Dr. Homero Johas
Introducción
Por
causa de la magnitud de la apostasía presente, profetizada por San Pablo (2
Tes. II, 1-11), muchos de los que se dicen católicos apartan del dogma de fe,
definido por el Concilio Vaticano I: "Se
alguien dice que no es instituido por Cristo Señor, o de Derecho divino, que
San Pedro tenga perpetuos Sucesores en el primado sobre toda la Iglesia, sea
anatema" (D.S. 3058). Esa perpetuidad es: "usque ad consummationem saeculi". Hasta el fin de los
"tiempos" (Mt. 28,20) (D.S.
3050).
Levantan
el juicio propio, y el libre examen personal sobre las Sagradas Escrituras y el
del Apocalipsis, contra el Magisterio dogmático de la Sede de Pedro. Y
concluyen: "no existirá más
papa"; "no existe el deber
de elegir un papa fiel, extinguiendo la vacancia"; "no tenemos por objetivo extinguir a
vacancia"; "el deber es permanecer acéfalo, sin Cabeza, ser inerte y
pasivo; solo rezar y no obrar".
La oposición entre el dogma de la fe
y tales sentencias es evidente. Contra las Sagradas Escrituras, la Tradición y
el Magisterio perpetuo de la Sede de Pedro, perene "hasta el fin de los tiempos", levantan las
circunstancias temporales, hechos materiales, el libre-examen de la
Revelación. Ocurre eso en Europa y en América. Un examen del Magisterio contra
ese libre-examen de la Revelación hecho por esas personas; la obediencia a la
autoridad divina y no a las opiniones humanas, nos parece necesario para
conocer el camino definido por la autoridad divina y el camino opuesto erguido
por las opiniones y voluntades humanas.
1. Es dogma de fe y no materia libre
de discusión
El
Concilio Vaticano I enseña en las palabras que la perpetuidad de los Sucesores
de Pedro es cosa de "Derecho
divino" "instituido
por el mismo Cristo".
Donde
a nadie es lícito oponer la propia opinión a la autoridad divina; no es "materia de libre discusión",
como aseveró un Arzobispo contra la Fe.
El
Concilio Vaticano I es bastante claro: "El
que Cristo Señor haya instituido a San Pedro (...) para la perpetua salud y
bien de la Iglesia, esto, según el mismo Autor, es necesario que dure perpetuamente
en la Iglesia que sobre esa piedra se fundamenta y que estará firme hasta el
fin de los siglos".
Luego,
antes del fin de los tiempos, debe existir y es necesario que perdure, perpetuamente,
la Cabeza visible de la Iglesia.
Aunque
se juzgue que el fin de los tiempos está próximo, él llegará en fecha
desconocida, y nadie puede levantarse contra la perpetuidad del deber de elegir
una cabeza visible de la Iglesia. El primado papal terminará cuando termine la
existencia de la Iglesia terrestre: cuando Cristo venga a juzgar a los vivos y
a los muertos.
La
"perpetua salud y bien de la
Iglesia" exige la perpetuidad de la Cabeza humana visible. Hasta
el fin. No antes. No por el libre examen individual de este o de aquel obispo,
sacerdote o lego. No por la magnitud de los hechos cuanto a la apostasía. Tal
disposición procede de la voluntad personal del mismo Cristo: "quiso Él que existiese, en su Iglesia,
pastores y doctores, hasta la consumación del siglo (esse voluit) (Mt.
28,20), (I). S. 3050).
Ninguno puede, hasta el fin de los
tiempos, ser oveja del rebaño de Cristo, y rechazar el Pastor visible
instituido en la Iglesia por Cristo. "La
libertad religiosa", el "libre
examen", son cosas de los heréticos, de los seguidores de Lutero.
Predicar la inexistencia del deber de obrar, con objetivo de extinguir la
vacancia da Sede de Pedro: predicar la acefalia de la Iglesia por Derecho
divino, o como cosa decurrente del no cumplimiento de ese deber; será cosa
opuesta al dogma de la fe divina y católica. Será herejía de enemigos
subversivos, no someterse al precepto divino. Será mudar el sentido del
dogma que debe ser conservado perpetuamente (D. S. 3020). Quien lo hace
está bajo anatema (D.S.3043).
