Nada tenemos que decir en cuánto a los ayunos de los paganos, de los judios y de los mahometanos; pero como esta costumbre se conserva en el cristianismo, y los herejes y los epicúreos modernos la han combatido, estamos obligados a hacer su apología. Observaremos desde luego, que el ayuno no se habia mandado a los judios por ninguna ley positiva; no es pues una práctica puramente ceremonial; sin cmbargo, en el antiguo Testamento se aprueba, y se alaba como una mortificación meritoria y agradable a Dios. David, Acad, Tobías, Judith, Esther, Daniel, los ninivitas, toda la nación judía, por este medio han alcanzado de Dios el perdón de sus pecados, o gracias particulares. Los profetas no han reprobado absolutamente los ayunos de los judíos, sino el abuso que hacian de ellos, y aun mas de una vez les han exhortado a que ayunasen. Joel, I, 14; II, 12, etc.
En el nuevo Testamento se citan con elogio los ayunos de San Juan Bautista y de la profetisa Ana. El mismo Jesucristo nos dió el ejemplo de ellos, San Mateo IV, 2; ha reprendido solamente a los que ayunaban por ostentación, con el fin de parecer mortificados, VI, 16 y 17; dice que no pueden ser arrojados los demonios, sino por la oracion y el ayuno, XVII, 20. No obligó a sus discípulos, sino que les predijo, que aun cuando ya no estuviese con ellos, ayunarían, IX, 15; y en efecto lo ejecutaron, pues vemos a los apóstoles prepararse con el ayuno y la oración a los funciones de su ministerio, Act. XIII, 2; XIV, 22; XXVII, 21. San Pablo exhorta a los fieles a que se ejercite en el ayuno, 2a Cor. VI, 5; y él mismo lo practicaba, XI, 27. Es pues una acción santa y laudable.
Los enemigos del cristianismo piensan del ayuno de muy diverso modo. Dicen, que es una práctica supersticiosa fundada en una idea falsa de la divinidad, por la que se han persuadido que se complacía en vernos padecer. Los orientales y los platónicos soñaban que somos infestados por los demonios que nos conducen al vicio, y que el ayuno sirve para vencerlos y hacerlos huir. El ayuno puede perjudicar a la salud, y disminuyendo nuestras fuerzas, nos hace incapaces de desempeñar las obligaciones que requieren vigor.
Sin embargo, aun hoy dia losmas acreditados naturalistas convienen en que el remedio mas eficaz contra la lujuria es la abstinencia y el ayuno, Hist. nat. t. 3 en 12, c. 4, p. 105. ¿Creen por esto que la lujuria es el demonio malo que tienta nuestra alma? Los Padres de la Iglesia que tanto han recomendado el ayuno, y que ellos mismos lo practicaron, tampoco lo creian. Los antiguos filósofos, los sectarios de Pitágoras, de Platón, de Zenon, y aun muchos epicúreos, han alabado y practicado la abstinencia y el ayuno; para convencerse de esto no hay mas que leer el Tratado de la abstinencia de Porfirio: ciertamente que no habían soñado que la divinidad se complacía en vernos padecer, y los epicúreos no creían en los demonios, pero sabían por experiencia que el ayuno es un medio de debilitar y domar las pasiones, y que los sufrimientos sirven para ejercitar la virtud ó la fuerza del alma.
Todo el que admite un Dios y una providencia cree, que cuando el hombre ha pecado le es muy útil afligirse y arrepentirse de ello, porque esto es un preservativo contra la recaída, y los que censuran el ayuno convienen en que el hombre afligido no piensa en comer. No es pues una superstición el pensar que el ayuno es una señal y un medio de penitencia, como también un remedio contra la fogosidad de las pasiones. Así como a un médico no se le acusa de crueldad porque mande la dieta y los remedios a un enfermo, tampoco Dios es cruel cuando manda a un pecador castigarse, humillarse, padecer y ayunar.
Para saber si el ayuno es perjudicial a la salud o nos deja incapaces para desempeñar nuestras obligaciones, hay que ver entre los que practican el ayuno y los voluptuosos del siglo: si a los médicos se les llama mas frecuentemente para que curar las enfermedades adquiridas por el ayuno, que para tratar las dolencias ocasionadas por la intemperancia, y en fin si los glotones son mas exactos en llenar sus deberes, que los hombres sobrios y mortificados. Cuando leemos las disertaciones de los epicúreos modernos, nos parece que no buscan lo que es útil a la sociedad en general, y que solo piensan en justificarse de la libertad con que quebrantan las leves de la abstinencia y el ayuno.
