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sábado, 7 de diciembre de 2013

Del bautismo de los monstruos.

Capitulo I
 Artículo VII
    38. Teorías antiguas sobre su naturaleza.—39. Falsedad de esas teorías.— 40. Bautismo absoluto y condicionado.—41. Bautismo de los acardíacos. 42. Unidad y pluralidad de personas.
  
     38. Teorías antiguas sobre su naturaleza.
    Muchas y muy profundas cuestiones se han suscitado con motivo de los monstruos humanos. Nos referimos a los seres que, teniendo algunos elementos de persona humana, se apartan de ésta por razón de otros, extraños a la misma, o por ciertas anormalidades; por lo que, si por una parte puede decirse que son humanos, por otra se separan notablemente de la integridad, proporcionalidad, perfección de la naturaleza humana (Canon 746, 3 y 5 del Código de Derecho Canónico.—Antonelli, ob. cit., número 384.—P. Ferrreres: Derecho sacramental y penal, núm. 53. Para prevenir el peligro de infección por parte de la madre en los casos mencionados, es lícito emplear agua mezclada con hidrargirio biclorato corrosivo, en la proporción de 1 por 1.000 de agua. Si no existiera ese peligro, no sería lícito. Así lo resolvió la Sagrada Congregación del Santo Oficio, 21 de agosto (P. Capello: De Sacramentis, vol. I, núm. 104). No se ve inconveniente en que el elemento esterilizador fuera otro, con tal que la proporción sea, poco más o menos, la dicha, para que el agua no pierda su condición de natural. (Gfr. doctor H. Bon, ob. cit.,) Este autor recuerda lo ya dicho acerca de la no necesidad del consentimiento de los padres, si el peligro es inminente.Pablo Zacchías: Quaestiones medico-legales, lib. VII, tít. I, q. 1, núm. 26). De estos seres se han ocupado los médicos y filósofos en averiguación de las causas y del proceso de su formación; los jurisconsultos, para determinar las consecuencias jurídicas procedentes de la personalidad-, los teólogos, por lo que al alma se refiere y a la administración del bautismo. Lo quo más ha contribuido a las infinitas lucubraciones de unos y otros ha sido el hecho, al parecer muchas veces repetido, de la semejanza que algunos monstruos han tenido con ciertos animales. Esto, juntamente con las fábulas del Centauro, el Minotauro, los Sátiros, etc., admitidas sin la suficiente depuración histórica hizo que muchos autores admitieran la posibilidad de la generación por el concurso de hombres con animal hembra, y de mujer con animal macho. El doctor Pablo Zacchías, que refiere las divergencias en este particular, reconoce la posibilidad de la conjunción de los elementos generativos de animal y hombre y de la resultancia de un monstruo, sin atreverse a decidir si este fruto puede ser considerado como ser humano. En ciertos informes que trae Cangiamila, de médicos y teólogos (Embriología sagrada), se dan por buenas esas teorías y se inclinan por la administración del bautismo, tanto a monstruos procedentes de comercio de mujer con bestia, como de hombre con hembra animal; en el primer caso, porque es probable, según algunos «físicos», que «el feto está formado todo y organizado perfectamente en el huevo y que se vivifica en el instante de la concepción», «sea el que fuere el macho que lo pone en movimiento»; y en el segundo caso, porque también algunos médicos aseguran que la virtud germinativa reside principalmente en la semilla del hombre; consideran, por tanto, probable en ambos casos que los monstruos tengan alma racional si tienen figura humana. El mismo Cangiamila coincide y dice que «se deben bautizar a lo menos bajo la condición: Si eres hombre, etc., los monstruos que nacen de bruto y mujer».