2. La causa de la perpetuidad
El
Concilio Vaticano I decretó que: "Para
volver perene la obra salutífera de la Redención, el Pastor eterno decretó
edificar la Santa Iglesia". Y: "Para que el episcopado fuese uno e indivisible, y para que, por
medio de sacerdotes coherentes entre si, toda la multitud de los creyentes
fuera conservada en la unidad de fe y de comunión, colocando Cristo a San Pedro
al frente de los demás Apóstoles, instituido en un principio perpetuo y un
fundamento visible de una y de otra unidad, sobre cuya fortaleza un templo
eterno fue construido y surgiese, sobre la firmeza de esa fe, la sublimidad de
la Iglesia que debía ser erguida hasta el cielo".
La
solidez de la Sede de Pedro es el cimiento de la propia Iglesia. El fin de la
existencia del "principio
visible" de la doble unidad fue ahí bien explicitado: "vuelve perene la salutífera obra de la
redención".
Será
que tan salutífera obra de Cristo, la Iglesia, no quiso que existiese hasta el
fin de los tiempos; ¿hasta el último nacimiento de los seres humanos? ¿El
negará la salvación a una parte de la humanidad? ¿No murió por todos? ¿Los que
nacieron después del Vaticano II están privados de la obra de la salvación?
¿Después del Vaticano II no es necesaria la unidad del episcopado en la fe y en
el gobierno? ¿No son necesarios "sacerdotes
coherentes entre si"? ¿La multitud de los fieles no necesita de la
unidad de fe y de régimen? Quien dice eso son los enemigos de la Iglesia. A
ellos aprovecha esa opinión contra el dogma. Ellos aprueban esa forma de obrar
y esa doctrina.
León
XIII enseña que, sin ese "principio
visible y fundamento perpetuo": "a
multitud se disgrega; no existirá un solo cuerpo; existirán tantos cismas como
sacerdotes" (Satis cognitum).
Es
eso lo que quiere la "libertad
religiosa" de la Masonería y de la "nueva iglesia"; es eso lo que ocurrió con la
multitud de las sectas procedentes del libre examen de Lutero.
A
finalidad del Concilio Vaticano I, en esa Constitución dogmática sobre el "Pastor Eterno", fue la de
"exponer la doctrina sobre la
institución, perpetuidad y naturaleza del sagrado primado apostólico. En él
reside toda la forma y solidez de toda la Iglesia. Eso para que, por todos los
fieles, sea creída y mantenida, esa doctrina, siguiendo la antigua y constante
fe universal de la Iglesia".
Es
cuestión de fe divina universal, transcendente a todos los tiempos y opiniones
individuales, la perpetuidad del primado de Pedro, mientras exista la
Iglesia.
¿Acaso la Iglesia de Cristo se
acabó? ¿Dejo de existir por la acción de sus enemigos? Afirmar esto es negar la
Divinidad de Cristo y que sea Él la Cabeza divina, única, de la Iglesia.
3. Deber universal de elegir
En
la Constitución "Vacante
Sede Apostólica" San Pio X proclamó para todos los miembros de la
Iglesia el "deber santísimo y
gravísimo" de elegir un papa: "Estando la Sede Apostólica
vacante, la cosa mas grave y mas santa es elegir el Supremo Pastor, la Cabeza
del rebaño del Señor, para regir, de modo próvido y sabio, la Iglesia Católica
y ejercer en la Tierra, como Sucesor de Pedro, la Persona de Cristo
Jesús".
Esto
es Magisterio universal de la Iglesia, en materia de fe universal, común a
todos los miembros de la Iglesia, clérigos y legos (San Nicolás, D. S. 639).