Consideran como fábulas lo que se lee en la vida de muchos santos de uno y otro sexo, que han pasado treinta o cuarenta dias sin comer. Estos hechos están demasiado averiguados para que se pueda dudar de ellos. Independientemente de las fuerzas sobrenaturales que Dios puede dar a sus siervos, es cierto que hay temperamentos que, fortalecidos por el hábito, pueden llevar el ayuno mucho mas allá que el común de los hombres, sin desarreglar su salud y aun sin debilitarse mucho. Lo que leemos en las historias de muchos viajeros que se han visto precisados a pasar muchos dias en trabajos excesivos, sin mas alimento que un puñado de harina de maiz o algunas frutas silvestres, hace muy creíble lo que se refiere de los ayunos guardados por los santos. En general, la naturaleza necesita poco para sostenerse, pero la sensualidad convertida en hábito es una tiranía casi invencible. Nos admira el rigor y la multitud de los ayunos que aun practican las diversas sectas de los cristianos orientales.
Daillé, Bingham y otros escritores protestantes sostienen que en los primeros siglos el ayuno no comprendía la abstinencia de la carne, y que solamente consistía en diferir la comida hasta la noche, y excluir de ella los manjares delicados y todo lo que pudiese halagar la sensualidad. Lo prueban con un pasaje de Sócrates. Hist. eccles. I. 5, c. 22, que dice: que durante la cuaresma, unos se abstenían de comer animal alguno, otros usaban solamente los pescados, y algunos comian sin escrúpulo las aves: por el ejemplo del obispo Espiridion, que en un dia de ayuno, sirvió tocino a un viajero cansado, y le invitó a comerlo. Sozom. l.1, c. 14."
Pero de todos los manjares con que uno puede alimentarse ¿los hay mas suculentos ni que halaguen mas la sensualidad que la carne? De esto ed de lo primero que hay que abstenerse en los días de ayuno, según la observación misma de nuestros críticos. El pasaje de Sócrates prueba perfectamente que en su tiempo, como ahora, había cristianos poco escrupulosos que observaban mal la ley del ayuno; pero los abusos no hacen regla. Mas de setenta años antes del tiempo en que escribía Sócrates, el concilio de Laodicea, celebrado en el año 306 ó 307, había decidido que se debia observar la Xerofagia, o no vivir mas que de alimentos secos durante los cuarenta dias de ayuno, can. 50; no permitía pues el uso de la carne.
El ejemplo de San Espiridion favorece todavía menos a nuestros adversarios. Observa el historiador, que no se halló en su casa ni pan, ni harina; el viajero a quien sirvió el tocino rehusó al principio el comerlo, é hizo presente que era cristiano, y que su uso no era el de comer de carne en cuaresma. Venció su repugnancia el santo obispo, diciéndole, que, según la Escritura santa, todo es puro para los corazones puros; la necesidad le excusaba en aquella ocasion.
Esta respuesta nos manifiesta porqué la Iglesia no hizo desde luego una ley general de la abstinencia; se temia favorecer el error de los marcionitas, que se abstenían del vino y de la carne, porque según ellos eran producciones del principio malo. De aquí los cánones de los apóstoles mandaban deponer al eclesiástico que se abstuviese del vino y de la carne por motivo de horror y no por mortificarse, porque olvidaba que estos eran dones del Criador, y así blasfemaba de la creación, Can. 43 y 45, o según otros 51 y 53. Luego que pasó el peligro, la abstinencia se ha observado generalmente, y es muy poco a propósito que los protestantes se levanten contra esta disciplina respetable. Véase a Beveridge, sobre los cánones de la Iglesia primitiva, 1. 3, c. 9, § 7.
