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martes, 1 de junio de 2010

El Divorcio

La Iglesia Católica prohibe el divorcio simplemente porque Jesucristo lo prohibió. He aquí como se expresa el Concilio de Trento en este punto: "Sí alguno dijere que el vínculo matrimonial puede ser disuelto por la herejía, o porque la cohabitación es molesta, o por la ausencia afectada de uno de los cónyuges, sea anatema" (Sesión XXIV, canon 5). La doctrina de Jesucristo sobre la indisolubilidad del matrimonio cristiano no puede ser más clara. A los fariseos que le preguntaron sobre la legalidad del divorcio, les respondió: "¿No habéis leído que Aquel que al principio crió el linaje humano, crió un solo hombre y una sola mujer? Por eso dejará el hombre a su padre y a su madre, para unirse con su mujer, y serán dos en una sola carne. Así que ya no son dos, sino una sola carne. Lo que Dios, pues, ha unido, no lo desuna el hombre". Y como los fariseos le objetasen que Moisés había permitido el divorcio, respondió el Señor: "A causa de la dureza de vuestro corazón, os permitió Moisés repudiar a vuestras mujeres; mas desde el principio no fue así". (San Mateo XIX, 4-8).
Esta doctrina puede verse repetida en los Evangelios de san Marcos y San Lucas. Jesucristo dice que los esposos que se casan de nuevo después de divorciados cometen adulterio; y que el que se case con la mujer repudiada, también comete adulterio. "Cualquiera que desechare a su mujer y tomare otra, comete adulterio contra ella. Y si la mujer se aparta de su marido y se casa con otro, es adúltera" (San Marcos X, 11-12). "Cualquiera que repudia a su mujer y se casa con otra, comete adulterio; y comételo también el que se casa con la repudiada por su marido" (San Lucas XVI, 18). San Pablo compara el matrimonio cristiano a la unión indisoluble que existe entre Cristo y su Iglesia (Efesios V, 24), y afirma categóricamente que el vínculo matrimonial no se disuelve más que con la muerte. "Así es que una mujer casada está ligada por la ley (del matrimonio) al marido mientras este vive; mas en muriendo su marido queda libre de la ley que la ligaba al marido. Por esta razón, será tenida por adúltera si viviendo su marido se junta con otro hombre; pero si el marido muere queda libre del vínculo, y puede casarse con otro sin ser adúltera". (Romanos VII, 2-3). "Pero a las personas casadas mando, no yo, sino el Señor, que la mujer no se separe del marido; que si se separa (por justa causa) no pase a otras nupcias, o bien reconcíliase con su marido" (I Corintios VII, 10-11). Como se ve, las palabras de Jesucristo, lo mismo que las de San Pablo, no pueden estar más claras. Si los casados se separan y se casan de nuevo con otro, son adúlteros; el que se case con la mujer repudiada vive en adulterio; si por algún motivo razonable se separan los casados, deben vivir solos o reconciliarse, y, finalmente, el vínculo conyugal no puede ser disuelto más que por la muerte de una de las partes.
La Iglesia permite a los esposos separarse y vivir apartados el uno del otro por razones graves (Trento, sesión XXIV, can. 8); pero no les permite a ninguno de los dos casarse con un tercero. La borrachera o el adulterio son motivo suficiente para pedir esa separación.
Traer a cuento la legislación civil, como si ella fuera una autoridad en esta materia, es impertinente. No lo decimos nosotros, lo dijo San Juan Crisóstomo hace más de mil años. "No me citéis, decía el Santo, la ley civil hecha por extraños, que manda que se extienda un libelo y que se conceda el divorcio. No os va a juzgar el Señor el último día estas leyes, sino según las leyes que El mismo nos dio" (De Lib Rep). La Iglesia no niega al Estado el derecho que este tiene de legislar sobre los efectos civiles del matrimonio. Así, el Estado puede con todo derecho fijar la dote, el derecho de sucesión, la inscripción de los registros, etc. Lo que la Iglesia reclama para sí, por encima de todo, es el derecho único y exclusivo que tiene que declarar cuándo un matrimonio es válido y cuándo no lo es.

