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miércoles, 9 de septiembre de 2015

De la encíclica «Humani generis», sobre los errores de la llamada «teología nueva»

12 de agosto de 1950

     La encíclica Humani generis sistematiza y condena los principales errores latentes en el movimiento que el propio Pío XII había denominado «teología nueva». No es propio de este lugar el estudio de dicha tendencia ni de la encíclica entera que la analiza y refuta. Nos limitamos a transcribir los párrafos que dicen relación a cuestiones bíblicas. Estos se centran en torno a cinco puntos principales:
     1.° La necesidad y competencia del magisterio de la Iglesia (n. 6978), a la luz de cuyas explicaciones debe interpretarse la Escritura, y no viceversa, como preconiza la teología nueva.
     2.° Inerrancia absoluta de la Biblia e imposibilidad de admitir en ella, como pretenden los partidarios de la teología nueva, un sentido humano, distinto del divino y sujeto a error (n. 699).
     3.° Inmoderado recurso a la exegesis que llaman pneumática o espiritual (n. 700), con menos-precio del sentido literal.
     4.° La postura de la Iglesia ante el evolucionismo y el poligenismo (n. 701-703).
     5.° La historicidad de los once primeros capítulos del Génesis (n. 704).

697
     Entre tanta confusión de opiniones, nos es de algún consuelo ver a los que hoy no rara vez, abandonando las doctrinas del “racionalismo” en que habían sido educados, desean volver a los manantiales de la verdad revelada y reconocer y profesar la palabra de Dios, conservada en la Sagrada Escritura, como fundamento de la ciencia sagrada. Pero al mismo tiempo lamentamos que no pocos de ésos, cuanto más firmemente se adhieren a la palabra de Dios, tanto más rebajan el valor de la razón humana, y cuanto con más entusiasmo enaltecen la autoridad de Dios revelador, tanto más ásperamente desprecian el magisterio de la Iglesia, instituido por Nuestro Señor Jesucristo para defender e interpretar las verdades reveladas. Este modo de proceder no sólo está en abierta contradicción con la Sagrada Escritura, sino que, aun por experiencia, se muestra ser equivocado. Pues los mismos “disidentes” con frecuencia se lamentan públicamente de la discordia que reina entre ellos en las cuestiones dogmáticas, tanto que se ven obligados a confesar la necesidad de un magisterio vivo.
698
     Es también verdad que los teólogos deben siempre volver a las fuentes de la revelación, pues a ellos toca indicar de qué manera “se encuentre explícita o implícitamente" (Pío IX, Inter gravissxmas, 28 octubre 1870: Acta, vol. 1 p. 260) en la Sagrada Escritura y en la divina tradición lo que enseña el magisterio vivo. Además, las dos fuentes de la doctrina revelada contienen tantos y tan sublimes tesoros de verdad, que nunca realmente se agotan. Por eso, con el estudio de las fuentes sagradas se rejuvenecen continuamente las sagradas ciencias, mientras que, por el contrario, una especulación que deje ya de investigar el depósito de la fe se hace estéril, como vemos por experiencia. Pero esto no autoriza a hacer de la teología, aun de la positiva, una ciencia meramente histórica. Porque, junto con esas sagradas fuentes, Dios ha dado a su Iglesia el magisterio vivo para ilustrar también y declarar lo que en el depósito de la fe no se contiene más que oscura y como implícitamente. Y el divino Redentor no ha confiado la interpretación auténtica de este depósito a cada uno de los fieles, ni aun a los teólogos, sino sólo al magisterio de la Iglesia. Y si la Iglesia ejerce este su oficio (como con frecuencia lo ha hecho en el curso de los siglos con el ejercicio, ya ordinario, ya extraordinario, del mismo oficio), es evidentemente falso el método que trata de explicar lo claro con lo oscuro; antes es menester que todos sigan el orden inverso. Por lo cual, nuestro predecesor, de inmortal memoria, Pío IX, al enseñar que es deber nobilísimo de la teología el mostrar cómo una doctrina definida por la Iglesia se contiene en las fuentes, no sin grave motivo añadió aquellas palabras: “Con el mismo sentido con que ha sido definida por la Iglesia”.
699
     Volviendo a las nuevas teorías de que tratamos antes,  algunos proponen o insinúan en los ánimos muchas opiniones que disminuyen la autoridad divina de la Sagrada Escritura, pues se atreven a adulterar el sentido de las palabras con que el concilio Vaticano define que Dios es el autor de la Sagrada Escritura y renuevan una teoría, ya muchas veces condenada, según la cual la inerrancia de la Sagrada Escritura se extiende sólo a los textos que tratan de Dios mismo, o de la religión, o de la moral. Más aún: sin razón hablan de un sentido humano de la Biblia, bajo el cual se oculta el sentido divino, que es, según ellos, el solo infalible. En la interpretación de la Sagrada Escritura no quieren tener en cuenta la analogía de la fe ni la tradición de la Iglesia, de manera que la doctrina de los Santos Padres y del sagrado magisterio debe ser conmensurada con la de las Sagradas Escrituras, explicadas por los exegetas de modo meramente humano, más bien que exponer la Sagrada Escritura según la mente de la Iglesia, que ha sido constituida por Nuestro Señor Jesucristo custodio e intérprete de todo el depósito de las verdades reveladas.
700
     Además, el sentido literal de la Sagrada Escritura y su exposición, que tantos y tan eximios exegetas, bajo la vigilancia de la Iglesia, han elaborado, deben ceder el puesto, según las falsas opiniones de éstas, a una nueva exegesis que llaman simbólica o espiritual; con la cual los libros del Antiguo Testamento, que actualmente en la Iglesia son una fuente cerrada y oculta, se abrirían, finalmente, para todos. De esta manera, afirman, desaparecen todas las dificultades, que solamente encuentran los que se atienen al sentido literal de las Escrituras.
     Todos ven cuánto se apartan estas opiniones de los principios y normas hermenéuticas justamente establecidos por nuestros predecesores, de feliz memoria. León XIII, en la encíclica Providentissimus, y Benedicto XV, en la encíclica Spiritus Paraclitus, y también por Nos mismo en la encíclica Divino afflante Spiritu.
     701
     Réstanos ahora decir algo acerca de algunas cuestiones  que, aunque pertenezcan a las disciplinas que suelen llamarse “positivas”, sin embargo se entrelazan más o menos con las verdades de la fe cristiana. No pocos ruegan instantemente que la religión católica atienda lo más posible a tales disciplinas, lo cual es ciertamente digno de alabanza cuando se trata de hechos realmente demostrados; empero, se ha de admitir con cautela cuando más bien se trate de hipótesis, aunque de algún modo apoyadas en la ciencia humana, que rozan con la doctrina contenida en la Sagrada Escritura o en la tradición. Si tales conjeturas opinables se oponen directa o indirectamente a la doctrina que Dios ha revelado, entonces tal postulado no puede admitirse en modo alguno.
702
     Por eso el magisterio de la Iglesia no prohíbe que en  investigaciones y disputas entre los hombres doctos de entrambos campos se trate de la doctrina del evolucionismo, la cual busca el origen del cuerpo humano en una materia viva preexistente (pues la fe católica nos obliga a retener que las almas son creadas inmediatamente por Dios), según el estado actual de las ciencias humanas y de la sagrada teología, de modo que las razones de una y otra opinión, es decir, de los que defienden o impugnan tal doctrina, sean sopesadas y juzgadas con la debida gravedad, moderación y templanza, con tal que todos estén dispuestos a obedecer al dictamen de la Iglesia, a quien Cristo confirió el encargo de interpretar auténticamente las Sagradas Escrituras y de defender los dogmas de la fe (cf. Aloc. pont. a los miembros de la Academia de Ciencias, 30 noviembre 1941: AAS 33 p.506). Empero, algunos, con temeraria audacia, traspasan esta libertad de discusión, obrando como si el origen mismo del cuerpo humano de una materia viva preexistente fuese ya absolutamente cierto y demostrado por los indicios hasta el presente hallados y por los raciocinios en ellos fundados y cual si nada hubiese en las fuentes de la revelación que exija una máxima moderación y cautela en esta materia.
703
     Mas, tratándose de otra hipótesis, es a saber, del poligenismo, los hijos de la Iglesia no gozan de la misma libertad, pues los fieles cristianos no pueden abrazar la teoría de que después de Adán hubo en la tierra verdaderos hombres no procedentes del mismo protoparente por natural generación o bien de que Adán significa el conjunto de los primeros padres, ya que no se ve claro cómo tal sentencia pueda compaginarse con lo que las fuentes de la verdad revelada y los documentos del magisterio de la Iglesia enseñan acerca del pecado original, que procede del pecado verdaderamente cometido por un solo Adán y que, difundiéndose a todos los hombres por la generación, es propio de cada uno de ellos (cf. Rom. 5,12-19; conc. Trid., ses.5 cán.1-4).
704 
     Del mismo modo que en las ciencias biológicas y antropológicas, hay algunos que también en las históricas traspasan audazmente los límites y las cautelas establecidas por la Iglesia. Y de un modo particular es deplorable el modo extraordinariamente libre de interpretar los libros históricos del Antiguo Testamento. Los fautores de esa tendencia, para defender su causa, invocan indebidamente la carta que no hace mucho tiempo la Comisión Pontificia para los Estudios Bíblicos envió al arzobispo de París (16 de enero de 1948: AAS 40 p.45-48). Esta carta advierte claramente que los once primeras capítulos del Génesis, aunque propiamente no concuerden con el método histórico usado por los eximios historiadores grecolatinos y modernos, no obstante pertenecen al género histórico en un sentido verdadero, que los exegetas han de investigar y precisar, y que los mismos capítulos, con estilo sencillo y figurado, acomodado a la mente del pueblo poco culto, contienen las verdades principales y fundamentales en que se apoya nuestra propia salvación, y también una descripción popular del origen del género humano y del pueblo escogido. Mas, si los antiguos hagiógrafos tomaron algo de las tradiciones populares -lo cual puede ciertamente concederse—, nunca hay que olvidar que ellos obraron así ayudados por el soplo de la divina inspiración, la cual los hacía inmunes de todo error al elegir y juzgar aquellos documentos.
     Empero, lo que se insertó en la Sagrada Escritura sacándolo de las narraciones populares, en modo alguno debe compararse con las mitologías u otras narraciones de tal género, las cuales más proceden de una ilimitada imaginación que de aquel amor a la simplicidad y a la verdad que tanto resplandece aun en los libros del Antiguo Testamento, hasta el punto que nuestro hagiógrafos deben ser tenidos en este punto como claramente superiores a los antiguos escritores profanos.
DOCTRINA PONTIFICIA
Documentos Bíblicos
B. A. C.