Mosheim, aunque protestante, se ha visto obligado a convenir, que el ayuno del miércoles y del viernes parecía haber estado en uso desde el tiempo de los apóstoles, o inmediatamente despues. ¿Han dejado introducida los apóstoles una práctica supersticiosa? Un sabio académico ha probado que los ayunos religiosos han estado en uso en la mayor parte de los pueblos del universo; y remontándose a su origen, ha hallado esta práctica fundada en motivos muy sensatos. Mem. de l'Acad. des Inscrip. tom. 5, in-12, pag. 38. Mosheim se ha olvidado del todo del Evangelio, cuando ha dicho y ha repetido que los primeros cristianos tomaron en la filosofía de Platón su gusto excesivo por el ayuno y la abstinencia. Los justos del Antiguo Testamento, Jesucristo y los apostoles ¿habian estudiado en la escuela de Platón? Dissert. de turbata per recent. platonicos Ecclesia, 49 y 50; Hist. Eclesiastica, segundo siglo, , segunda parte, c. 1, 12. Hist. Crist. sec. 2, 35.
Por prescripción de la Iglesia, todos aquellos que ya han cumplido veintiún años y no tienen todavía los cincuenta y nueve cumplidos, están obligados a guardar el ayuno, en determinados días, señalados en la legislación eclesiástica. Para facilitar el cumplimiento de este precepto, la Iglesia lo suavizó al terminar la guerra mundial, disminuyendo los días de ayuno o trasladándolos a otras fechas. A continuación indicamos los días que deben ayunar todos los fieles, y la mitigación de esa ley por la Bula de la Cruzada y por la facultad concedida por Pio XII a todos los obispos en 1949.
1) Son días de ayuno para todos los fieles, por prescripción general de la Iglesia (canon 1252): Todos los días de Cuaresma, excepto los domingos; los miércoles, viernes y sábados de la Témporas; las Vigilias de Pentecostés e Inmaculada Concepción y el 24 de diciembre (que puede adelantarse al 23) En total 52 días.
2) Para todos los que han tomado la Bula de la Cruzada (cfr. núm. 267 y ss.) o que, por su pobreza están dispensados de tomarla, los días de ayuno se reducen a veinticuatro que son los siguientes: Miércoles, Viernes y sábados de Cuaresma, las Vigilias de Pentecostés e Inmaculda Concepción y el 24 de diciembre, pudiéndose adelantar este ayuno al día 23, o, en virtud de la Bula, al Sábado de Témporas.
3) En virtud de una facultad especial que en 1949 concendió PIO XII y mientras otra cosa no se ordene, los señores Obispos pueden disminuir en sus diócesis los días de ayuno, señalados en la ley general, hasta reducirlos a estos cuatro: Miércoles de Ceniza, Viernes Santo, Vigilia de la Inmaculada Concepción y 23 ó 24 de diciembre. (En algunas diócesis, los señores Obispos no han usado en toda su amplitud esta Facultad, y han dejado algunos días más de ayuno durante la Cuaresma.)
Quedan como días de ayuno estos cuatro: Miércoles de Ceniza, Viernes Santo, Vigilia de la Inmaculada Concepción y el 24 ó 23 de diciembre. Aun cuando ya no hay razón para ello, opinan algunos que este último ayuno puede trasladarse al sábado anterior.
El ayuno consiste en no hacer sino una comida al día; pero se puede tomar algo por la mañana y por la noche, con tal que se guarde la costumbre aprobada de cada lugar, tanto en la cantidad como en la calidad.
Explicación del precepto.—Como se ve, la Ley ordena algo taxativamente; es decir, que se guarde el ayuno por aquellos que tienen veintiún años cumplidos y aún no han cumplido los cincuenta y nueve. En cambio, hay algo que depende de la costumbre del lugar en que se vive; y así, lo que en un sitio no quebranta el ayuno, podría quebrantarlo en otro.
La comida principal.— Puede tomarse en ella la cantidad y calidad de alimentos que se quiera. Puede interrumpirse durante media hora, y, sin embargo, volver luego a comer, sin que por eso se haya quebrantado el ayuno.
Refección de la mañana, o desayuno.— Se puede tomar en ella una cantidad de alimento sólido equivalente a dos onzas, poco más o menos. Dos onzas son 62 gramos y medio. Quiere esto decir que quien toma 70 gramos no peca nada, porque esa cantidad de dos onzas no es matemática, sino que ha de tomarse moralmente, es decir, con cierto margen prudencial.
Refección de la tarde.—Cuatro o cinco veces más que a la mañana de alimento sólido.