Estando
la necesidad urgente de la elección, norma del Derecho divino, la formar de la
elección es de Derecho humano y varios a través de los tiempos. Cristo no dejo
normas electorales. Por Derecho divino compete a todos los miembros de la
Iglesia el deber de elegir un Sucesor de Pedro. Mas por el Derecho humano
existen los casos de excepción, de la extrema necesidad de la elección, no
previstos por el legislador humano.
Así
lo que por Derecho humano no era lícito en casos comunes, previstos por el
legislador humano, se vuelve lícito en casos de necesidad no previstos por el
mismo legislador humano.
Por
el Derecho natural es expuesto por los teólogos el caso de faltar la autoridad
superior: el poder de regir pasa la autoridad al inmediatamente inferior según
los grados dela jerarquía de jurisdicción, hasta llegar al nivel inferior.
Así,
muerto el general, el poder de ese pasa al coronel, al sargento, al cabo, hasta
llegar al nivel de los soldados, que, tienen el deber de escoger una nueva
autoridad para mandar las acciones de la lucha en la guerra.
Así
también en la Iglesia, faltando los Cardenales y obispos fieles designados. La
autoridad de los electores es para designar la persona que recibirá e ejercerá
el poder del cargo; ellos no tienen y no
necesitan tener la autoridad del ocupante del cargo para el cual eligen un
ocupante.
Es
sentencia de los teólogos la necesidad de la elección para el cargo que debe
durar perpetuamente y que, por eso, no puede permanecer perpetuamente vacante.
Si Pedro debe tener perpetuos Sucesores, es cierto que la Iglesia debe tener
también perpetuos electores, lícitos y válidos. Quien ordena el fin, ordena los
medios para él necesarios.
Son
personas excluidas del Derecho electoral todos los heréticos, cismáticos y
apóstatas; los sospechosos de herejía; los que traigan aun vivas cicatrices de
los delitos contra la fe y unidad de la Iglesia y los dudosos y disimulados. El
poder de Orden no es de si, un indicio de fidelidad.
El
Derecho Canónico trae el Canon 20, para situaciones donde no exista una norma
universal, o, donde, existiendo, no puede ser aplicada. La norma del hacer debe
ser quitada:
• De los principios generales del Derecho: observados,
con equidad canónica.
• De la forma y práctica de la Curia Romana.
• De la sentencia común y constante de los doctores.
• Sao Pio X, en el Canon 5, de su Constitución dispuso
que el colegio electoral en los casos urgentes en las vacancias: "él puede y debe proferir la sentencia
sobre el remedio oportuno".
Donde
es posible el "deber"
de ese colegio decidir sobre la elección en casos de extrema necesidad, donde
no se aplican las leyes electorales ordinarias.
El
Concilio de Constanza puede servir de ejemplo de acción fuera de las normas
humanas comunes.
Los
errores en elecciones regionales, o con autopromoción no quitan de los fieles
el deber de obrar según la universalidad de los miembros de la Iglesia. Esos
propios errores, más allá de la forma errónea, manifiestan, también el deber de
obrar; de no ser omisos, inertes, pasivos, ante la necesidad de la propia
Iglesia.
Quien
no quiere librar a su Madre del peligro de muerte, dejó de ser hijo de ella.
El número pequeño de electores fieles,
no afecta la validez de la elección, si fueran tomadas las providencias
posibles para reunir los fieles, excluidos los desviados de la fe, cismáticos,
apóstatas, sospechosos de herejía y con retractación dudosa o disimulada. El
Derecho divino no viene del número de los electores, del número de votos, del
consenso humano y de los hechos materiales. Es profecía de Cristo que, en el
fin de los tiempos, en la gran apostasía, los fieles serán pocos.
4. La necesidad absoluta de la Cabeza visible
El
Magisterio de la Iglesia enseña la necesidad absoluta e indispensable de la
Cabeza visible humana, con poder recibido de la Cabeza invisible divina, para
mantener en la sociedad, natural y sobrenatural, la forma dada por su Fundador
y para dirigir las acciones de todos los miembros de la sociedad para el fin
para el cual fue ella instituida.