miércoles, 26 de agosto de 2015

Carta Pontificia sobre fuentes del Pentateuco

     Carta de la Pontificia Comisión Bíblica al eminentísimo cardenal Suhard, arzobispo de París, sobre la fecha de las fuentes del Pentateuco y sobre el género literario de los once primeros capítulos del Génesis, 16 de enero de 1948

     El cardenal Suhard, arzobispo de París —a instancias, según parece de un grupo de profesores y maestros franceses que deseaban saber lo que se debe enseñar sobre las fuentes del Pentateuco y sobre el carácter histórico de los once primeros capítulos del Génesis—, presentó al Santo Padre Pío XII esta doble cuestión. Por encargo del Pontífice, la Comisión Bíblica contesta con la presente carta.
     Tras una breve introducción, en la que se proclama con palabras de la encíclica Divino afflante la «más completa libertad exegética dentro de los límites de la enseñanza tradicional de la Iglesia» y se aconseja «interpretar a la luz de esta recomendación del Soberano Pontífice las tres respuestas oficiales dadas por la Comisión Bíblica a las cuestiones antes mencionadas»;
     1.° se da por cierta la existencia de fuentes en el Pentateuco, aunque subrayando la situación de crisis en que se encuentra la clásica teoría Graf-Wellhausen y recomendando un nuevo examen científico de la cuestión en la esperanza de que «tal estudio conseguirá, sin duda, confirmar la gran parte y el profundo influjo que tuvo Moisés como autor y como legislador»; y
     2.° reconociendo que los relatos de los once primeros capítulos del Génesis «no contienen historia en el sentido moderno de la palabra», se afirma, sin embargo, que «de hecho refieren en un lenguaje simple y figurado, acomodado a la inteligencia de una humanidad menos avanzada, las verdades fundamentales presupuestas por la economía de la salvación, al mismo tiempo que la descripción popular de los orígenes del género humano y del pueblo elegido».

663
     Eminencia: El Sumo Pontífice se ha dignado confiar a la Comisión Bíblica Pontificia el examen de dos cuestiones propuestas recientemente a Su Santidad sobre las fuentes del Pentateuco y sobre la historicidad de los once primeros capítulos del Génesis. Estas dos cuestiones, con los considerandos y votos correspondientes, fueron objeto del más atento estudio de los reverendísimos consultores y eminentísimos cardenales miembros de la susodicha Comisión. Como consecuencia de sus deliberaciones, Su Santidad se dignó aprobar la siguiente respuesta en la audiencia concedida al firmante con fecha 16 de enero de 1948.
664
     La Comisión Bíblica Pontificia se alegra de rendir homenaje a la filial confianza que movió a dar este paso y desea corresponder con un sincero esfuerzo para promover los estudios bíblicos, asegurándoles, dentro de los límites de la enseñanza tradicional de la Iglesia, plena libertad. Tal libertad está afirmada en términos explícitos en la encíclica Divino afflante Spiritu por el Sumo Pontífice gloriosamente reinante, con estas palabras: “El intérprete católico, animado por fuerte y activo amor de su disciplina y sinceramente unido a la santa madre Iglesia, no debe abstenerse de afrontar las difíciles cuestiones que hasta hoy no se han resuelto, no sólo para rebatir las objeciones de los adversarios, sino para intentar una sólida explicación en perfecto acuerdo con la doctrina de la Iglesia, especialmente con la de la inerrancia bíblica y capaz al mismo tiempo de satisfacer plenamente a las conclusiones ciertas de las ciencias profanas. Recuerden, pues, todos los hijos de la Iglesia que están obligados a juzgar no sólo con justicia, sino también con suma caridad los esfuerzos y las fatigas de estos valerosos operarios de la viña del Señor; además de que todos deben guardarse de aquel celo, no muy prudente, por el que todo lo que sea nuevo parece que por eso mismo debe impugnarse o ser objeto de sospecha” (AAS [1943] p.319).

665
    A la luz de esta exhortación del Sumo Pontífice, convendrá comprender e interpretar las tres respuestas oficiales dadas por la Comisión Bíblica a las cuestiones antes mencionadas; esto es, la del 23 de junio de 1905 sobre relatos que, dentro de los libros históricos de la Biblia, no tendrían de historia sino la apariencia (Ench. Bibl., 154); la de 26 de junio de 1906 sobre la autenticidad mosaica del Pentateuco (Ench. Bibl., 174-177), y la del 30 de junio de 1909 sobre el carácter histórico de los tres primeros capítulos del Génesis (Ench. Bibl., 332-339); y así se concederá que tales respuestas no se oponen de hecho a un ulterior examen verdaderamente científico de aquellos problemas según los resultados conseguidos en estos últimos cuarenta años. Por consiguiente, la Comisión Bíblica no cree que sea el caso de promulgar, al menos por ahora, nuevos decretos sobre dichas cuestiones.
666
     En cuanto a la composición del Pentateuco, ya en el  decreto antes recordado de 27 de junio de 1906, la Comisión Bíblica reconocía poderse afirmar que “Moisés, al componer su obra, se sirvió de documentos escritos y de tradiciones orales”, y admitir también modificaciones o añadiduras posteriores a Moisés (Ench. Bibl., 176-177). Nadie ya, en el día de hoy, pone en duda la existencia de tales fuentes o rehúsa admitir un progreso creciente de las leyes mosaicas, debido a condiciones sociales y religiosas de los tiempos posteriores, progreso que se refleja incluso en los relatos históricos. Sin embargo, sobre la naturaleza y el número de tales documentos, sobre su nomenclatura y fecha, se profesan hoy, aun en el campo de los exegetas no católicos, opiniones muy divergentes. Y no faltan en varios países autores que, por motivos puramente críticos e históricos, sin ninguna tendencia apologética, rechazan resueltamente las teorías hasta ahora más en boga y buscan la explicación de ciertas particularidades del Pentateuco, no tanto en la diversidad de los supuestos documentos cuanto en la especial psicología y en los singulares procedimientos, ahora mejor conocidos, del pensamiento y de la expresión entre los antiguos orientales, o también en el diverso género literario requerido por la diversidad de materia. Por eso invitamos a los doctos católicos a estudiar estos problemas sin prevenciones, a la luz de una sana crítica y de los resultados de aquellas ciencias que tienen interferencias con esta materia. Tal estudio conseguirá, sin duda, confirmar la gran parte y el profundo influjo que tuvo Moisés como autor y como legislador.
     Bastante más oscura y compleja es la cuestión de las formas literarias de los primeros once capítulos del Génesis. Tales formas literarias no responden a ninguna de nuestras categorías clásicas y no se pueden juzgar a la luz de los géneros literarios grecolatinos o modernos. No se puede, pues, negar ni afirmar en bloque la historicidad de todos aquellos capítulos, aplicándoles irrazonablemente las normas de un género literario bajo el cual no pueden ser clasificados. Que estos capítulos no forman una historia en el sentido clásico y moderno, podemos admitirlo; pero es un hecho que los datos científicos actuales no permiten dar una solución positiva a todos los problemas que presentan dichos capítulos. El primer oficio de la exegesis científica en este punto consiste, ante todo, en el atento estudio de todos los problemas literarios, científicos, históricos, culturales y religiosos que tienen conexión con aquellos capítulos. Después sería preciso examinar con más detalle el procedimiento literario de los antiguos pueblos de Oriente, su psicología, su modo de expresarse y la noción misma que ellos tenían de la verdad histórica. En una palabra, haría falta unir sin prejuicios todo el material científico paleontológico e histórico, epigráfico y literario. Sólo así puede esperarse ver más claro en la naturaleza de ciertas narraciones de los primeros capítulos del Génesis. Con declarar a priori que estos relatos no contienen historia en el sentido moderno de la palabra, se dejaría fácilmente entender que en ningún modo la contienen, mientras que de hecho refieren en un lenguaje simple y figurado, acomodado a la inteligencia de una humanidad menos avanzada, las verdades fundamentales presupuestas por la economía de la salvación, al mismo tiempo que la descripción popular de los orígenes del género humano y del pueblo elegido. Entre tanto, hay que practicar la paciencia, que es prudencia y sabiduría de la vida. Esto es inculcado también por el Padre Santo en la ya citada encíclica: “No debe maravillarse —dice— si no todas las dificultades han sido hasta ahora superadas y resueltas... No ha de perderse por eso el ánimo; no se olvide que ocurre en los estudios humanos como en las cosas naturales: que las obras crecen lentamente y no se consiguen frutos sino después de muchas fatigas... No será, pues, vano esperar que con una constante aplicación llegue la ocasión de ver plenamente esclarecidas también las cosas que ahora parecen más complejas y dificultosas” (1.c., p.318).
     Inclinado al beso de la Sagrada púrpura, con los sentimientos de la más profunda veneración, me profeso de vuestra eminencia reverendísima humilde servidor.—G. M. Vosté, O. P., consultor secretario”.
DOCTRINA PONTIFICIA
Tomo I Documentos Biblicos
B.A.C.

