Por Ing. Mateo Roberto Gorostiaga
* "Decreto del Concilio Ecuménico Vaticano II" del 21 de Noviembre de 1964.
• Tomada con subtitulos y números de párrafos de la IV edición Guadalupe.
• Tomada con subtitulos y números de párrafos de la IV edición Guadalupe.
CAPITULO II
LA PRACTICA DEL ECUMENISMO LA UNIÓN AFECTA A TODOS
[8. Fidelidad de los Obispos al Sumo Pontífice y de los Presbíteros a los Obispos] En esto, pues, habéis de trabajar asiduamente y vigilar para que se conserve el depósito de la fe en medio de una conspiración que lamentamos, como que está dirigida a dilapidar y destruir aquel mismo depósito. Recuerden todos que el juicio sobre la sana doctrina con que los pueblos deben alimentarse y el régimen y la administración de la Iglesia Universal pertenecen al Romano Pontífice, a quien Cristo Señor entregó la plena potestad de nutrir, regir y gobernar la Iglesia Universal, como claramente lo declararon los padres del Concilio Florentino (Puesto que mientras esté firme la doctrina de nuestros predecesores, de santa memoria, contra la cual no es lícito disputar, cualquiera que parezca sentir rectamente, no necesita ser enseñado por nuevas aserciones, sino que llano y perfecto está todo para instruir al que ha sido engañado por los herejes y para ser adoctrinado el que va a ser plantado en la viña del Señor, haz que se rechace la idea de reunir un Concilio, implorada para ello la fe del clementísimo Emperador...). Incumbe por otra parte a cada Obispo unirse fidelísimamentea la Cátedra de Pedro, (S. August. De Haeres; n° 88, P.L. 42, 50. ' Concilio Florentino, sesión 25.), custodiar santa y religiosamente el depósito de la fe, y pastorear y alimentar en cuanto de él dependa, la grey de Dios; los presbíteros han de estar sujetos a los Obispos, a quienes deben recibir como padres de su alma según la expresión de Jerónimo (S. Jerónimo, Ep. 2, a Nepot., a. 1, 24 (Migne P.L.22, episl. 52, 7, col.533 n. 262). Y no olviden nunca que les está prohibido, aún por los antiguos cánones, hacer cualquier cosa en el ministerio ya recibido, y arrogarse el cargo de enseñar y predicar sin sentencia del Obispo, a cuya fidelidad está confiado el pueblo, y del cual se exigirá cuenta de las almas \ Por último, tengase firmemente por cierto, que todos aquéllos que alguna cosa maquinan contra este orden preestablecido, perturban fundamentalmente en cuanto de ellos depende el estado de la Iglesia (Ed.Guadalupe, t.I, p. 39).
San Simplicio 468-483, de la Carta Quantum hresbyterokum, a Acacio, obispo de Constanttnopla, de 9 de enero de 476:
Te exhorto, pues, hermano carísimo, a que por todos los medios se resista a los conatos de los perversos de reunir un Concilio, que jamás se convocó por otros motivos que por haber surgido alguna novedad en entendimientos extraviados o alguna ambigüedad en la aserción de los dogmas, a fin de que tratando los asuntos en común, si alguna oscuridad había, la iluminara la autoridad de la deliberación sacerdotal, como fue forzoso hacerlo primero por la impiedad de Arrio, luego por la de Nestorio y últimamente, por la de Dióscoro y Eutiques [el monofisismo]. Y, lo que no permita la misericordia de Cristo Dios Salvador nuestro, hay que intimar que es abominable restituir a los que han sido condenados, contra las sentencias de los sacerdotes del Señor, de todo el orbe, y las de los emperadores, que rigen ambos mundos... (D.159).
San Gelasio I, 492-496, decretal a Honorio, Obispo de Dalmacia:
He aquí como un primer índice de libros prohibidos.