Tal
Cabeza visible es ministra de Deus para esa forma y fin bueno, contra la forma
y fin malo.
Donde
la esencia y naturaleza de toda sociedad exigen, por norma divina, que exista
una Cabeza que mande y que ordene las acciones de los miembros de la sociedad y
que sea su principio visible en la forma querida por él instituido divinamente;
exige que existan autoridades que manden y personas subordinadas que
obedezcan.
Eso
es la forma esencial y naturaleza de toda sociedad, para, por la unidad de
régimen, tenga la unidad de comunión entre los miembros de la sociedad.
La
Cabeza visible es un medio esencial para la forma y el fin de la sociedad. Y
siendo perpetua la sociedad como lo es la Iglesia, también será perpetua, por
norma divina, la Cabeza visible de la sociedad.
Sin
ella los miembros divergen en la forma y en el fin de la sociedad, en el creer
y en el obrar y se destruirá la sociedad.
Donde
el vínculo de la Cabeza autoritaria, visible, es indispensable para la
identidad perene de la sociedad y para la acción unida para el mismo fin, para
la ligación de los miembros entre si bajo la subordinación de un solo y mismo
principio superior, docente y regente, subordinado también el mismo, a la misma
Cabeza divina invisible.
Eso
enseña León XIII:
"Obliga la necesidad a que, en toda
comunidad de seres humanos existan personas que manden. Eso para que, sin el
principio o la Cabeza que la gobierne, no sea la sociedad privada de conseguir
el fin para el cual nació y para el cual fue constituida" (Diuturnum illud).
Donde
no puede existir la sociedad que es la Iglesia de Cristo, sin la Cabeza visible
del Sucesor de Pedro, Pastor y regente de todos los miembros de la Iglesia.
Reitera
León XIII: "Es imposible imaginar una sociedad
perfecta no gobernada por un poder soberano" (Satis cognitum).
La
sentencia es clara.
Reitera
él: "Estableció Cristo una Iglesia
todos los principios naturales que, entre los hombres, vuelven una sociedad
capaz de alcanzar la perfección de la cual su naturaleza es capaz"
(Idem).
Y
mas: "Siendo la Iglesia un grupo
de fieles, para ser una, requiere la unidad de fe. Y siendo una sociedad
constituida divinamente, requiere, por Derecho divino, la unidad de régimen, la
cual genera y comprende la unidad de comunión” (Idem).
Y
mas: "Siendo la autoridad de
Pedro una parte de la Constitución y de la ordenación de la Iglesia; siendo ella
el principio de su unidad; y siendo perpetua su seguridad; no podía ella
desaparecer con Pedro" (Idem).
Y
mas: "Proclama la misma naturaleza
que es de necesidad que una sociedad de a sus miembros los medios y facilidades
para que pasen la vida según la honestidad y toda la Justicia"
(Libertas, 22).
Y
mas: "Si, por la voluntad de Dios,
nacen los hombres ordenados para una sociedad (...), y si en esta sociedad es
tan indispensable el vínculo de la autoridad, que, siendo retirada, ella
necesariamente si disuelve, se sigue que, el mismo Dios que creó la sociedad,
creó también la autoridad". "Se ve ahí que, sea quien sea la
autoridad, ella es ministra de Dios". "Según lo requiere el fin natural de la autoridad, tanto es según la
razón obedecer al poder legítimo, cuando ordena lo justo, cuanto obedecer a la
autoridad divina que todo gobierna" (Humanum genus, 22).
El
"vínculo de la autoridad"
no existe en la "vacancia prolongada", "necesariamente
la sociedad se disuelve".
He
aquí la perfidia de la sentencia de la secta de los acéfalos. Es imposible
imaginar la sociedad de la Iglesia sin la Cabeza ministra de Dios que la
dirija. Un cuerpo sin cabeza es un cadáver. Quien no quiera la Cabeza visible,
no quiere la Cabeza divina que instituyó la Iglesia.
Apartase del Magisterio dogmático o del
Derecho divino. Es apartarse de la unidad de la Iglesia.