miércoles, 5 de agosto de 2015

Decreto del Santo Oficio condenando el milenarismo mitigado, 21 de julio de 1944

     Desde los primeros siglos de la Iglesia no han faltado partidarios del milenarismo.
     Algunos libros apócrifos del judaismo precristiano, como el libro III de los Oráculos sibilinos, el libro de Enoc etiópico, el libro de los Jubileos y el Apocalipsis de Baruc, hablan de los tiempos venideros, en los cuales las fieras salvajes se amansarán, los hombres gozarán de toda clase de bienes materiales, vivirán tantos o más años que los patriarcas antediluvianos y serán de estatura gigante. Esta concepción, que unas veces va unida a bienes espirituales y a la presencia del Mesías y otras nada tiene que ver con éste, presenta en los diversos libros duración distinta, y es la que se conoce con el nombre de milenarismo craso.
     De los judíos pasó a los primeros cristianos, que creyeron ver un fundamento para ella en la afirmación del capítulo XX del Apocalipsis de San Juan, según la cual Cristo habrá de reinar mil años con los justos antes del juicio final (El pasaje es oscuro, como todo el libro del Apocalipsis; pero no habla de cuerpos resucitados, y puede cómodamente entenderse del espacio que media entre la muerte y el juicio final, durante el cual Cristo reina en el cielo con los justos). Cerinto y los ebionitas, según Eusebio, participaron de esta creencia (Historia Eclesiástica III 28: MG 20, 275); la supone el capítulo XV de la Epístola del Pseudo-Bernabé, y la aceptan San Papías (Cf. Funck, Patrum Apostolicorum opera, vol.2, Papiae Frag. I), San Justino (Dial, cum Tryph.. MG 6,663), San Ireneo (Adversus haereses, V 31. MG 7, 11210-1218), Tertuliano (Adversus Marción, III 24: ML 2355) y otros de menor importancia. Todos éstos habían de un reinado espiritual de Cristo sobre la tierra, bien sobre los hombres que en ella viven, bien sobre los justos resucitados, pero siempre antes del juicio final. Esta forma de milenarismo suele llamarse milenarismo mitigado.
     Ya San Justino, en el lugar citado, decía que muchos buenos católicos no lo admitían. Y así lo rechazaron expresamente Eusebio, Orígenes, Dionisio Alejandrino, San Basilio, San Jerónimo y San Agustín; cuyo argumento principal es que la Iglesia sólo admite en el Símbolo una doble venida de Cristo: la primera a redimirnos y la segunda a juzgarnos.
     El presente decreto del Santo Oficio declara que el milenarismo mitigado no se puede enseñar con seguridad. Con esta declaración oficial obtiene valor para la Iglesia universal la precedente respuesta privada del mismo Santo Oficio al arzobispo de Santiago de Chile, de 11 de julio de 1941, a propósito de un brote reciente de estos errores en el territorio de su jurisdicción (Véase el texto latino con las Annotationes del P. Silvio Rosadini en Periódica, 31).

     La carta del Santo Oficio decía así:
«Palacio del Santo Oficio, 11 julio 1941.
Excmo. y Revdmo. Sr. :
     Se ha recibido en este Santo Oficio la carta número 126/40, de 22 de abril de 1940, en que V. E. daba noticia de que en esa archidiócesis había quienes defendían el sistema de los milenaristas espirituales y que cada día iba en aumento el número de los admiradores de tal doctrina y de la obra del P. Lacunza Venida del Mesías en gloria y majestad. Al mismo tiempo, V. E. pedía a la Santa Sede las normas oportunas.
     Llevado el asunto a la reunión plenaria del miércoles día 9 de este mes, los Emmos. y Revdmos. Cardenales de esta Suprema Sagrada Congregación mandaron responder:
     El sistema del milenarismo aun mitigado —o sea, del que enseña que, según la revelación católica, Cristo Nuestro Señor ha de venir corporalmente a reinar en la tierra antes del juicio final, previa la resurrección de muchos justos o sin ella— no se puede enseñar con seguridad.
     Así, pues, apoyándose en esta respuesta y en la condenación ya hecha por este Santo Oficio de la obra del P. Lacunza, V. E. procurará vigilar cuidadosamente para que dicha doctrina bajo ningún pretexto se enseñe, propague, defienda o recomiende, sea de viva voz, sea por cualquier escrito.
     Para conseguirlo podrá emplear V. E. los medios necesarios no sólo de persuasión, sino también de autoridad, dando, si fuere oportuno, las instrucciones que fueren necesarias a los que enseñan en el seminario y en los institutos.
     Y si surgiere algo de mayor gravedad, no omita V. E. comunicárselo al Santo Oficio.
     Aprovecho la ocasión para testimoniarle el sentimiento de mi estimación y quedo de V. E. afectísimo, F. Card. Marcchetti Selvaggiani. — Excmo. y Revdmo. Sr. D. José M. Caro Rodríguez, arzobispo de Santiago de Chile.»
     La precedente carta habla de un milenarismo que se enseñara como perteneciente a la revelación cristiana. El decreto del Santo Oficio para la Iglesia universal prescinde de las razones que dicho milenarismo invoque en su favor.
655
     En estos últimos tiempos se ha preguntado más de una  vez a esta Suprema Sagrada Congregación del Santo Oficio qué se debe pensar del sistema del milenarismo mitigado, que enseña que Cristo Nuestro Señor antes del juicio final, previa la resurrección de muchos justos o sin ella, ha de venir visiblemente a reinar en esta tierra.
     Propuesto el asunto a examen en la reunión plenaria del miércoles 19 de julio de 1944, los eminentísimos y reverendísimos señores cardenales encargados de la tutela de la fe y de las costumbres, oído previamente el voto de los reverendos consultores, decretaron responder que el sistema del milenarismo mitigado no se puede enseñar con seguridad.
     Y el día siguiente, jueves 20 del mismo mes y año, nuestro Santísimo Padre Pío, por la divina Providencia Papa XII, en la acostumbrada audiencia concedida al excelentísimo y reverendísimo asesor del Santo Oñcio, aprobó, confirmó y mandó publicar esta respuesta de los eminentísimos Padres.
     Dado en Roma, desde el Palacio del Santo Oficio, a 21 de julio de 1944.—J. Pepe, notario de la Suprema Sagrada Congregación del Santo Oficio.
DOCTRINA PONTIFICIA
Documentos Biblicos
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viernes, 13 de marzo de 2015