Estos y otros escritos semejantes que enseñaron y escribieron todos los heresiarcas y sus discípulos o los cismáticos, no sólo confesamos que fueron repudiados por toda la Iglesia Romana Católica y Apostólica, sino también desterrados y juntamente con sus autores y los secuaces de ellos para siempre condenados bajo el vínculo indisoluble del anatema (D.166).
Pues: De corazón creemos y con la boca confesamos una sola Iglesia, no de herejes, sino la Santa, Romana, Católica y Apostólica, fuera de la cual creemos que nadie se salva (D.423) Inocencio III, Carta Ews Exemplo al arzobispo de Tarragona, 18-XI1-1208.
Te exhorto, pues, hermano carísimo, a que por todos los medios se resista a los conatos de los perversos de reunir un Concilio, que jamás se convocó por otros motivos que por haber surgido alguna novedad en entendimientos extraviados o alguna ambigüedad en la aserción de los dogmas, a fin de que tratando los asuntos en común, si alguna oscuridad había, la iluminara la autoridad de la deliberación sacerdotal, como fue forzoso hacerlo primero por la impiedad de Arrio, luego por la de Nestorio y últimamente, por la de Dióscoro y Eutiques [el monofisismo]. Y, lo que no permita la misericordia de Cristo Dios Salvador nuestro, hay que intimar que es abominable restituir a los que han sido condenados, contra las sentencias de los sacerdotes del Señor, de todo el orbe, y las de los emperadores, que rigen ambos mundos... (D.159).
San Gelasio I, 492-496, decretal a Honorio, Obispo de Dalmacia:
He aquí como un primer índice de libros prohibidos.
Estos y otros escritos semejantes que enseñaron y escribieron todos los heresiarcas y sus discípulos o los cismáticos, no sólo confesamos que fueron repudiados por toda la Iglesia Romana Católica y Apostólica, sino también desterrados y juntamente con sus autores y los secuaces de ellos para siempre condenados bajo el vínculo indisoluble del anatema (D.166).
Pues: De corazón creemos y con la boca confesamos una sola Iglesia, no de herejes, sino la Santa, Romana, Católica y Apostólica, fuera de la cual creemos que nadie se salva (D.423) Inocencio III, Carta Ews Exemplo al arzobispo de Tarragona, 18-XI1-1208.
LA REFORMA DE LA IGLESIA
U.R.6. Puesto que toda la renovación de la Iglesia consiste escencialmente en el aumento de la fidelidad a su vocación, por eso, sin duda, hay un movimiento que tiende hacia la unidad. Cristo llama a la Iglesia peregrinante hacia una perenne reforma, de la que la Iglesia misma, en cuanto institución humana y terrena, tiene siempre necesidad, hasta el punto que si algunas cosas fueron menos cuidadosamente observadas, bien por circunstancias especiales, bien por costumbres, o por disciplina eclesiástica, o también por formas de exponer la doctrina -que debe cuidadosamente distinguirse del mismo depósito de la fe- se restablezcan en el tiempo oportuno recta y debidamente.
León XIII, 1878-1903, de la Carta Testem benevolentiae,
al cardenal GlBBONS, de 22 de enero de 1899:
El fundamento sobre que, en definitiva, se fundan las nuevas ideas que dijimos, es el siguiente: Con el fin de atraer más fácilmente a los disidentes a la doctrina católica, debe por fin la Iglesia acercarse algo más a la cultura de este siglo ya adulto y, aflojando la antigua severidad, condescender con los principios y modos recientemente introducidos entre los pueblos. Y muchos piensan que ello ha de entenderse no sólo de la disciplina de la vida, sino también de las enseñanzas en que se contiene el depósito de la fe... (D.1967).