Algunos dicen ¿no es cierto que Jesucristo permitió el divorcio en casado de adulterio.? (San Mateo V, 32; XIX, 9). No, Jesucristo no admitió excepción alguna. El primer pasaje aducido dice así: "Pero Yo os digo que todo aquel que despida a su mujer, a no ser caso de fornicación, la hace cometer adulterio, y el que tome a esta mujer despedida es adúltero" .
Los judíos estaban en la persuasión de que por la ley de Moisés, las obligaciones del esposo para con la esposa cesaban por completo tan pronto como aquél daba a esta libelo de divorcio. El esposo, según ellos, quedaba entonces libre para casarse de nuevo con otra. Jesucristo les dice: "No, las obligaciones del esposo para con la esposa no quedan terminadas por el mero hecho de haber obtenido el divorcio. Es el responsable del adulterio que ella puede cometer, si la despide por otra causa distinta de la fornicación". Nótese que en este caso la mujer no es adúltera antes de ser despedida; de lo contrario, la frase, "la hace cometer adulterio" carece por completo de sentido. Y para que nadie se llamase a engaño creyendo que con el divorcio quedaba disuelto el vínculo conyugal, agregó Jesús: "Y el que tome a esta mujer despedida es adúltero". El segundo pasaje mencionado en la pregunta dice así: "Pero Yo os digo que cualquiera que despidiere a su mujer, si no es en caso de fornicación, y se casare con otra, es adúltero, y el que se casare con la mujer despedida es adúltero". En este pasaje, Jesucristo no permite un segundo matrimonio en caso de que uno de los esposos cometa adulterio. Lo que quiso el Señor declarar con estas palabras es que si uno comete adulterio, el otro tiene derecho a pedir la separación. La razón de esta interpretación es obvia. Acababa el Señor de restaurar el matrimonio a su perfección primitiva, diciendo: "Lo que Dios ha unido, no lo desuna el hombre". Si, pues, ahora hubiese permitido el divorcio y un segundo matrimonio, se habría contradicho a Sí mismo. Es norma elemental en la interpretación de la Biblia comparar un pasaje dudoso con otros paralelos más claros y precisos. Ahora bien: el que dude de la ilicitud del divorcio por este pasaje, que lea y examine los textos siguientes: San Marcos X, 11-12; San Lucas XVI, 18; I Corintios VII, 39.Por aquí verá que el divorcio no tiene soporte alguno en los textos bíblicos. Dígase lo mismo de los Santos Padres y escritores de los primeros siglos, que convinieron en afirmar que el adulterio no era motivo para pedir el divorcio. "Si la esposa es adúltera, escribía Hermas en el siglo II, el esposo puede despedirla, pero no le es lícito juntarse con otra. Si se casare con otra, comete adulterio" (Mand 4, 4). San Justino, mártir (165): "El que se case con la mujer que ha despedido el esposo comete adulterio" (Apol. i, 15). San Clemente de Alejandría (150-216): "La Biblia declara que el cónyuge que se casa con un tercero mientras vive el otro cónyuge, comete adulterio". (Strom 2, 23). San Jerónimo (340-420): "Mientras viva el esposo, aunque sea un adúltero... y por sus crímenes se vea abandonado de la esposa, los dos son verdaderos esposos; por tanto, ella no debe casarse con otro... Ya sea ella la que se separa, ya sea el esposo el que la despide, cualquiera que se case con ella es adúltero" (Epíst 55). Finalmente, el gran San Agustín (354-430) escribió un tratado De conjugis adulterinis contra Polencio, que defendía que el adulterio justificaba el divorcio. El santo le responde: "De ninguna manera". Y cita en su apoyo los textos (San Marcos X, 11-12; San Lucas XVI, 18).

Y vuelven a preguntar ¿no es verdad que San Pablo permite divorciarse? (I Corintios VII, 12-15). San Pablo en este pasaje se no refiere al matrimonio cristiano, sino al pagano, que es un matrimonio puramente natural. Dice, pues, el Apóstol que si dos esposos no están bautizados, y uno de ellos se convierte y se bautiza, y el otro rehusa vivir en paz con la parte bautizada, el matrimonio puede disolverse. He aquí las palabras de san Pablo: "Si algún hermano tiene por mujer a una infiel, y esta consiente en habitar con él, no la repudie. Y si alguna mujer fiel (cristiana) tiene por marido a un infiel, y este consiente en habitar con ella, no abandone a sus marido... Pero si el infiel se separa, sepárense en hora buena; porque en tal caso, ni nuestro hermano ni nuestra hermana deben sujetarse a servidumbre. Pues Dios nos ha llamado a un estado de paz y tranquilidad. Esto es lo que el Derecho canónico llama privilegio paulino. Antes de poder hacer uso de este privilegio, la parte convertida tiene que averiguar: 1º, si la parte no bautizada está dispuesta a recibir el bautismo, pues en caso afirmativo el matrimonio queda intacto; , si está dispuesta a vivir pacíficamente con ella sin "blasfemar de Creador", es decir, sin intentar pervertir a la parte bautizada y sin tentarla para que cometa pecado mortal. Si después de estas interpelaciones la respuesta de la parte no bautizada es negativa, el matrimonio queda por el mero hecho disuelto en virtud del privilegio paulino, y se pueden casar de nuevo con un tercero (cánones 1,120-1,127). Aunque el matrimonio natural es en sí indisoluble, puede ser disuelto por Dios, que permitió el divorcio en la Ley Antigua y que en la nueva permite el privilegio paulino.

La Iglesia jamás dispensa cuando se trata de una ley natural o divina; dispensa, sí, de las leyes que ella misma ha hecho. El Estado, por ejemplo, no vacila en declarar nulo e inválido un matrimonio que fue contraído válidamente. La Iglesia no hace eso. La Iglesia declara si los que viven como esposos lo son de verdad o no. Si no lo son, anula el matrimonio, que estrictamente no es matrimonio. La diferencia, como se ve, es inmensa. Se le podría comparar a la que existe entre romper un billete de mil pesos (divorcio de estado) y declarar que cierto billete de mil pesos es falso (anulación de la Iglesia). Las dispensas que concede la Iglesia son siempre razonables. Si existen estas razones, la Iglesia permite a uno que se case con su prima carnal, con su cuñada o con una que no esté bautizada; pero jamás ha concedido no concederá dispensa para que se case con otra mientras viva su mujer, o para que se case con su hermana, o con su hija, o con una que sea impotente.

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