DOCUMENTOS PONTIFICIOS BIBLICOS, PIO XII (1)



PIO XII (1939-1958)

1.- Respuesta de la Pontificia Comisión Bíblica sobre los exámenes para el Doctorado en Sagrada Escritura, 16 de julio de 1939.
2.- Aclaración de la Dataría sobre la preferencia del licenciado en Sagrada Escritura, incluso sobre el doctorado en teología, para el oficio de canónigo lectoral, 8 de abril de 1940
3.- Carta de la Pontificia Comisión Bíblica a los excelentísimos y reverendísimos arzobispos y obispos de Italia, 20 de agosto de 1941
4.- Del discurso a la Pontificia Academia de Ciencias sobre el origen del hombre, 30 de noviembre de 1941
5.- Respuesta de la Pontificia Comisión Bíblica sobre los ejercicios para la licenciatura en Sagrada Escritura, 6 de julio de 1942
6.- Respuesta de la Pontificia Comisión Bíblica sobre las versiones de la Sagrada Escritura en lengua vulgar, 22 de agosto de 1943


   Respuesta de la Pontificia Comisión Bíblica sobre los exámenes para el Doctorado en Sagrada Escritura, 16 de julio de 1939.

     Las pruebas para el Doctorado en Sagrada Escritura comprenden tres ejercicios: un examen, una lección bíblica y la defensa de una tesis escrita. A la pregunta de si estos tres ejercicios se pueden hacer por separado, la Pontificia Comisión Bíblica responde afirmativamente, pero advirtiendo que sólo podrán hacerse en dos veces, ya que la lección pública se ha de unir o con el examen o con la defensa de la tesis.
604
     Habiendo sido preguntado si es lícito, en los exámenes para el doctorado que se celebran ante la Pontificia Comisión Bíblica, separar de la defensa de la tesis los ejercicios que, según los estatutos, deben precederla, de tal manera que se puedan tener con un gran intervalo de tiempo de antelación, la Pontificia Comisión Bíblica ha respondido.
     Afirmativamente, con tal que o bien los dos ejercicios preliminares se tengan a la vez, o bien la lección pública se haga junto con la defensa de la tesis.
     Y Su Santidad el Papa Pío XII, en la audiencia benignamente concedida al infrascrito consultor secretario el día 16 de julio de 1939, ratificó esta respuesta y mandó publicarla.
     Roma, a 16 de junio de 1939.—Santiago M. Vosté, O. P., consultor secretario.


Aclaración de la Dataría sobre la preferencia del licenciado en Sagrada Escritura, incluso sobre el doctorado en teología, para el oficio de canónigo lectoral, 8 abril 1940

     Establecía el «motu proprio» Bibliorum scientiam que no se confiriera la canonjía lectoral sino al que hubiera obtenido la licencia o el doctorado en Sagrada Escritura. La presente aclaración de la Dataría ordena que el licenciado en ciencias bíblicas sea preferido para dicho oficio, en paridad de circunstancias, incluso al doctor en teología.
605
     Lo que en el “motu proprio” del Papa Pío XI, de feliz memoria, Bibliorum scientiam, de 27 de abril de 1924 (AAS 16 [1924] p.181) se establece en el n. II sobre los requisitos para la colación del beneficio con cargo de explicar la Sagrada Escritura al pueblo, se ha de interpretar de tal manera que, en paridad de circunstancias, sea preferida, incluso al doctor en sagrada teología (a tenor del can. 399 § 1), el que se halle en posesión del título de doctor o licenciado en Sagrada Escritura.
     De la audiencia con Su Santidad el 8 de abril de 1940.— F. Card. Tedeschini, datario de la Santa Iglesia Romana; José Guerri, regente.


Carta de la Pontificia Comisión Bíblica a los excelentísimos y reverendísimos arzobispos y obispos de Italia, 20 de agosto de 1941