Y la historia de todas las edades pretéritas es testigo de que esta Sede Apostólica, a quien fue concedido no sólo el magisterio, sino también el régimen supremo de toda la Iglesia, se mantuvo constantemente adherida al mismo dogma, al mismo sentido, a la misma sentencia (Concilio Vaticano, v. 1800); mas en cuanto a la disciplina de la vida, de tal manera acostumbró siempre moderarse que, mantenido incólumne el derecho divino, jamás desatendió las costumbres y modos de tan varias gentes como ella comprende. ¿Y quién dudará de que también ahora lo ha de hacer, si así lo exige la salvación de las almas? Mas esto no ha de ser determinado al arbitrio de los individuos particulares, que de ordinario se engañan con apariencia de bien, sino que es menester dejarlo al juicio de la Iglesia... (D.1968). Gregorio IX, carta Ab Aegiptis de 7-VII-1228:
Pues no faltan quienes... "despojados de lo gratuito y heridos en lo natural" ( Petrus Lomb. Sent. II 2, 25, c 7), no traen a su memoria lo del Apóstol, que creemos han leído a menudo: Evita las profanas novedades de palabras y las opiniones de la ciencia de falso nombre, que por apetecerla algunos han caído de la fe (I Tim. 6, 20 s). ¡Oh necios y tardos de corazón en todas las cosas que han dicho los asertores de la gracia de Dios, es decir, los Profetas, los Evangelistas y los Apóstoles (Lc. 24, 25), cuando la naturaleza no puede por sí misma nada en orden a la salvación, si no es ayudada de la gracia! (v. 105 y 138). (D.442).
(De la necesidad de abrazar y conservar la fe.) Mas porque sin la fe... es imposible agradar a Dios (Hebr. 11, 6) y llegar al consorcio de los hijos de Dios; de ahí que nadie obtuvo jamás la justificación sin ella, y nadie alcanzará la salvación eterna, si no perseverare en ella hasta el fin (Mt. 10, 22; 24, 13). Ahora bien, para que puediéramos cumplir el deber de abrazar la fe verdadera y perseverar constantemente en ella, instituyó Dios la Iglesia por medio de su Hijo unigénito y la proveyó de notas claras de su institución, a fin de que pudiera ser reconocida por todos como guardiana y maestra de la palabra revelada (D.1793). (Vaticano I, Ses. III, c 3).LA CONVERSIÓN DEL CORAZÓN
U.R.7 A). El verdadero ecuménismo no puede darse sin la conversión interior. En efecto, los deseos de la unidad surgen y maduran de la renovación del alma (Ef. 4, 24), de la abnegación de sí mismo y de la efusión generosa de la caridad. Por eso tenemos que implorar del Espíritu Santo la gracia de la abnegación sincera, de la humildad y de la mansedumbre en nuestros servicios y de la fraterna generosidad del alma para con los demás. Así, pues, os exhorto yo -dice el Apóstol de las Gentes-, preso en el Señor, a andar de una manera digna de la vocación con que fuisteis llamados, con toda humildad, mansedumbre y longanimidad, soportándoos los unos a los otros con caridad, solícitos de conservar la unidad del espíritu mediante el vínculo de la paz (Ef. 4, 1-3). Esta exhortación se refiere, sobre lodo, a los que han sido investidos del orden sagrado, para continuar la misión de Cristo, que vino no a ser servido, sino a servir (Mt. 20, 28), entre nosotros.
León XIII (Satis Cognitum):
[33. No cualquiera es maestro.] Pero así como la doctrina celestial no ha estado nunca abandonada al capricho o al juicio individual de los hombres, sino que ha sido primeramente enseñada por Jesús, después confiada exclusivamente al magisterio de que hemos hablado, tampoco al primero que llega de entre el pueblo cristiano, sino a ciertos hombres escogidos ha dado Dios la facultad de cumplir y administrar los divinos misterios y el poder de mandar y de gobernar.