Calidad de los alimentos.— Por la mañana, una costumbre vigente en muchas partes prohibe que se tome carne o huevos o pescado. Por la noche no se puede tomar carne. Tampoco se puede tomar pescado, leche ni huevos, a no ser que haya permiso para ello, como sucede en España para quienes toman la Bula.
Comida fuera de horas.—Quien toma una cosa ligera fuera de esas horas, verbigracia, dos onzas, o 62 gramos, que es lo mismo, no peca sino levemente; quien tomare cuatro onzas de una sola vez o en diversas veces, pecaría gravemente.
Las bebidas.— Las bebidas, vino, cerveza, café o refresco, aunque tengan un poquito de azúcar pueden tomar libremente; pero la leche y el caldo, por tomarse como alimento y no sólo como bebida, están prohibidos.
Cambio de orden de las comidas.— Se puede invertir el orden de las comidas tomando a mediodía la cantidad que se señala para la noche y a la noche la del mediodía. Puede también invertirse la de la mañana con la de la noche.
El ayuno y los días de fiesta.— Un día de fiesta nunca es ayuno, a no ser que caiga en Cuaresma, como suele acaecer con el día de San José.
Algunos a quienes no obliga el ayuno.— Aunque estén comprendidos entre los veintiuno y los cincuenta y nueve años cumplidos, están excusados del ayuno:
1. Los enfermos, los convalecientes, los débiles, las mujeres que están criando o se hallan en estado, los que si ayunan sufren un dolor no ligero de cabeza o pierden una parte importante del sueño.
2. Los que trabajan en faenas rudas, como agricultores, leñadores, herreros, albañiles, zapateros, cocineros. Los que tienen que hacer a pie varias horas de camino, verbigracia, 20 kilómetros, los maestros de escuela y otros que tengan ocupaciones que equivalgan en fatiga a las anteriores.
3. En la familia, las mujeres o los hijos que, caso de ayunar, se verían maltratados por sus padres o maridos.
4. Los pobres que no se pueden alimentar suficientemente, y todos aquellos que, caso de ayunar, no podrían desempeñar de modo conveniente el oficio que tienen de estudiantes, dependientes, criados, telefonistas, etc.
5. Incluso podría uno irse de caza de cuando en cuando, es decir, alguna vez, o tomar parte en una competición deportiva en un día de ayuno, y dejar de ayunar, porque la caza o la competición eran tan fatigosas, que a quien lo hiciera por obligación le excusarían del ayuno. Con mayor razón se puede dejar de ayunar si uno toma un trabajo extraordinario para obtener una ganancia extraordinaria.
Por prescripción de la Iglesia, todos aquellos que ya han cumplido veintiún años y no tienen todavía los cincuenta y nueve cumplidos, están obligados a guardar el ayuno, en determinados días, señalados en la legislación eclesiástica. Para facilitar el cumplimiento de este precepto, la Iglesia lo suavizó al terminar la guerra mundial, disminuyendo los días de ayuno o trasladándolos a otras fechas. A continuación indicamos los días que deben ayunar todos los fieles, y la mitigación de esa ley por la Bula de la Cruzada y por la facultad concedida por Pio XII a todos los obispos en 1949.
1) Son días de ayuno para todos los fieles, por prescripción general de la Iglesia (canon 1252): Todos los días de Cuaresma, excepto los domingos; los miércoles, viernes y sábados de la Témporas; las Vigilias de Pentecostés e Inmaculada Concepción y el 24 de diciembre (que puede adelantarse al 23) En total 52 días.
2) Para todos los que han tomado la Bula de la Cruzada (cfr. núm. 267 y ss.) o que, por su pobreza están dispensados de tomarla, los días de ayuno se reducen a veinticuatro que son los siguientes: Miércoles, Viernes y sábados de Cuaresma, las Vigilias de Pentecostés e Inmaculda Concepción y el 24 de diciembre, pudiéndose adelantar este ayuno al día 23, o, en virtud de la Bula, al Sábado de Témporas.
3) En virtud de una facultad especial que en 1949 concendió PIO XII y mientras otra cosa no se ordene, los señores Obispos pueden disminuir en sus diócesis los días de ayuno, señalados en la ley general, hasta reducirlos a estos cuatro: Miércoles de Ceniza, Viernes Santo, Vigilia de la Inmaculada Concepción y 23 ó 24 de diciembre. (En algunas diócesis, los señores Obispos no han usado en toda su amplitud esta Facultad, y han dejado algunos días más de ayuno durante la Cuaresma.)