     Con ocasión de las invectivas contra et estudio científico de la Biblia lanzadas por Dain Cohenel (pseudónimo del sacerdote napolitano Dolindo Ruotolo), primero en su obra La Sacra Scrittura. Psicología, Commento, Meditazione y luego en un opúsculo anónimo dirigido en mayo de 1041 a los cardenales, obispos de Italia y superiores de Ordenes religiosas, la Pontificia Comisión Bíblica defiende en esta carta, con testimonios de los últimos Pontífices, la primacía del sentido literal, la utilidad de la crítica textual, la necesidad del estudio de las lenguas orientales y de las ciencias auxiliares y los méritos del Pontificio Instituto Bíblico en la enseñanza de la Sagrada Escritura.
606
     Consta a la Pontificia Comisión para los Estudios Bíblicos que semanas atrás fue enviado a los eminentísimos miembros del Sagrado Colegio, a los excelentísimos ordinarios de Italia y a algunos superiores generales de Ordenes religiosas un opúsculo anónimo titulado Un gravísimo peligro para la Iglesia y para las almas. El sistema crítico-científico en el estudio y en la interpretación de la Sagrada Escritura, sus desviaciones funestas y sus aberraciones (48 págs. en 8.°).
     El opúsculo se encabeza con la inscripción: “Vale como manuscrito. Reservadísimo de conciencia”. Mas de hecho, con patente contradicción, fue expedido por toda la Península en sobres abiertos.
     Además, al pie de la última página tiene la declaración: “Copia conforme a la exposición presentada al Santo Padre Pío XII”. Puesto que esto es verdad, no es necesario más para demostrar la inconveniencia —y V. E. Revdma. lo habrá seguramente advertido en seguida— de expedir contemporáneamente a Su Santidad y a muchas personas eclesiásticas un documento escrito con el intento de presentarlo al examen del Sumo Pontífice.
     Los dos simples hechos narrados bastan para demostrar cuánto carezca de juicio, de prudencia y de reverencia el autor del opúsculo, quienquiera que sea, y podrían dispensar de otras observaciones. Sin embargo, por temor de que ciertas acusaciones e insinuaciones puedan turbar a algún pastor y apartarlo del propósito de procurar a sus futuros sacerdotes aquella sana y justa enseñanza de la Sagrada Escritura que lleva muy en su corazón el Sumo Pontífice, los eminentísimos Padres que componen la Pontificia Comisión para los Estudios Bíblicos, reunidos en congregación plenaria para el examen del caso, han decidido someter a la benévola atención de V. E. Revdma. las siguientes consideraciones:
607
     El opúsculo quiere ser una defensa de una cierta exegesis llamada de meditación; mas, sobre todo, es una virulenta acusación contra el estudio científico de las Sagradas Escrituras: examen filológico, histórico, arqueológico, etc., de la Biblia, no son otra cosa que racionalismo, naturalismo, modernismo, escepticismo, ateísmo, etc.; para entender bien la Biblia, precisa dejar libre curso al espíritu, como si cada uno estuviese en comunión personal con la Sabiduría divina-y recibiese del Espíritu Santo especiales luces individuales, como pretendieron los primitivos protestantes. Por eso el anónimo ataca con extremada violencia a personas e institutos científicos pontificios; denigra el espíritu de los estudios bíblicos científicos; “espíritu maldito de orgullo, de presunción, de superficialidad, paliada con investigación ceñuda y con hipócrita escrupulosidad de la letra” (p. 40); desprecia la erudición, el estudio de las lenguas orientales y de las otras ciencias auxiliares, y se desliza en graves errores acerca de los principios fundamentales de la hermenéutica católica conformes con la noción teológica de la inspiración bíblica, desconociendo la doctrina de los sentimientos de las Sagradas Escrituras y tratando con suma ligereza el sentido literal y su cuidadosa investigación; por último, como si ignorase la historia de los textos originales y de las versiones antiguas, así como la naturaleza y la importancia de la crítica textual, propugna una falsa teoría sobre la autenticidad de la Vulgata.
     Puesto que estaría fuera de lugar y sería poco reverente para los pastores y maestros de la Iglesia volver sobre las nociones primordiales de la inspiración y hermenéutica bíblica, baste poner frente a las pretensiones del anónimo alguna de las más recientes disposiciones de la Santa Sede sobre el estudio científico de la Sagrada Escritura, desde León XIII hasta hoy.
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     1. Del sentido literal.—El anónimo, aunque asegure por forma que el sentido literal es la “base de la interpretación bíblica” (p.6), de hecho preconiza una exegesis absolutamente subjetiva y alegórica, según la inspiración personal, o mejor, según la fantasía más o menos viva y fecunda de cada uno. Ahora bien, si es proposición de fe que debe tenerse por principio fundamental que la Sagrada Escritura contiene, además del sentido literal, un sentido espiritual o típico, como nos ha sido enseñado por la practica de Nuestro Señor y de los apóstoles, sin embargo, no toda sentencia o narración contiene un sentido típico, y fue un exceso grave de la escuela alejandrina el querer encontrar por doquiera un sentido simbólico, aun con daño del sentido literal e histórico. El sentido espiritual o típico, además de fundarse sobre el sentido literal, debe probarse, ya por el uso de Nuestro Señor, de los apóstoles o de los escritores inspirados; ya por el uso tradicional de los Santos Padres y de la Iglesia, especialmente en la sagrada liturgia, puesto que “lex orandi, lex credendi”. Una aplicación más amplia de los textos sagrados podrá, sin duda, justificarse con el fin de la edificación en homilías y en obras ascéticas; mas el sentido resultante aun de las acomodaciones más felices, cuando no esté comprobado, como se ha dicho arriba, no puede llamarse verdaderamente y estrictamente sentido de la Biblia ni puede decirse que fue inspirado por Dios al hagiógrafo.
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     En cambio, el anónimo, que no hace ninguna de estas  distinciones elementales, quiere imponer las elucubraciones de su fantasía como sentido de la Biblia, como “verdaderas comuniones espirituales de la sabiduría del Señor” (p. 45), y, desconociendo la capital importancia del sentido literal, calumnia a los exegetas católicos de considerar “sólo el sentido literal” y considerarlo “de modo humano, tomándolo sólo materialmente, por aquello que suenan las palabras” (p. ll); más aún, de estar “obsesionados por el sentido literal de la Escritura” (p. 46). El rechaza de este modo la regla de oro de los doctores de la Iglesia, tan claramente formulada por el Aquinatense: “Todos los sentidos se fundan sobre uno, a saber, el literal, del cual solamente puede argumentarse” (1 q.l a.10 ad 1); regla que los Sumos Pontífices sancionaron y consagraron cuando prescribieron que, ante todo, se busque con sumo cuidado el sentido literal.
     Así, por ejemplo, León XIII en la encíclica Providentissimus Deus: “Por tanto, con el estudio de ponderar qué valor tengan las palabras mismas, qué signifique la ilación de las cosas, qué la semejanza de lugares y demás por el estilo, asociase también la luz de una adecuada erudición” (Ench. Bibl., n.92); y más adelante: “Sujétese religiosamente (el exegeta) a aquella regla sabiamente propuesta por Agustín, a saber, no hay que apartarse lo más mínimo del sentido literal y, por así decirlo, obvio, a no ser en tanto en cuanto o la razón prohíba el retenerlo o la necesidad obligue a abandonarlo” (Ench. Bibí., n.97,). Así habla también Benedicto XV en la encíclica Spiritus Paraclitus: “Consideremos con la mayor diligencia las palabras mismas de la Escritura, para que conste con certidumbre qué dijo el escritor sagrado” (Ench. Bibl., n. 498); donde, ilustrando el ejemplo y los principios exegéticos del “Doctor Máximo en la exposición de las Sagradas Escrituras”, San Jerónimo, el cual, “colocado a buen seguro el significado literal e histórico, investiga los sentidos interiores y más profundos para apacentar el espíritu con manjar más exquisito” (Ench. Bibl., n. 499); recomienda que los exegetas "modestamente y moderadamente asciendan del sentido literal a más altas consideraciones” (Ench. Bibl., n. 499). Finalmente, ambos Sumos Pontífices, León XIII y Benedicto XV, insisten, con las palabras mismas de San Jerónimo, sobre el deber del exegeta: “Oficio del comentarista es exponer, no lo que él quiere, sino lo que siente aquel a quien interpreta” (Ench. Bibl., n. 91 y 500).
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     2. Del uso de la Vulgata.—Más palpable es todavía el error del anónimo acerca del sentido y de la extensión del decreto Tridentino sobre el uso de la Vulgata latina. El concilio Tridentino, contra la confusión ocasionada por las nuevas traducciones latinas y en lengua vulgar entonces divulgadas, quiso sancionar el uso público, en la Iglesia occidental, de la versión latina común justificándolo con el uso secular que de ella venía haciendo la Iglesia misma; pero por nada pensó en disminuir la autoridad de las versiones antiguas usadas en las Iglesias orientales, señaladamente la de los LXX, empleada por los mismos apóstoles, y menos todavía la autoridad de los textos originales, y resistió a una parte de los Padres, que querían el uso exclusivo de la Vulgata como única autoridad. Ahora bien, el anónimo sentencia que, en virtud del decreto Tridentino, se posee en la versión latina un texto declarado superior a todos los demás; reprocha a los exegetas querer interpretar la Vulgata con la ayuda de los originales y de las otras versiones antiguas. Para él el decreto da la “certeza del sagrado texto”; así que la Iglesia no tiene necesidad de “buscar aún la auténtica palabra de Dios” (p.7), y esto no solamente “in rebus fidei et morum”, sino en todos los aspectos (incluso literarios, geográficos, cronológicos, etc.). La Iglesia con aquel decreto nos ha dado “el texto auténtico y oficial, del cual no es lícito apartarse" (p. 6); y hacer la crítica textual es “mutilar la Sagrada Escritura” (p. 8), es un “sustituirse con presunción a su autoridad (de la Iglesia), la cual sola puede presentarnos un texto auténtico, y sola nos lo presenta de hecho con el citado decreto del concilio de Trento” (p. 28). Toda operación crítica sobre el texto bíblico, cual viene presentado en la Vulgata, es “el libre examen, mejor el desatinado examen personal, sustituido a la autoridad de la Iglesia” (p. 9).
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     Pues bien, tal pretensión no es solamente contra el sentido común, el cual no aceptará jamás que una versión pueda ser superior al texto original, sino que va también contra la mente de los Padres del concilio, cual aparece en las actas; es más, el concilio se dio cuenta de la necesidad de una revisión y corrección de la misma Vulgata, cuya ejecución encomendó a los Sumos Pontífices, los cuales la hicieron, como hicieron, según la mente de los más autorizados colaboradores del concilio mismo, una edición corregida de los LXX (bajo Sixto V) y después la del Antiguo Testamento griego, encargando de ello a comisiones a propósito. Y es abiertamente contra el precepto de la encíclica Providentissimvs: “Sin embargo, no habrán de dejarse de tener en cuenta las antiguas versiones, que la antigüedad cristiana alabó y empleó, principalmente los códices primitivos” (Ench. Bibl., n.91).