Sólo a los Apóstoles y a sus legítimos sucesores se refieren estas palabras de Jesucristo: Id por todo el mundo y predicad el Evangelio... bautizad a los hombres... (Mc. 16, 15; Mat. 28, 19) haced esto en memoria mía (Luc. 22, 19). A quien perdonareis los pecados les serán perdonados (Juan 20. 23). Del mismo modo, sólo a los Apóstoles y a sus legítimos sucesores les ordenó apacentar el rebaño, esto es, gobernar con autoridad al pueblo cristiano que por ese mandato éste quedó obligado a prestarles obediencia y sumisión. El conjunto de todas estas funciones del ministerio apostólico, está comprendido en estas palabras de San Pablo: Que los hombres nos miren como a ministros de Cristo y dispensadores de los misterios de Dios (1 Cor. 4. 1.).
De este modo Jesucristo llamó a todos los hombres sin excepción, a los que existían en su tiempo y a los que debían de existir más tarde; para que le siguiesen como Jefe y Salvador, y no aislada e individualmente, sino todos en conjunto, unidos en un solo haz de personas y de corazones, para que de esta multitud resultase un solo pueblo, legítimamente constituido en sociedad; un pueblo verdaderamente uno por la comunidad de fe, de fin y de medios apropiados a alcanzar a éste; un pueblo sometido a un solo y mismo poder.
Porque sólo a Simón -a quien ya antes había dicho: Tú te llamarás Cefas (Ion. 1,42), después de pronunciar su confesión: Tú eres el Cristo, el Hijo de Dios vivo, se dirigió el Señor con estas solemnes palabras: Bienaventurado eres, Simón, hijo de Jonás, porque no la carne ni la sangre te lo ha revelado, sino mi Padre que está en los cielos. Y yo te digo que tú eres Pedro, y sobre esta piedra edificaré mi iglesia, y las puertas del infierno no prevalecerán contra ella, y a ti te daré las llaves del reino de los cielos. Y cuanto atares sobre la tierra, será desatado también en el cielo (Mt. 16, 16 ss.) (Contra Richer, etc.; v. 1503) [Conc. Vaticano I; D.1822.]
¿Habrá, pues, nadie de tamaña demencia que se atreva a tener por vana la oración de Aquél cuyo querer es poder? [San León, D.351.]
Y en cumplimiento continuo de este oficio, ¿acaso faltará a la Iglesia el valor ni la eficacia, hallándose perpetuamente asistida con la presencia del mismo Cristo,-que solemnemente le prometió: "He aquí que yo estaré siempre con vosotros, hasta la consumación de los siglos" (Mt 28, 20)... Si no queremos decir... que Cristo Nuestro Señor no ha cumplido su promesa, o se engañó cuando dijo que las puertas del infierno no habrían de prevalecer contra ella? [Pío XI, M. A. 8].
Nunca en el transcurso de los siglos, se contaminó esta mística Esposa de Cristo, ni podrá contaminarse jamás, como dijo bien San Cipriano: No puede adulterar la Esposa de Cristo; es incorruptible y fiel. Conoce una sola casa y custodia con casto pudor la santidad de una sola estancia (Pío XI, M. A. 16).
Inocencio III, 1198-1216. - IV Concilio de Letrán, 1215:
Mas como algunos, bajo apariencia de piedad (como dice el Apóstol), reniegan de la virtud de ella (2 Tim, 3, 5) y se arrogan la autoridad de predicar, cuando el mismo Apóstol dice: ¿Cómo predicarán, sino son enviados? (Rom. 10, 15), todos los que con prohibición o sin misión, osaren usurpar pública o privadamente el oficio de la predicación, sin recibir la autoridad de la Sede Apostólica o del obispo católico del lugar (Del Concilio de Verona de 1184. bajo Lucio III.), serán ligados con vínculos de excomunión, y si cuanto antes no se arrepintieren, sean castigados con otra pena competente.
U.R.7 B) A las faltas contra la unidad pueden aplicarse las palabras de San Juan: Si decimos que no hemos pecado, le desmentimos, y su palabra no está en nosotros (1 Jn. 1, 10). Humildemente, pues, pedimos perdón a Dios y a los hermanos separados, como nosotros perdonamos a quienes nos hayan ofendido.