5. Necesidad de la integridad del credo
Tratándose
del principio visible de la unidad de fe y de régimen, base fundamental de la
Iglesia, la necesidad absoluta de la Cabeza visible de la Iglesia es también cuestión
dogmática, sin la cual se incide en el cisma y en la herejía.
Rechazar
esa Cabeza y pretender la "acefalia prolongada", después de cincuenta años del Vaticano II, sin duda, es
herejía y cisma. Aún que se profese todo lo demás en el credo, sobre la Misa y
los Sacramentos, sobre la Liturgia, ahí se falta gravemente el credo.
Enseña
León XIII: "Nada es mas peligroso que conservar en
todo la integridad de la doctrina, porque una sola palabra puede corromper la
pureza de la fe recibida de los Apóstolos, como una gota de veneno" (Satis cognitum).
Es el
caso actual de muchos que proclaman la acefalia: "no habrá más papa"; "es la misma opinión sobre el Apocalipsis".
El
credo católico dice: "Quicumque
vult salvus esse, ante omnia opus est, ut teneat catholicam fidem: quam nisi
quisque integram inviolatamque servaverit, absque dubio in aeternum
peribit" (D. S. 75).
He
aquí como "absque dubio",
perecerá eternamente quien no mantiene la integridad del credo. Aquí se trata
de un solo punto del credo y, si todos son igualmente importantes, también este
es de modo fundamental.
Un
cuerpo sin cabeza no se mueve; no opera; no tiene la coordinación motora de los
otros miembros. El cuerpo así no se mueve unido con una sola forma, para un solo
fin.
León
XIII declaró: "La herejía y el
cisma nacen del rechazo a la debida obediencia a la Cátedra de Pedro. Su única
fuente es el no querer en la Iglesia un solo Pontífice, un solo Juez que ocupe el
lugar de Cristo". "Las dificultades sobre la Fe deben ser resueltas por
la Sede de Pedro" (Satis
cognitum). Deben ser resueltas "non
nisi ad Petrum", enseña Santo Tomás.
Los
obispos independientes y autónomos, sin reuniones para profesar la unidad de fe;
para externar la comunión en la unidad de gobierno, aún que aparentemente
conserva el credo en todo, más no son obispos católicos.
El credo católico no viene "ex consensu Ecclesiae"
(Vaticano I, D. S. 3074). Es Magisterio de la Iglesia "ser bastante inicuo disminuir la
verdad revelada a través de pactos" (Pio XI Mortalium ánimos).
Tal es la forma de la "falsa
religión cristiana" del Ecumenismo, enseñó el mismo papa. La libertad
e igualdad religiosa; el Ecumenismo del
Vaticano II, disimuladamente, están ahí presentes. El Padre de la mentira es el
Padre de la disimulación de la fidelidad a Cristo.
6. La existencia de los medios necesarios
Existen
los que dicen que, aunque sea una verdad teórica y dogmática, la necesidad y el
deber de extinguir la vacancia, tal objetivo es imposible de ser atendido en
la práctica; es absurdo; el divide los "fieles"; no existen los medios para ese fin. Obispos
declaran que su trabajo: "no tiene
por objetivo extinguir a vacancia". Tales palabras son heréticas;
totalmente opuestas al Magisterio dogmático de la Iglesia. Dios no ordena cosas
imposibles; quien ordena el fin, da los medios para conseguir ese fin.
Dios
no quiere la extinción de su Iglesia: no abandonó la asistencia divina a su Iglesia.
Nunca faltaron los medios en dos mil años de Iglesia. Esos medios no proceden de
los obispos infieles, de la "nueva
iglesia". Los fieles no esperan la conversión de los infieles para
cumplir esos convertidos (si se convirtiesen) los deberes que son de los propios
fieles. Son subterfugios para la no sumisión a la autoridad divina, perpetua, del
Magisterio de la Iglesia.