     En suma, el concilio Tridentino declaró “auténtica” la Vulgata en sentido jurídico, esto es, en cuanto se refiere a la “fuerza probativa en cosas de fe y moral”, mas sin excluir de ningún modo posibles divergencias del texto original y de las antiguas versiones, como todo buen libro de Introducción bíblica expone claramente, según las actas del concilio mismo.
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     3. De la critica textual.—Con la idea arriba expuesta del valor, casi único, de la Vulgata. y mínimo o casi nulo de los textos originales y de las otras versiones antiguas, no causa maravilla que el anónimo niegue la necesidad y la utilidad de la crítica textual, no obstante que los recientes descubrimientos de textos preciosísimos hayan confirmado lo contrario. Puesto que “es la Iglesia la que nos presenta y garantiza el texto sagrado” (p. 10), hacer critica textual es “tratar el Libro divino como un libro humano" (p. 23), y el único uso que puede hacerse del texto original y de las antiguas versiones es el de consultarlos “en alguna dificultad que haya que iluminar” (p. 6); el texto griego no puede “hacer fe” contra otro texto y “contra el mismo texto oficial de la Iglesia” (p. 8), y “no pueden de ningún modo echar fuera... del texto, no sólo de la iglesia (= Vulgata), sino del original, líneas enteras o versículos enteros” (p.7); por tanto, ni cuando, ciertamente ausentes de la primitiva tradición del texto, penetraron más tarde en él; tentar de establecer el sagrado texto con medios críticos es un “descuartizar” la Biblia (p. 9). De ahí las numerosas páginas del opúsculo llenas de invectivas contra el “criticismo científico”, “naturalismo”, “modernismo”.
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     Que la ciencia bíblica católica, desde los tiempos de Orígenes y de San Jerónimo hasta la “Comisión para la revisión y enmienda de la Vulgata”, instituida precisamente por el Papa de la encíclica Pascendi, se haya fatigado para establecer la forma más pura posible del texto original y de las versiones, comprendida (por no decir sobre todo) la Vulgata; que León XIII recomiende encarecidamente: “Que los nuestros cultiven, con nuestra vehemente aprobación, la disciplina del arte crítica, como útilísima para percibir plenamente la sentencia de los hagiógrafos. Estos mismos, no nos oponemos a ello, perfeccionen esta misma facultad con la ayuda de los heterodoxos” (letras apost. Vigilantiae. Enchi. Bibl., n. 135); que la Pontificia Comisión Bíblica haya respondido que, en el Pentateuco (y, “servatis servandis”, también en los otros libros: cf. el decreto De Psalmis: Ench. Bibl., n. 345) se pueda admitir “que en un tan largo decurso de siglos se hayan introducido algunas... modificaciones, como aditamentos después de la muerte de Moisés, o añadidos por autor inspirado, o glosas y explicaciones intercaladas en el texto; ciertos vocablos y formas del lenguaje anticuado traducidos a la lengua más reciente; lecciones, finalmente, erróneas debidas a defecto de los amanuenses; de todo lo cual sea lícito disputar y juzgar según las normas del arte crítica” (decr. De Mosaica authentia Pentateuchi, 27 junio 1906: Ench Bibl., n. 177); que el Santo Oficio haya permitido y permita a los exegetas católicos discutir la cuestión del Comma Ioanneum y, "pesados cuidadosamente los argumentos que hay por una y otra parte, con aquella moderación y temperancia que la gravedad del caso requiere, inclinarse a la sentencia contraria a la genuinidad” (declaración del Santo Oficio, 2 junio 1927: Ench.. Bibl., n.121); todo esto olvida o disimula el autor del opúsculo para tachar de error la obra de los exegetas católicos, los cuales, fieles a la tradición católica y a las normas inculcadas por la suprema autoridad eclesiástica, prueban, con el hecho mismo de sus serios y penosos trabajos de crítica textual, en cuánta veneración tengan el texto sagrado.
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     4. Del estudio de las lenguas orientales y de las ciencias auxiliares. Mueven a compasión y, al mismo tiempo, indignan la ligereza y arrogancia increíble con que el autor del anónimo habla de esta materia. “El hebreo, el siríaco, el arameo”, serían solamente materia de orgullo de los "científicos” (p. 4), "ostentación de erudición” (p. 14); “el orientalismo se ha convertido en un verdadero fetichismo”, y “la sabiduría orientalista es con harta frecuencia muy discutible” (p. 46). Tanta ligereza, cuya consecuencia natural es enajenar los espíritus del duro estudio y fomentar la ligereza y desenvoltura en el trato de los libros divinos, con el resultado inevitable de disminuir la reverencia suma y la sumisión total a ellos y el saludable temor de hacer un uso menos conveniente, está en pleno contraste con la tradición de la Iglesia, la cual, desde los tiempos de San Jerónimo hasta los nuestros, ha favorecido el estudio de las lenguas orientales, sabiendo que “es necesario a los maestros de la Sagrada Escritura... tener conocimiento de aquellas lenguas en las cuales los libros canónicos fueron primitivamente redactados por los hagiógrafos” (León XII, encíclica Providentissimus Deus: Ench. Bibl., n. 103), y ha recomendado “que en todas las Academias... haya cátedras también de las otras lenguas antiguas, principalmente semíticas, y de la congruente erudición en ellas” (ibid.), y exhorta a procurar “que no se estime menos entre nosotros que entre los extraños la ciencia de las lenguas orientales” (León XIII, letras apost. Vigilantiae: Ench. Bibl., número 133). El anónimo olvida que el estudio de las lenguas bíblicas, del griego y del hebreo, recomendado por León XIII a las Academias teológicas, se ha hecho obligatorio en las mismas por Pío X (Ench. Bibl., n. 171) y que tal ley es llevada a la constitución Deus scientiarum Dominus (a. 33-34; Ordinationes, a. 27, I).
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     Naturalmente, el estudio de las lenguas orientales y de las ciencias auxiliares no es, para los exegetas, fin en sí mismo, sino ordenado a la inteligencia y exposición precisa y clara de la palabra divina, a fin de que se nutra lo más posible la vida espiritual. En tal sentido, y no por una mezquina pedantería ni por una mal velada desconfianza contra la inteligencia espiritual, se recomienda e inculca la averiguación del sentido literal con los subsidios de la filología y de la crítica, y se desaprobaría a quien se valiese de los mismos con exceso y exclusivamente, mucho más si abusivamente, como si no fuese divino el libro. Pero al propio tiempo no se puede permitir que, con el pretexto del abuso, se intente hacer sospechoso y quitar el uso de los verdaderos principios exegéticos: “El abuso no quita el uso”.
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     El autor ha añadido al opúsculo cuatro páginas con el título “Confirmación sacada de la encíclica Pascendi, como para poner su desventurada empresa bajo el patronato del santo Pontífice Pío X. Expediente desgraciado, porque, si la enseñanza de la Sagrada Escritura recibió de León XIII en la encíclica Providentissimus Deus la magna charta que reclamaba la atención de la Iglesia entera sobre el importantísimo tema, fue Pío X quien dio, por iniciativa propia y personal, la ordenación definitiva a aquella enseñanza, especialmente en Roma y en Italia, habiendo él mismo observado de cerca, en su experiencia de obispo, las deficiencias de la enseñanza bíblica y los efectos desastrosos quede ella se derivaban.
     Comenzó, en efecto, por instituir, ya a los pocos meses de su elección, el 23 de febrero de 1904, los grados de licenciado y doctorado en Sagrada Escritura, sabiendo bien que la creación de títulos especiales era medio eficaz para obtener que algunos estudiosos se dedicasen de un modo especial a su estudio. No pudiendo luego, por falta de medios, fundar inmediatamente el Instituto de los altos estudios bíblicos, en el cual pensaba. Pío X estimuló en 1906 la enseñanza de la Sagrada Escritura en el Pontificio Seminario Romano, aprobó en los años 1908 y 1909 la creación de una enseñanza superior de Sagrada Escritura en la Gregoriana y en el Angélico, y, finalmente, creaba en el mismo año de 1909 el Pontificio Instituto Bíblico, cuya obra no ha cesado de desarrollarse cabe la mirada de los Sumos Pontífices con una continuidad de directivas tan evidente que no necesita demostración. Cuánto haya hecho el Instituto Bíblico para promover el progreso del estudio de la Sagrada Escritura, especialmente en Italia, lo demuestran el número de los alumnos y oyentes de nacionalidad italiana y el de los inscritos en las semanas bíblicas, convocadas cada año con frecuencia y fruto crecientes. Fue Pío X quien fijó también las directivas del estudio de la Sagrada Escritura en los seminarios, cuando publicó las letras apostólicas Quoniam in re bíblica, del 27 de marzo de 1906 (Ench n.155-173), y proveyó a su aplicación en los seminarios de Italia con el programa especial de la Sagrada Congregación de Obispos y Regulares en fecha del 10 de mayo de 1907.
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     No es menester insistir más: sea lo que sea del autor de lo expuesto y de sus intenciones, el estudio de la Sagrada Escritura debe continuar, también en los seminarios de Italia, según las directivas dadas por los últimos Sumos Pontífices, porque hoy, no menos que ayer, importa que los sacerdotes y ministros de la palabra de Dios estén bien preparados y sean capaces de dar respuestas satisfactorias, no solamente sobre las cuestiones del dogma y de la moral católica, sino también a las dificultades propuestas contra la verdad histórica y la doctrina religiosa de la Biblia, particularmente del Antiguo Testamento. Por eso place terminar con las mismas palabras con que Benedicto XIII, de santa memoria, cerraba la encíclica Spiritus Paraclitus: “Procurad cuidadosamente, venerables hermanos, que los documentos del exegeta santísimo (San Jerónimo) arraiguen profundamente en el ánimo de vuestros clérigos y sacerdotes; pues a vosotros en primer lugar corresponde procurar diligentemente hacerles considerar lo que de ellos exige la dignidad divina, con la cual han sido engrandecidos, si no quieren mostrarse indignos de ella: “Porque en los labios del sacerdote ha de estar el depósito de la ciencia; de su boca se ha de aprender la ley, puesto que él es el ángel del Señor de los ejércitos” (Mal. II, 7). Sepan, pues, que ni les es lícito ser negligentes en el estudio de las Escrituras ni lo pueden emprender por otro camino que por el señalado expresamente por León XIII en las letras encíclicas Providentissimus Deus (Ench. Bibl., n. 494).
     El Santo Padre, al cual ha sido sometida toda la cuestión en la audiencia concedida por Su Santidad el 16 de agosto de 1941 al Rvdmo. Secretario de la Comisión Pontificia para los Estudios Bíblicos, se ha dignado aprobar las deliberaciones de los eminentísimos componentes de la Comisión y ordenar la expedición de la presente carta.
     Cumpliendo, pues, el encargo que me ha sido confiado, ruego a V. E. Rvdma. acepte los sentimientos de mi afecto, mientras me repito de V. E. Rvdma. devotísimo servidor.- E. Card. Tisserant, presidente; Fr. J. M. Vosté, O. P., secretario.