San León IX, 1049-1054, en 1053:
Cap. 5... De vosotros se dice que con nueva presunción e increíble audacia condenasteis públicamente a la Apostólica Iglesia latina, sin oírla ni convencerla, por el hecho particularmente de atreverse a celebrar con ázimos la conmemoración de la pasión del Señor. He aquí vuestra incauta reprensión, he aquí una gloria vuestra nada buena, cuando ponéis en el cielo vuestra boca, cuando vuestra lengua, arrastrándose en la tierra (Ps. 72, 9), maquina atravesar y trastornar la antigua fe con argumentos y conjeturas humanas (D.350).
Cap.l 1. ... Dando un juicio anticipado contra la Sede suprema, de la que ni pronunciar juicio es lícito a ningún hombre, recibisteis anatema de todos los padres de todos los venerables Concilios... (D.352).
Cap. 32. Como el quicio, permaneciendo inmóvil trae y lleva la puerta; así Pedro y sus sucesores tienen libre juicio sobre toda la Iglesia, sin que nadie deba hacerles cambiar de sitio, pues la Sede suprema por nadie es juzgada |v. 330 ss.]... (D.353).
[36. Un solo Jefe] Ahora bien, es imposible imaginarse una sociedad humana verdadera y perfecta que no esté gobernada por un poder soberano cualquiera. Jesucristo debe haber puesto a la cabeza de la Iglesia un jefe supremo, a quien toda la multitud de los cristianos es sometida y obediente. Por esto también, del mismo modo que la Iglesia, para ser una en su calidad de reunión de los fieles, requiere necesariamente la unidad de la fe, también para ser una en cuanto a su condición de sociedad definitivamente constituida, ha de tener, por derecho divino, la unidad de gobierno, que produce y comprende la unidad de comunión. La unidad de la Iglesia debe ser considerada bajo dos aspectos: primero, el de la conexión mutua de los miembros de la Iglesia o la comunicación que entre ellos existe, y en segundo lugar, el del orden que liga a todos los miembros de la Iglesia a un solo jefe (S. Thom. 2. 2. q. 39 a. 1).
[37. Gravedad del cisma.] De ahí se comprende que los hombres no se separan menos de la unidad de la Iglesia por el cisma que por la herejía. Se señala como diferencia entre la herejía y el cisma, que la herejía profesa un dogma corrompido y el cisma, consecuencia de una disensión entre el episcopado, se separa de la Iglesia (S. Jerón. Com. in Ep. ad Tit., c. 3, 10-11, P.L. 26, 598.)
Estas palabras concuerdan con las de San Juan Crisóstomo sobre el mismo asunto: Digo y protesto que dividir a la Iglesia no es menor mal que caer en la herejía (S. Crisost. Hom. 9 in Ep. Eph., n. 5, P. G. 62, 87.). Por esto si ninguna herejía puede ser legítima, tampoco hay cisma que pueda mirarse como promovido por un buen derecho. Nada es más grave que el sacrilegio del cisma: pues, no hay necesidad legítima alguna de romper la unidad (S. August. contra. Epist. Parm.. 1. II, c. 9, n. 25, P.L. 43, 69.)
LA ORACIÓN UNÁNIME
U.R.8 A) Esta conversión del corazón y santidad de vida, juntamente con las oraciones privadas y públicas por la unidad de los cristianos, han de considerarse como el alma de todo el movimiento ecuménico, y con razón puede llamarse ecumenismo espiritual.
Pío IX, De la carta del Santo Oficio a obispos de Inglaterra, de 16-IX-1854:
Se ha comunicado a la Santa Sede que algunos católicos y hasta varones eclesiásticos, han dado su nombre a la sociedad para.procurar, como dicen, la unidad de la cristiandad.
