelísima fautora de las justas libertades cívicas templadas; y bien lo atestiguan en especial las Ciudades de Italia que, mediante las libertades municipales, lograron prosperidad, riqueza y nombre glorioso, en aquellos tiempos en que la influencia de la Iglesia había penetrado, sin ninguna oposición, por todas las partes del Estado.
Y estas cosas, Venerables Hermanos, que dictadas juntamente por la fe y la razón os hemos enseñado según deber de Nuestro ministerio apostólico, confiamos que han de ser de gran fruto para muchos, principalmente al unirse vuestros esfuerzos con los Nuestros. Por Nuestra parte, con humilde corazón alzamos Nuestros ojos a Dios suplicantes, y con todo fervor le pedimos se digne benigno conceder a los hombres la luz de su sabio consejo, de suerte que fortalecidos con tal virtud puedan en cosas de tan gran importancia ver bien la verdad, y en consecuencia vivir según ella pide, siempre y constantemente, tanto en la vida privada como en la pública. Y como prenda de estos dones celestiales y como testimonio de Nuestra benevolencia, a vosotros, Venerables Hermanos, y al Clero y pueblos que gobernáis, con todo amor en el Señor os damos la Bendición Apostólica.
Dado en Roma, junto a San Pedro, el 20 de junio de 1888, año undécimo de Nuestro Pontificado.

1. Io. 8, 34.
2. De lib. arb. 1, 6, 15.
3. S. Th. 2. 2ae. 81, 6.
4. Io. 6, 45.
5. Io. 8, 32.
6. S. Aug. De lib. arb. 1, 6, 14.
7. S. Th. 1, 19, 9 ad 3
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