Enseña
León XIII en la "Immortale
Dei": "La Iglesia es, en su
género y por Derecho, una sociedad
perfecta; por cuanto, por voluntad y acción de su Fundador, tiene ella en si y
por si, todos los medios necesarios para su incolumidad y acción"
Los
medios necesarios para la elección de la Cabeza visible en la Iglesia están
entre sus miembros visibles y no en los que están fuera de la Iglesia. Esos medios
deben ser buscados solo entre los fieles y jamás entre los infieles.
No
se busca la elección de la Cabeza visible de la Iglesia entre los divididos y los
separados de la unidad de fe y de gobierno. Se argumenta que no se elige la
Cabeza de la sociedad "porque
estamos divididos" en cuanto a la misma necesidad de la Cabeza, o en
cuanto a la posibilidad de la elección. No pertenecen a la Iglesia los que están
divididos en la fe.
Pio
XI enseñó en la "Mortalium
ánimos" que "nada falta" a la Iglesia en cuanto a la virtud y la
eficacia en el cumplimiento perene de su función, dado que Cristo prometió solemnemente
estar con ella: "todos los días, hasta
la consumación de los siglos".
Él
está presente como regente y guardián de la Iglesia, con su omnipotencia
infinita. Dice Pio XI: Si Cristo enseñó a los Apóstoles; si quiso que el Espíritu
Santo enseñase a ellos, para que en nada errasen; la doctrina de Cristo, jamás
faltó o fue perturbada en la Iglesia en la cual él está presente como regente y
guardián.
Si lo
contrario fuera la verdad, ha siglos la predicación de Cristo y la acción del
Espíritu Santo seria sin fuerza y eficacia. "Lo que es blasfemia", dice el papa. Enseña el
Concilio de Trento: "Si alguien
dice que los preceptos de Dios son imposibles de ser cumplidos, sea
anatema" ( D.S. 1568) .
Tal
sentencia "es prohibida por los
Santos Padres, bajo anatema" (D.S. 1536).
Tal
sentencia es la de los herejes jansenistas condenados por Inocencio X: "es herética" (D.S.
2001-2006).
Los que afirman la imposibilidad práctica
de la elección papal son heréticos: acusan a Dios de mandar cosas imposibles.
7. La grandeza de la presente apostasía
La
magnitud de la apostasía, de los que se apartan de la unidad de fe y de régimen
en nada altera la fe y los deberes de los fieles que perseveran en la fe.
La
Iglesia de Cristo es la misma, divina, con pocos o con muchos fieles. Los medios
divinos y humanos para la elección papal permanecen los mismos con pocos o con
muchos miembros dentro de la barca de Pedro. Es León XIII quien lo enseña en la
"Satis cognitum":
"Sea cual fuera la violencia y la
habilidad de los enemigos de Cristo, visibles o invisibles, estando fundada
sobre Pedro, la Iglesia nunca podrá sucumbir o desfallecer en lo que quiera que
sea".
Tales
palabras son claras, aún más tratándose de cosa pertinente a la esencia y
naturaleza de la propia Iglesia, del propio San Pedro: "principio visible y fundamento perpetuo" de la Iglesia.
Lo
opuesto seria confesar que Lucifer venció a Cristo; que los enemigos de Cristo
amputaron, para siempre, la cabeza visible de la Iglesia. Como hicieron con
Luis XVI en la Revolución Francesa, para destruir el Estado Católico.
La
Iglesia es un "pueblo
santo", una "sociedad
visible" y Dios ordenó a
ese pueblo, en el Apocalipsis, en cuanto a la "gran prostituta": "Sal
del medio de ella, pueblo mio, para que no seáis participantes de sus delitos y
no recebáis sus penas" (Ap. XVIII, 4).
Esas
palabras del Apocalipsis están de acuerdo con el dogma y no pervierten el
sentido perpetuo del dogma, en cuanto a la Cabeza visible del "pueblo santo", ordenado,
enseñado y gobernado por la Cabeza Visible. Una multitud dispersa y confusa, con
tantos cismas cuantos sacerdotes y cabezas, no es un verdadero "pueblo santo" de una sola
fe, de un solo Señor. Pocos con Cristo, como los soldados de Gedeón, somos más
fuertes que muchos sin Cristo, como los enemigos del pueblo electo, vencidos
por Gedeón.