Ella, formada y dirigida por protestantes, está animada por el espíritu que expresamente profesa, a saber, que las tres comuniones cristianas: la romano-católica, la greco-cismática y la anglicana, aunque separadas y divididas entre sí, con igual derecho reivindican para sí el nombre católico. La entrada, pues, a ella está abierta para todos, en cualquier lugar que vivieren, ora católicos, ora greco-cismáticos, ora anglicanos, pero con esta condición: que a nadie sea lícito promover cuestión alguna sobre los varios capítulos de doctrina en que difieren, y cada uno pueda seguir tranquilamente su propia confesión religiosa. Mas a los socios todos, ella misma manda recitar preces y a los sacerdotes celebrar sacrificios según su intención, a saber: que las tres mencionadas comuniones cristianas, puesto que, según se supone, todas juntas constituyen ya la Iglesia Católica, se reúnan por fin un día para formar un solo cuerpo... (D.1685).
El fundamento en que la misma se apoya es tal que trastorna de arriba abajo la constitución divina de la Iglesia. Toda ella, en efecto, consiste en suponer que la verdadera Iglesia de Jesucristo consta parte de la Iglesia Romana difundida y propagada por todo el orbe, parte del cisma de Focio y de la herejía anglicana, para las que, al igual que para la Iglesia Romana, hay un solo Señor, una sola fe, un solo bautismo (cf. Eph. 4, 5)... Nada ciertamente puede ser de más precio para un católico que arrancar de raíz los cismas y disensiones entre los cristianos, y que los cristianos todos sean solícitos en guardar la unidad del espíritu en el vínculo de la paz (Eph. 4, 8).... Mas que los fieles de Cristo y los varones eclesiásticos oren por la unidad cristiana, guiados por los herejes y, lo que es peor, según una intención en gran manera manchada e infecta de herejía, no puede de ningún modo tolerarse. La verdadera Iglesia de Jesucristo se constituye y reconoce por la autoridad divina con la cuádruple nota que en el símbolo afirmamos debe creerse; y cada una de estas notas, de tal modo está unida con las otras, que no puede ser separada de ellas; de ahí que la que verdaderamente es y se llama Católica, debe juntamente brillar por la prerrogativa de la unidad, la santidad y la sucesión apostólica (D.1686).
San Celestino I, 422-432, Concilio de Efeso, 431
Cap. 10. En cuanto a las partes más profundas y difíciles de las cuestiones que ocurren y que más largamente trataron (Viva, Theses damm. ab Alex VIII. XXX, Ice: "... trataron Agustín y otros..."), quiénes resistieron a los herejes, así como no nos atrevemos a despreciarlas, tampoco nos parece necesario alegarlas, pues para confesar la gracia de Dios, a cuya obra y dignación nada absolutamente ha de quitarse, creemos ser suficiente lo que nos han enseñado los escritos... de la Sede Apostólica; de suerte que no tenemos absolutamente por católico lo que aparece como contrario a las sentencias antes fijadas (D.142).
U.R.8 B) Es frecuente entre los católicos concurrir a la oración por la unidad de la Iglesia, que el mismo Salvador dirigió enardecido al Padre en vísperas de su muerte: Que todos sean uno (Jn. 17, 21).
Pío XI (Mortalium Ánimos):
[9. Un error capital del movimiento ecuménico en la pretendida unión de iglesias cristianas.] Y aquí se Nos ofrece la ocasión de exponer y refutar una falsa opinión de la cual parece depender toda esta cuestión, y en la cual tiene su origen la múltiple acción y confabulación de los católicos que trabajan, como hemos dicho, por la unión de las iglesias cristianas. Los autores de este proyecto no dejan de repetir casi infinitas veces la palabra de Cristo: "Sean todos una misma cosa. Habrá un solo rebaño y un solo pastor" (Juan 17, 21; 10, 16.), más de tal manera las entienden, que, según ellos, sólo significan un deseo y una aspiración de Jesucristo, deseo que todavía no se ha realizado. Opinan, pues, que la unidad de fe y de gobierno, nota distintiva de la verdadera y única Iglesia de Cristo, no ha existido casi nunca hasta ahora, y ni siquiera hoy existe: podrá, ciertamente, desearse, y tal vez algún día se consiga, mediante la concorde impulsión de las voluntades; pero entre tanto, habrá que considerarla sólo como un ideal.