(Del discurso a la Pontificia Academia de Ciencias sobre el origen del hombre, 30 de noviembre de 1941)

     Incidentalmente toca el Pontífice, en estas palabras que transcribimos, la cuestión del origen del hombre según el Génesis.
     Repitiendo la enseñanza dogmática de la espiritualidad del alma humana y de su inmediata creación por Dios, reconoce a las ciencias profanas —paleontología, biología y morfología— su peculiar competencia para estudiar, iluminadas y guiadas por la revelación, el problema del origen del cuerpo humano, si bien hasta el momento sus conclusiones no han llegado a establecer nada cierto y seguro sobre el particular.
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     El día en que Dios plasmó al hombre y coronó su frente con la diadema de su imagen y semejanza, constituyéndolo en rey de todos los animales vivientes, del mar, del cielo y de la tierra (Gen. I, 26), aquel día el Señor, Dios de toda sabiduría, se hizo su Maestro... Solamente del hombre podía venir otro hombre que le llamase padre y progenitor; y la ayuda dada por Dios al primer hombre viene también de él y es carne de su carne, formada como compañera, que tiene nombre del hombre porque de él ha sido sacada (Gen. II, 23). En lo alto de la escala de los vivientes, el hombre, dotado de un alma espiritual, fue colocado por Dios como príncipe y soberano del reino animal. Las múltiples investigaciones, tanto de la paleontología como de la biología y de la morfología, acerca de otros problemas referentes a los orígenes del hombre, no han aportado hasta ahora nada que sea positivamente claro y cierto. No queda, pues, sino dejar al futuro la respuesta a la cuestión de si un día la ciencia, iluminada y guiada por la revelación, podrá dar resultados seguros y definitivos sobre argumento tan importante...
     La verdadera ciencia no rebaja ni humilla al hombre en su origen, sino que lo eleva y exalta, porque ve, encuentra y admira en cada uno de los miembros de la gran familia humana la huella más o menos grande en ella estampada por la imagen y semejanza divinas.

Respuesta de la Pontificia Comisión Bíblica sobre los ejercicios para la licenciatura en Sagrada Escritura, 6 de julio de 1942

     Las pruebas para el licenciado en Sagrada Escritura, según las normas establecidas por la Pontificia Comisión Bíblica en 1911, comprenden tres ejercicios escritos de exegesis, historia bíblica y de introducción, y varios ejercicios orales de hebreo, griego, historia bíblica, introducción especial y general. A la pregunta de si dichos ejercicios se pueden hacer por separado, la Pontificia Comisión responde que se pueden hacer de una vez los ejercicios orales de hebreo, griego e introducción especial, aprobados los cuales se puede conferir el bachillerato. Los restantes ejercicios constituyen propiamente la prueba del licenciado.
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     Habiendo sido preguntado si es lícito, en los exámenes para la licencia que se celebran ante la Pontificia Comisión Bíblica, separar los diversos ejercicios, tanto orales como escritos, que, según los estatutos, suelen hacerse en la misma sesión, de tal manera que medie un gran intervalo entre ellos, la Pontificia Comisión Bíblica ha respondido:
     Afirmativamente; aunque de tal modo que se hagan primero y oralmente los exámenes de lenguas hebreas y griega, junto con la introducción especial (Enchiridium Biblicum, números 355 356 358). Superados felizmente estos ejercicios, el candidato será declarado bachiller.
     Y superados los demás ejercicios del programa (ibid., números 352 353 354 357 y 359), se le concederá el grado de licenciado.
     Su Santidad el Papa Pío XII, en la audiencia benignamente concedida al infrascrito consultor secretario el día 6 de julio de 1942, ratificó esta respuesta y la mandó publicar.
     Roma, a 6 de julio de 1942.—Santiago M. Vosté, O. P., consultor secretario.

Respuesta de la Pontificia Comisión Bíblica sobre las versiones de la Sagrada Escritura en lengua vulgar, 22 de agosto de 1943

     Algunos habían exagerado, sin duda, el alcance de la respuesta de la Comisión de 30 de abril de 1934, en la que sólo se permitía leer públicamente el evangelio o epístola de la misa en lengua vulgar a base de una versión hecha sobre la Vulgata.
     Esta nueva respuesta aclara el sentido de la anterior.
     1°. No sólo no se prohíbe el uso extralitúrgico de otras versiones hechas sobre los textos originales, sino que se reconoce su utilidad con tal que se hagan bajo la vigilancia de la competente autoridad eclesiástica, y se ve con gusto que la jerarquía de un determinado país recomiende especialmente alguna de estas versiones.
     2°. Se mantiene la conveniencia de leer públicamente en las iglesias el evangelio o la epístola de la misa según alguna versión hecha sobre la Vulgata, que es el texto litúrgico; pero se permite ilustrar dicha versión con el recurso a los textos originales o a otra versión más clara.
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     La Pontificia Comisión Bíblica, para resolver la cuestión que le ha sido propuesta acerca del uso y autoridad de las versiones bíblicas en lengua vulgar, principalmente de las hechas sobre los textos primitivos, y para declarar más su decreto Del uso de las versiones de la Sagrada Escritura en los templos, dado el día 30 de abril de 1934, ha juzgado oportuno dar y recomendar las siguientes normas:
     Puesto que por León XIII, de feliz memoria, Pontífice Máximo, en la carta encíclica Providentissimus Deus (Acta Leonis XIII, vol. 13 p. 342: Enchiridion Biblicum, n. 91) fue recomendado que se empleen los textos primitivos de los libros santos para el conocimiento más profundo y la declaración más perfecta de la divina palabra; y hecha aquella recomendación no ciertamente para sola comodidad de exegetas y teólogos, ha parecido sobremanera conveniente que aquéllos mismos textos sean traducidos, desde luego bajo la cuidadosa vigilancia de la competente autoridad eclesiástica, a las lenguas comúnmente conocidas o vulgares, según las leyes comprobadas de la ciencia sagrada y aun profana; y pues, entre las versiones latinas que entonces circulaban, el concilio Tridentino declaró la Vulgata edición como la única y sola auténtica (Conc. Trid. ses.IV, decr. De editione et usu Ss. Librorum: Ench. Bibl., n. 46), de la cual se han tomado casi siempre las perícopes bíblicas que deben leerse públicamente en los libros litúrgicos de la Iglesia latina para el sacrosanto sacrificio de la misa y para el oficio divino;
     “servatis servandis”:
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     1.° Las versiones de la Sagrada Escritura en lengua vulgar, sea de la Vulgata, sea de los textos primitivas, con tal que sean editadas con licencia de la competente autoridad eclesiástica en conformidad con el canon 1391, pueden legítimamente ser usadas y leídas por los fieles para su piedad privada; y, además, si alguna versión, tras diligente examen, tanto del texto como de las anotaciones, llevado a cabo por varones competentes en las ciencias bíblica y teológica, ha sido hallada más fiel y apta, los obispos, cada uno de por sí o congregados en conferencias provinciales o nacionales, pueden, si les place, recomendarla de un modo especial a los fieles confiados a su cuidado.
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     2.° La traducción que de las perícopes bíblicas suelen  leer los sacerdotes al pueblo en lengua vulgar, según costumbre u oportunidad, después de leído el mismo texto litúrgico durante la celebración de la santa misa, debe ser conforme al texto latino, o sea litúrgico, según la respuesta de la Pontificia Comisión Bíblica (AAS [1934 ] p. 315), permaneciendo integra la facultad de ilustrar aptamente aquella misma aquella misma versión, si es necesario, con el auxilio del texto original o de otra versión mas clara.
     La cual respuesta nuestro Santísimo Padre Pío Papa XII, en la audiencia benignamente concedida el dia 22 de agosto del año 1943 al infrascrito reverendisimo consultor secretario, confirmó y mandó publicar.
     Roma, 22 agosto del año 1943.- Santiago M. Vosté, consultor secretario.
DOCUMENTOS PONTIFICIOS I
Documentos Bíblicos
B.A.C.

miércoles, 28 de enero de 2015

DOCUMENTOS PONTIFICIOS BÍBLICOS, PIO XI

PIO XI (1922-1939)
Carta «Decessor noster»
Carta «Iam pluribus ab annis»
De la epístola «Suprema Sacra Congregatio»
Motu proprio «Bibliorum scientiam»
Aclaración de la Pontificia Comisión Bíblica sobre el doctorado en teología
Motu proprio «Inde ab initio»
constitución apostólica «Deus scientiarum Dominus»
Constitución apostólica «Inter praecipuas»
Motu proprio «Monasterium Sancti Hieronymi»
Decreto de la Pontificia Comisión Bíblica sobre la obra de Federico Schmidtke «Die Einwanderung Israels in Kanaan»