En 1994, en Asís, se intentó, a pesar
de la crisis, y realizada de hecho, una elección de una Cabeza visible. Lo que
muestra el camino, como el del Concilio de Constanza, a pesar de los divididos
contra la unidad de la Iglesia. Las divisiones y cismas hoy existentes muestran,
la evidencia, que la "nueva iglesia"
y otras sectas paralelas con diversidad de credo, no son la Iglesia Católica.
Esta mantiene una unidad de fe universal, con todos los fieles de todos los tiempos,
sin doctrinas nuevas opuestas.
8. Acefalia es sinónimo de dispersión
El
Derecho divino y la enseñanza del Magisterio de la Iglesia muestran los efectos
altamente dañosos de la acefalia prolongada. León XIII los muestra en la
encíclica "Satis cognitum";
con la imagen viva de la Iglesia como en edificio sobre el cimiento de Pedro.
Dice: "Si desaparece el cimiento;
se derrumba el edificio".
En
cuanto al "vínculo" de los
miembros de la sociedad gobernada por Pedro, dice: "Si se deshace el vínculo de la sumisión a la Sede de Pedro; el pueblo
cristiano será una multitud que se dispersa y se disgrega: no formará un solo cuerpo
y un solo rebaño". Esto es: no será: "un solo rebaño, con una sola fe, un solo Señor, un solo
Pastor" (Ef. IV, 5). He aquí porque y como la "nueva iglesia" conciliar es
"otra iglesia" sin la
Cabeza visible católica, bajo una Cabeza herética disimulada de católica, según
el Padre de la mentira. La vacancia y acefalia es la misma: una falsa
Cabeza no extingue la acefalia. En cuanto a un verdadero "ministro de Dios".
Los
que pregonan tal doctrina de la acefalia pregonan contra la esencia y la naturaleza
de la Iglesia; levantan una cátedra falsa, contra la verdadera. Dice León XIII:
"Quien, contra está única cátedra, levanta
otra cátedra, es cismático y prevaricador". Actua contra el poder
divino de la Sede de Pedro.
Por
eso, dice el papa: "La orden de los
obispos no puede ser considerada unida a Pedro, si no es sumisa a él y lo
obedece. Sin esto ella se dispersa." Es lo que vemos, no solo en los
secuaces del Vaticano II; sino también en las sectas de los acéfalos; ambos sin
la cabeza visible fiel y válida.
No basta simular fidelidad en la
Liturgia, en los altares floridos, en los ritos de San Pio V, en la Misa y en los
Sacramentos, cuando se reza "una
cum" con el hereje, falso Vicario de Cristo; o cuando, de la misma
forma, se quiere la Sede de Pedro acéfala, sin los "perpetuos sucesores" fieles de Pedro. Sin cumplir el
deber de elección, la acefalia prosigue por dolorosa o culposa acción o inacción
de los que pregonan tal doctrina. Por error, culposo o doloso, cooperan para la
muerte eterna de millones de ovejas de
Cristo.
9. La palabra divina
Más
allá del Magisterio divino, expuesto por el Magisterio de la Iglesia, sobre la
perpetua permanencia de la Cabeza divina en la Iglesia: "usque ad consummationem saeculi" (Mt. XXVIII, 20): independiente de la
gran apostasía de los infieles (que no debe afectar a los fieles) la revelación
divina es expresa en manifestar la misma doctrina expuesta sobre la perpetuidad
de los Sucesores de Pedro hasta el ultimo instante de existencia de la Iglesia
terrestre.