De 1a Carta de Inocencio II TestanteApostólo, a Enrique. obispo de Sens, 16 de Julio de 1140:
Nos, pues, que, aunque indignos, estamos sentados a vista de todos en la cátedra de San Pedro, a quien fue dicho: Y tú, convertido algún día, confirma a tus hermanos (Lc. 22, 32), de común acuerdo con nuestros hermanos los obispos cardenales, por autoridad de los Santos Cánones hemos condenado los capítulos que vuestra discreción nos ha mandado y todas las doctrinas del mismo Pedro Abelardo juntamente con su autor, y como a hereje les hemos impuesto perpetuo silencio. Decretamos también que todos los seguidores y defensores de su error, han de ser alejados de la compañía de los fieles y ligados con el vínculo de la excomunión (D.3S7).
U.R.8 C) En ciertas circunstancias especiales, como sucede cuando se ordenan oraciones por la unidad, y en las asambleas ecumenistas es lícito, más aún, es de desear que los católicos se unan en la oración con los hermanos separados. Ta les preces comunes son un medio muy eficaz para conseguir la gracia de la unidad y la expresión genuina de los vínculos con que aún están unidos los católicos con los hermanos separados: Pues donde hay dos o tres congregados en mi Nombre allí estoy yo en medio de ellos (Mt. 18, 20).
San Pablo:
Al hombre hereje, después de una y otra amonestación rehuyelo, sabiendo que el tal se ha pervertido y peca, condenándose por su propia sentencia (Tito 3, 10-11).
San Juan:
Si alguno viene a vosotros, y no trae esta doctrina, no le recibáis en casa, ni le saludéis. Porque quien le saluda participa en sus malas obras (II Jn. 10).
Alejandro III, III Concilio de Letrán de 1179:
Cap. 27. Como dice el bienaventurado León (Epist. ad Turibium, Proem. (P.I.. 54, 600 A): "Si bien la disciplina de la Iglesia, contenta con el juicio sacerdotal, no ejecuta castigos cruentos, sin embargo, es ayudada por las constituciones de los príncipes católicos, de suerte que a menudo buscan los hombres remedio saludable, cuanto temen los sobrevenga un suplicio corporal". Por eso, como quiera que en Gascuña, en el territorio de Albi y de Tolosa y en otros lugares, de tal modo ha cundido la condenada perversidad de los herejes que unos llaman cataros, otros patarenos, otros publícanos y otros con otros nombres, que ya no ejercitan ocultamente, cómo otros, su malicia, sino que públicamente manifiestan su error y atraen a su sentir a los simples y flacos, decretamos que ellos y sus defensores y recibidores estén sometidos al anatema, y bajo anatema prohibimos que nadie se atreva a tenerlos en sus casas o en su tierra ni a favorecerlos ni a ejercer con ellos el comercio (D.401).
U.R.8 D) Sin embargo, no es lícito considerar la comunicación en las funciones sagradas como medio que pueda usarse indiscriminadamente para restablecerla unidad de los cristianos. Esta comunicación depende sobre todo de los dos principios: de la significación de la unidad de la Iglesia y de la participación en los medios de la gracia. La significación de la unidad prohibe de ordinario la comunicación. la consecución de la gracia algunas veces la recomienda; La autoridad episcopal local ha de determinar prudentemente el modo de obrar en concreto, atendidas las circunstancias de tiempo, lugar y personas, a no ser que la conferencia episcopal, a tenor de sus propios estatutos, o la Santa Sede provean de otro modo.