Quedan como días de ayuno estos cuatro: Miércoles de Ceniza, Viernes Santo, Vigilia de la Inmaculada Concepción y el 24 ó 23 de diciembre. Aun cuando ya no hay razón para ello, opinan algunos que este último ayuno puede trasladarse al sábado anterior.
El ayuno consiste en no hacer sino una comida al día; pero se puede tomar algo por la mañana y por la noche, con tal que se guarde la costumbre aprobada de cada lugar, tanto en la cantidad como en la calidad.
Explicación del precepto.—Como se ve, la Ley ordena algo taxativamente; es decir, que se guarde el ayuno por aquellos que tienen veintiún años cumplidos y aún no han cumplido los cincuenta y nueve. En cambio, hay algo que depende de la costumbre del lugar en que se vive; y así, lo que en un sitio no quebranta el ayuno, podría quebrantarlo en otro.
La comida principal.— Puede tomarse en ella la cantidad y calidad de alimentos que se quiera. Puede interrumpirse durante media hora, y, sin embargo, volver luego a comer, sin que por eso se haya quebrantado el ayuno.
Refección de la mañana, o desayuno.— Se puede tomar en ella una cantidad de alimento sólido equivalente a dos onzas, poco más o menos. Dos onzas son 62 gramos y medio. Quiere esto decir que quien toma 70 gramos no peca nada, porque esa cantidad de dos onzas no es matemática, sino que ha de tomarse moralmente, es decir, con cierto margen prudencial.
Refección de la tarde.—Cuatro o cinco veces más que a la mañana de alimento sólido.
Calidad de los alimentos.— Por la mañana, una costumbre vigente en muchas partes prohibe que se tome carne o huevos o pescado. Por la noche no se puede tomar carne. Tampoco se puede tomar pescado, leche ni huevos, a no ser que haya permiso para ello, como sucede en España para quienes toman la Bula.
Comida fuera de horas.—Quien toma una cosa ligera fuera de esas horas, verbigracia, dos onzas, o 62 gramos, que es lo mismo, no peca sino levemente; quien tomare cuatro onzas de una sola vez o en diversas veces, pecaría gravemente.
Las bebidas.— Las bebidas, vino, cerveza, café o refresco, aunque tengan un poquito de azúcar pueden tomar libremente; pero la leche y el caldo, por tomarse como alimento y no sólo como bebida, están prohibidos.
Cambio de orden de las comidas.— Se puede invertir el orden de las comidas tomando a mediodía la cantidad que se señala para la noche y a la noche la del mediodía. Puede también invertirse la de la mañana con la de la noche.
El ayuno y los días de fiesta.— Un día de fiesta nunca es ayuno, a no ser que caiga en Cuaresma, como suele acaecer con el día de San José.
Algunos a quienes no obliga el ayuno.— Aunque estén comprendidos entre los veintiuno y los cincuenta y nueve años cumplidos, están excusados del ayuno:
1. Los enfermos, los convalecientes, los débiles, las mujeres que están criando o se hallan en estado, los que si ayunan sufren un dolor no ligero de cabeza o pierden una parte importante del sueño.
2. Los que trabajan en faenas rudas, como agricultores, leñadores, herreros, albañiles, zapateros, cocineros. Los que tienen que hacer a pie varias horas de camino, verbigracia, 20 kilómetros, los maestros de escuela y otros que tengan ocupaciones que equivalgan en fatiga a las anteriores.
3. En la familia, las mujeres o los hijos que, caso de ayunar, se verían maltratados por sus padres o maridos.
4. Los pobres que no se pueden alimentar suficientemente, y todos aquellos que, caso de ayunar, no podrían desempeñar de modo conveniente el oficio que tienen de estudiantes, dependientes, criados, telefonistas, etc.
5. Incluso podría uno irse de caza de cuando en cuando, es decir, alguna vez, o tomar parte en una competición deportiva en un día de ayuno, y dejar de ayunar, porque la caza o la competición eran tan fatigosas, que a quien lo hiciera por obligación le excusarían del ayuno. Con mayor razón se puede dejar de ayunar si uno toma un trabajo extraordinario para obtener una ganancia extraordinaria.
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