Es lo
que expresan las Sagradas Escrituras: "Ubi
non est gubernator, populus corruet"; "el pueblo se disgrega donde no
existe un gobernante" (Prov. XI, 4). Esto es, la sociedad se deshace,
se destruye; las ovejas salen del único rebaño; siguen a muchos falsos pastores,
no sumisos al único Pastor de los pastores. San Pablo advirtió sobre los falsos
hermanos, acéfalos, "non tenens
caput", no sumisos a la cabeza superior divina: "Nadie los seduzca, queriendo andar en
humildad y en la religión de los ángeles que no son visibles, afectados
frustradamente por el juicio de su carne, no teniendo la cabeza por el cual
todo el cuerpo, por nexos y uniones, suministrado y construido, crece en el
aumento de Dios" (Col. II, 18-19). La descripción de los acéfalos
es clara.
La
profecía sobre la dispersión de las ovejas de Cristo, fue dicha por el mismo
Cristo: "Golpeare al Pastor y se dispersan
las ovejas" (Mc. XIV, 27).
El mismo fue profetizado según el relato de San Juan. Dice Cristo a sus
Apóstolos que profesaban la fe en él: "He
ahí que viene, y ya es venida la hora, en la cual cada uno se dispersará para las
cosas propias y me dejaran solo" (Jo XVI, 32). Hoy cada uno va en su doctrina propia, fe propia,
norma propia, criterio propio. No solo los del Vaticano II, sino también otros
que se dice contra él.
El
libro de los Macabeos trae la oración de Nehemías, mostrando lo necesario: "congrega nuestra dispersión; libra a los
que sirven a los paganos (...), para que los pueblos sepan que es Dios"
(2 Mac. I, 27).
El
libro de Judit muestra lo que ocurrió: "Ha
poco tiempo retornaran al Señor su Dios, de la dispersión por la cual estaban
dispersos y subirán a todas estas montañas y, de nuevo, poseerán la Jerusalén, donde
están sus santos" (Jud. V,
23). He ahí la imagen de lo que se pedía a Dios y de lo que ocurrió.
Conclusión
Vimos
el Magisterio perpetuo de la Iglesia y el Derecho divino en el cual él se
funda. Nadie puede interpretar de otro modo el Derecho divino en el cual él se
funda. Nadie puede interpretar el derecho divino, por su juicio propio libre,
de modo opuesto a la sentencia de la Sede de Pedro.
Nadie
puede separarse de ese Magisterio sin ser cismático y herético y sin
colocarse fuera de la Iglesia. Eso dice respecto a todos y a cada uno de los fieles y no solo a unos y
no a otros. Es materia de fe universal, con relación a la cual no es lícito
dividirse y separarse de la unidad de la Iglesia. La grandeza de los delitos de
los otros, no altera la fe y los deberes de los fieles: Dios quiere también las
obras. El silencio exterior es una implícita negación de la Fe.
El deber no es solo el de rezar; es también
el de obedecer a los preceptos y cumplir los deberes. El "deber gravísimo" de acción
ya fue postergado durante medio siglo. Los enemigos de la Iglesia de Cristo se alegran
con tal inercia; ella ayuda a la herejía de la secta de los acéfalos, la multitud
de cismas, la dispersión de las ovejas. Es ese el objetivo de ellos. Tanto los
que aceptan en la Iglesia una falsa cabeza herética, disimulada de "católica", en cuanto los que no
quieren una Cabeza fiel, válida, causan ambos los mismos males de la "vacancia prolongada",
repelida por Paulo IV (Cum ex apostolatus).
La herejía es la misma; en la cooperación para la libertad religiosa y en el
Ecumenismo es la misma. Dios no tiene "Plan
divino" contra los dogmas de fe perenes. No ordena la inercia, sino
la sumisión a los deberes impuestos por la Iglesia. No ordena cosas imposibles.
Compete a todos los verdaderos fieles, por Derecho divino, el deber de hacer,
para la unidad de régimen que genera la unidad de comunión. El silencio
exterior sobre la fe es una implícita negación de la fe, enseña el Magisterio
divino de la Iglesia. La unidad de fe es el vínculo principal de la Iglesia; y es
esa unidad de fe que impera la existencia de la Cabeza visible y que dice que Dios
no manda cosas imposibles.
Laus Deo nostro
Traducción:
R.P.
Manuel Martínez Hernández.
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