Lucio III, 1181-1185, Concilio de Verona, 1184, del decreto Ad abolendum contra los herejes
A todos los que no temen sentir o enseñar de otro modo que como predica y observa la sacrosanta Iglesia Romana acerca del sacramento del cuerpo y de la sangre de Nuestro Señor Jesucristo, del bautismo, de la confesión de los pecados, del matrimonio o de los demás sacramentos de la Iglesia; y en general, a cuantos la misma Iglesia Romana o los obispos en particular por sus diócesis con el consejo de sus clérigos, o los clérigos mismos, de estar vacante la sede, con el consejo -si fuere menester-, de los obispos vecinos, hubieren juzgado por herejes, nosotros ligamos con igual vínculo de perpetuo anatema (D.402).
Gregorio IX, 1227-1241, de la de forma de anatema, publicada el 20 de agosto de 1229 (?):
"Excomulgamos y anatematizamos... a todos los herejes": cataros, patarenos, pobres de Lyon, pasaginos, jósefinos, arnaldistas, esperonistas y otros, "cualquier nombre que lleven, pues tienen caras diversas, pero las colas atadas unas con otras (Iud. 15, 4), pues por su vanidad todos convienen en lo mismo" (Del IV Concilio de Letrán. 1215. Cap. 3, De Haereticis.) (D.444).
San Simplicio, 468-483,Concilio de Ariüs, 475 (p.l. 53, 683.)
Del memorial de sujeción de Lúcido, presbítero
Vuestra corrección es pública salvación y vuestra sentencia medicina. De ahí que también yo tengo por sumo remedio, excasar los pasados errores acusándolas, y por saludable confesión purificarme. Por tanto, de acuerdo con los recientes decretos del Concilio venerable, condeno juntamente con vosotros aquella sentencia que dice que no ha de juntarse a la gracia divina el trabajo de la obediencia humana; que dice que después de la caída del primer hombre, quedó totalmente extinguido el albedrío de la voluntad; que dice que Cristo Señor y Salvador nuestro no sufrió la muerte por la salvación de todos; que dice que...
Todo esto lo condeno como impío y lleno de sacrilegios. De tal modo, empero, afirmo la gracia de Dios que siempre añado a la gracia el esfuerzo y empeño del hombre, y proclamo que la libertad de la voluntad humana no está extinguida, sino atenuada y debilitada, que está en peligro quien se ha salvado, y que el que se ha perdido, hubiera podido salvarse (D.160 a).
Confieso también que Cristo Dios y Salvador, por lo que toca a las riquezas de su bondad, ofreció por todos el precio de su muerte y no quiere que nadie se pierda, El, que es salvador de todos, sobre todo de los fieles, rico para con todos los que le invocan (Rom. 10,12)... Ahora, empero, por la autoridad de los sagrados testimonios que copiosamente se hallan en las divinas Escrituras, por la doctrina de los antiguos, puesta de manifiesto por la razón, de buena gana confieso que Cristo vino también por los hombres perdidos que contra la voluntad de El se han perdido. No es lícito, en efecto, limitar las riquezas de su bondad inmensa y los beneficios divinos a solos aquellos que al parecer se han salvado. Porque si decimos que Cristo sólo trajo remedios para los que han sido redimidos, parecerá que absolvemos a los no redimidos, los que consta han de ser castigados por haber despreciado la redención. Afirmo también que se han salvado, según la razón y el orden de los siglos, unos por la ley de la gracia, otros por la ley de Moisés, otros por la ley de la naturaleza, que Dios escribió en los corazones de todos, en la esperanza del advenimiento de Cristo; sin embargo, desde el principio del mundo, no se vieron libres de la atadura original, sino por intercesión de la sagrada sangre. Profeso también que los fuegos eternos y las llamas infernales están preparadas para los hechos capitales, porque con razón sigue la divina sentencia a las culpas humanas persistentes; sentencia en que incurren quienes no creyeren de todo corazón estas cosas. Orad por mí, señores santos y padres apostólicos.
Lúcido presbítero firmé por mi propia mano esta mi carta y lo que en ella se afirma lo afirmo y lo que se condena condeno (D. 160 b)
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