     Carta «Decessor noster», al R. P. Vladimiro Ledochowski, prepósito general de la Compañía de Jesús, uniendo el Pontificio Instituto Oriental con el Pontificio Instituto Bíblico, 14 de septiembre de 1922
     Su Santidad Pío XI encomienda a la Compañía de Jesús el Pontificio Instituto Oriental, que había fundado en Roma su predecesor Benedicto XV, y lo une en un mismo edificio con el Pontificio Instituto Bíblico.
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     Querido hijo: Salud y bendición apostólica.
     Nuestro predecesor, de feliz memoria, Benedicto XV, como tú bien sabes, fundó en Roma un Instituto Pontificio para las cosas de Oriente, no sólo para que los sacerdotes latinos pudieran adquirir en estos estudios una formación conveniente y completa, sino también para que los orientales tuvieran como un propio domicilio de estudios superiores donde instruirse en las cuestiones que más de cerca atañen a la Iglesia oriental y poder seguir un curso ordinario en dichas materias. Plácenos aquí expresar los debidos elogios tanto a nuestro querido hijo el cardenal Nicolao Marini como al abad Ildefonso Schuster, O. S. B., beneméritos ambos de esta obra. Las dificultades de los tiempos obligaron en un principio a poner la sede del Instituto en el “Ospizio dei Convertendi”, edificio que, situado cerca del Vaticano, distaba demasiado de los distintos colegios de la ciudad y resultó poco apto para el fin que se perseguía. Viendo esto, ya el augusto fundador pensaba en trasladar el Instituto a otro lugar. Deseamos, pues, que sea llevado cuanto antes a efecto este propósito de nuestro predecesor, y, considerando que el Instituo Oriental y el Bíblico pueden muy bien ayudarse y completarse mutuamente, tanto más cuanto que algunas disciplinas les son comunes, queremos y decretamos que la sede de aquél sea trasladada a éste, que, afortunadamente, posee una casa muy a propósito en el centro de la ciudad; de tal manera, sin embargo, que ambos Institutos permanezcan distintos según sus propios fines. Deseamos, además, una ordenación tal de los estudios en este nuestro Ateneo, que todos los estudiosos de cualquier región tengan oportunidad de conocer profundamente las disciplinas que se relacionan con el Oriente.
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     Y así, para realizar este propósito, por estas letras te elegimos, querido hijo, y te encomendamos el Instituto Oriental, de igual manera que nuestro predecesor Pío X, de feliz memoria, confió a los cuidados de la Compañía de Jesús el Instituto Bíblico. Habida cuenta de la devoción de vuestra familia religiosa hacia la Sede Apostólica, estamos seguro de que habéis de responder generosamente a nuestro deseo, y que lo habéis de realizar cuidadosamente, como acostumbráis. Cierto que este nuestro mandato os impone una nueva y pesada carga; pero confiamos plenamente que no han de faltar nunca los tesoros de la ciencia y de la fortaleza del Sacratísimo Corazón de Jesús a esos buenos religiosos que, como fuertes remeros a las órdenes del supremo piloto de la Iglesia y para la mayor gloria de Dios, aplican alegres el hombro al ímprobo peso.
     En prenda de los dones celestiales y como testimonio de nuestra paternal benevolencia, impartimos de todo corazón la bendición apostólica a ti, querido hijo; a los profesores y alumnos y a todos los que de uno u otro modo favorecen a nuestro Instituto Bíblico y Oriental.
     Dado en Roma, junto a San Pedro, el 14 de septiembre del año 1922, primero de nuestro pontificado.

     Carta «Iam pluribus ab annis», de la Sagrada Congregación del Santo Oficio, dando razón al superior de los sulpicianos de la condenación del «Manuel biblique», 22 de diciembre de 1923
     El Santo Oficio condenó, por decreto de 12 de diciembre de 1923, las ediciones 12-15 del Nuevo Testamento y la 14 del Antiguo Testamento del Manuel biblique, publicado por Vigouroux et Bacuez y corregido últimamente por Brassac
     El superior general de los sulpicianos había pedido a la Santa Sede en 1920 que examinara la obra entera y advirtiera lo que en ella debía corregirse antes de proceder a la nueva edición. A esta petición, totalmente desacostumbrada, accedió Benedicto XV, encomendando la tarea al Santo Oficio, el cual contesta con la presente carta. En ella se señalan los motivos que justifican la anterior condenación e inhabilitan el libro para servir de manual en los seminarios.
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     Reverendísimo señor: Ya hace varios años que muchos  se venían quejando de la obra que se titula Manuel biblique ou Cours d’Ecriture Sainte á l’usage des séminaires, compuesta por Vigouroux y Bacuez, sacerdotes de la Sociedad de San Sulpicio, pero después profundamente revisado por Brassac, miembro de la misma Sociedad. La misma Santa Sede ya había prestado atención al asunto cuando V. R. el año 1920 pidió humildemente al Sumo Pontífice que se examinara en Roma la obra entera y que se indicaran todas las cosas que acaso en ella hubiera que corregir para hacerlo en la nueva edición. A esta petición, aunque completamente desacostumbrada, el Sumo Pontífice Benedicto XV, de feliz memoria, accedió benignamente y encargó a esta Suprema Congregación el examen de los volúmenes.
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     Del estudio hecho con la deliberación y diligencia suma  que la gravedad del asunto requería, ha resultado claro que la obra adolece de muchos y graves defectos, que la invaden e inficionan, hasta el extremo de hacer imposible toda corrección. Porque, dejando aparte otros muchos errores, Brassac sostiene tales cosas acerca de la inspiración e inerrancia de la Sagrada Escritura, especialmente en las cosas históricas, donde distingue entre la substancia de la narración y sus detalles, y mantiene algunos principios sobre la autenticidad y la verdad histórica de muchos libros inspirados, que evidentemente contradicen a los decretos dogmáticos de los sagrados concilios Tridentino y Vaticano y a los demás documentos del magisterio eclesiástico, v. gr., las encíclicas de León XIII y Pío X, los decretos del Santo Oficio y de la Pontificia Comisión Bíblica, así como a toda la tradición católica.
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     Por lo que se refiere especialmente a la inerrancia absoluta de la Sagrada Escritura, bastará recordar la doctrina de León XIII en la encíclica Providentissimus: De ninguna manera “se puede tolerar el método de aquellos... que piensan equivocadamente que, cuando se trata de la verdad de las sentencias, no es preciso buscar principalmente lo que ha dicho Dios, sino examinar más bien el motivo por el cual lo ha dicho. Porque todos e íntegros los libros que la Iglesia recibe como sagrados y canónicos, con todas sus partes, han sido escritos bajo la inspiración del Espíritu Santo; y está tan lejos de la divina inspiración la posibilidad de cualquier error, que ella por sí misma no sólo excluye todo error, sino que lo excluye y rechaza con la misma necesidad con que es necesario que Dios, Verdad Suma, no sea autor de ningún error. Esta es la antigua y constante creencia de la Iglesia, definida solemnemente por los concilios de Florencia y de Trento, confirmada por fin y más expresamente expuesta en el concilio Vaticano... Por lo cual nada importa que el Espíritu Santo se haya servido de hombres como de instrumentos para escribir, cual si a estos escritores inspirados, ya que no al autor principal, se les pudiera haber deslizado algún error. Porque El de tal manera los excitó y movió con su influjo sobrenatural para que escribieran, de tal manera los asistió mientras escribían, que ellos concibieron rectamente todo y sólo lo que El quería, y lo quisieron fielmente escribir y lo expresaron aptamente con verdad infalible; de otra manera El no sería el autor de toda la Sagrada Escritura... Síguese que quienes piensen que en los lugares auténticos de los libros sagrados puede haber algo de falso, o destruyen el concepto católico de la inspiración divina o hacen al mismo Dios autor del error”.
     La misma doctrina defendió contra los modernistas el Santo Oficio, condenando en el decreto Lamentabili la proposición 11: “La divina inspiración no se extiende a toda la Sagrada Escritura de manera que preserve de todo error a todas y cada una de sus partes”.
     Por último, en el decreto de la Pontificia Comisión Bíblica de 18 de junio de 1915 se dice que del dogma católico de la inspiración e inerrancia de la Sagrada Escritura se sigue que "todo lo que el hagiógrafo afirma, enuncia o insinúa deba ser tenido por afirmado, enunciado o insinuado por el Espíritu Santo”.