39. Falsedad de esas teorías.
     Ya no circulan éstas. El crimen de bestialidad ha estado bastante extendido y nunca se ha comprobado que ese comercio bestial haya sido fecundo. Por otra parte, de la historia de los animales consta que adolecen de infecundidad los comercios entre géneros diversos, si llegan a efectuarse, pues es innato a los animales rehusar esos comercios. También es un hecho observado que cuando ocurre fecundación entre especies próximas, el fruto es en absoluto infecundo. Con mayor razón tiene que ser infecunda la unión entre seres de orden diverso, como lo son el hombre y los animales. La conclusión, por tanto, tiene que ser que todo lo que nace de mujer no puede ser más que hombre, y que no puede ser persona humana el fruto del parto de una bestia. La razón de las monstruosidades es completamente embriológica, ignorada por completo de los antiguos; y aunque la Embriología no nos suministre la causa de los monstruos, nos enseña, en cambio, el modo de su formación (Antonelli, ob. cit., vol II, núm. 400). A la luz de estas consideraciones podemos establecer el estado de la cuestión en la actualidad; esto es: que no nos debe ocupar el fruto del parto de una bestia; si el de una mujer, para bautizarle, en forma absoluta o condicionada, según proceda (Doctor Perales y Gutiérrez: Examen de algunas operaciones obstétricas, página 68. Ferreres: Derecho sacramental y penal, núm. 65. Noldin; De Sacramentis, núm. 72. Massana, ob. cit., pág. 392. Génicot, ob. cit., núm. 142).
40. Bautismo absoluto y condicionado.
     La doctrina que acabamos de exponer sirve de fundamento al canon 748 del Código Canónico, que dice: «Los monstruos y fenómenos bautícense siempre, por lo menos bajo condición; pero en la duda si es un solo hombre o más de uno, bautícese uno en forma absoluta, los demás «sub conditione». Dedúcese de aquí que todos los fetos engendrados por la mujer deben ser bautizados, aunque tengan figura monstruosa y extraña. Se entiende si nacen con vida, pues los que ciertamente están muertos, no son sujetos de bautismo. Si existe duda, el bautismo será condicional: «Si vives, yo te bautizo», etc. Lo mismo debe decirse cuando hay duda sobre si se trata de persona humana, a causa de su deformación, pues en tal caso empléase esta condición: «Si eres capaz», etc. No son susceptibles, pues, de bautismo las molas. Son éstas huevos fecundados, en los cuales, a causa del desigual desarrollo de las secundinas y del feto, éste casi siempre es absorbido y se extingue en la medida que aquéllas crecen de modo extraordinario. Se distinguen las molas, porque son «carne informe, tejido de venas negras y sanguinolentas, repugnante a la vista y dura al tacto». Conviene, sin embargo, abrirlas y examinarlas —advierte Ferreres con Esbach—, porque más de una vez se han encontrado fetos encerrados en ellas (Ferreres: Compendium theologiae moralis, vol. II, núm. 323. Cangiamila, ob. cit., pág. 244. Advierte con muchísima razón este autor (pág. 246) que no deben ser sofocadas las producciones monstruosas, por verlas muy deformes. Creía Zacchías que lo nacido de mujer con forma extraña a la humana, mucho más si tiene semejanza con algún animal (liebres, ranas, tencas, etc.), puede ser matado y arrojado a un albañal (ib. VII, tít. I. i IV, núm. 16). Como se ve, esto está reñido con la doctrina expuesta y con las leyes de la Humanidad).
41. Bautismo de los acardíacos.
     Existe duda sobre la personalidad y capacidad bautismal consiguiente de los acardiacos; esto es: de ciertas monstruosidades que carecen de cerebro y corazón, y constan solamente de tronco y pies. «Acontece esto, dice Capellmann, cuando las venas de los gemelos contenidos en una misma membrana fetal tienen tal cohesión entre sí y la fuerza de la sangre en uno de los fetos adquiere tanta preponderancia, que su circulación invade las venas del otro; y, de consiguiente, el corazón y los pulmones de éste y gran parte de tronco quedan atrofiados, de donde resulta que el feto monstruoso es alimentado por el otro que está en completo desarrollo.» Por consecuencia, nace el monstruo después de éste, casi siempre muerto. Le niegan personalidad humana y la capacidad bautismal Capellmann, Antonelli, Génicot, Noldin y Payen (Capellmann, ob. cit., pág. 235. Antonelli, ob. cit., núm. 401. Génicot, obra cit.. núm. 142. Noldin, ob. cit., núm. 72. Payen: Déontologie medícale, capítulo XX, art. 1.°, núm. 5. Véase nota del doctor Bermejillo en el apéndice). Pues, según Capellmann, «es hombre, no solamente el que tiene forma humana, sino el que tiene precisamente la cabeza y el pecho humanos». Sostiene Ferreres (Compendium theologicae moralis. vol. II,. núm. 323, y Derecho Sacramental, números 65 y 67) que es probable que los tales estén informados por alma racional, y, por tanto, deben ser bautizados sub conditione. Y esto por una razón muy profunda. Por una parte, es sentencia hoy común que la animación se verifica en el mismo momento de la concepción. Por otra, las monstruosidades parecen ser vicios de desarrollo como consecuencia de algún accidente. ¿No es lógico suponer que no pierden el alma, aunque en el proceso de la gestación los órganos más importantes sufran atrofia y no puedan conseguir su desarrollo? Si, pues, nacen con vida, es de presumir que ésta proceda del alma racional, y asi deben ser bautizados bajo condición: «Si eres capaz», etc. Por razones de índole práctica, estima Capellmann que este bautismo condicional no debe omitirse, pues «es difícil, dice, conocer si la disposición de los órganos esenciales ha desaparecido en realidad», y además «no hay que perder tiempo». Por su parte, Antonelli termina diciendo: «Nacido el feto que está bien desarrollado, como no se puede saber si el acardíaco, que está aún dentro, tiene rudimento de corazón, que por algunos momentos puede conservar algo de vida, creemos que seria bueno bautizarle con bautismo uterino, bajo condición «Si vives», etc.»
42. Unidad y pluralidad de personas. 
     En cuanto a la duda que recoge el Código Canónico en el citado canon 748 sobre la unidad o duplicidad del monstruo, es regla establecida por los teólogos que «todo lo que tiene forma de cabeza y pecho humano debe tenerse por persona y, de consiguiente, ha de bautizarse». Aunque ni el cerebro ni el corazón, como decían los antiguos (Zacchías, ob. cit., lib. VII, q. IV, núm. 10, y q. V, núms. 1-6 del tít. I. Alfonso Carranza: De vera humani partus naturalis et legitimi designatiione, capitulo XVII, núm. 29. Madrid. 1628), sean asiento del alma; son los órganos más importantes que la sirven: el cerebro, para realizar las facultades intelectivas; el corazón, como motor de la vida (J. Balmes: Metafísica (Psicología), caps. I-X. P. Zigliara, O. P.: Summa philosophica, 2 (Psicología), lib. II, cap. III, art. 2). No hay inconveniente, por tanto, en considerarlos como signos distintivos para discernir la personalidad del feto, y adjudicársela al que tenga cabeza y pecho, pues el que las tiene, tiene vida propia, tiene alma racional, es un individuo.
Los casos más frecuentes son estos que pasamos a estudiar:

     1° Una cabeza y un pecho. Siempre que el monstruo no tenga multiplicadas estas partes del organismo, aunque carezca de cráneo, o de extremidades, o tenga éstas en mayor número del debido, o adolezca de otras deformidades, es evidente que hay que conferir solamente un bautismo incondicionalmente, pues se trata de un solo individuo (
Capellmann-Berumann, ob. cit., págs. 234 y 243. Ferreres: Derecho Sacramental, núm. 66. Antonelli, ob. cit., núm. 401).
     2° Doble cabeza y doble pecho. En este caso, aunque no hubiera más que un tronco, habrá dos individuos; por tanto, hay que administrar dos bautismos sobre cada una de las cabezas. Esto, cuando ambas cabezas están bien diferenciadas. Si están tan unidas que parezcan una sola con doble cerebro, creemos que deberá bautizarse la cabeza en plural, y después cada pecho condicionalmente: «Si no estás bautizado», etc. (
Antonelli, ob. cit, núm. 102. El doctor Blanc. citado por el P. Ferreres (Compendium theologiae moralis, vol. II, núm. 323), advierte que sucede alguna vez que un monstruo en una sola cabeza contenga doble cerebro con doble rostro, en cuyo caso dice que debe procederse como si se tratara de doble cabeza, profiriendo la forma del bautismo en plural: Yo os bautizo, etc., derramando el agua sobre todas las partes de la cabeza. Esto sucede en los sicefalianos (clasificación de G. Saint- Hilaire) y principalmente en el género Janiceps, que forman aparentemente una sola cabeza de Jano. Cfr. Massana: Cuestionario médico-teológico, pág. 392).
     3° Dos cabezas y un pecho. «Aun cuando éste fuera uno hasta el cuello de cada una de ambas cabezas, de modo que fuera también uno el corazón y unos los pulmones, me inclinaría a decir que constituye dos individuos...; aquí hay dualidad del sistema nervioso central... Se ha observado, además, que a veces, mientras una de las cabezas duerme, la otra está despierta, y que mientras una tiene la cara alegre, la otra revela languidez y pena» (
Doctores Capellmann-Berumann, ob. cit., pág. 236). De esta dualidad de operaciones en un cuerpo con doble cabeza se había hecho cargo Zacchías (Ob. cit., q. V, núms. 1-3): «Es frecuente observar, dice, que en un cuerpo de dos cabezas dominan pasiones diversas al mismo tiempo, y que en un momento mismo la voluntad es arrastrada a objetos opuestos; pues uno está alegre, mientras el otro está triste; se ríe uno, y el otro llora; uno habla, calla el otro; duerme aquél, éste vigila; uno está lleno de ira, mientras el otro está tranquilo; es más: hasta luchar se ha visto a las dos cabezas.» Aunque esto no demuestra el intento de Zacchías de que el cerebro es el asiento del alma, con todo, prueba que con toda razón es considerado el cerebro como el órgano principal mediante el cual el alma ejercita sus funciones y confirma la opinión de los que admiten dos almas donde hay dos cabezas. Como ello es probable, no se necesita más para concluir, en orden al bautismo, que una cabeza—la que esté mejor formada—debe ser bautizada absolutamente, y la otra bajo esta condición: «Si eres otro hombre», etc. (Cangiamila, ob. cit., lib. III, cap. III, pág. 245. p. Vermeersh Epitome Juris Canonici, vol. II, núm. 32. Capellmann, ob. cit., pág. 245).
     4.° Un cabeza y dos pechos. En estos casos no hay unanimidad de pareceres respecto a la pluralidad de sujetos. Es de parecer Capellmann (p. 236) que se trata de dos individuos, «porque ambos cuerpos, aunque se sirvan de un común sistema nervioso central, tienen, no obstante, su propio sistema vegetativo, y, por tanto, en cierto modo, la vida del uno está separada de la del otro, cuando menos en la nutrición». El P. Payen, de la unidad de cerebro deduce, como consecuencia, que sólo existe un individuo (P. P
ayen: Déontologic médicale, cap. XX, art. 1.°, núm. 5, pág. 87. De este parecer, dice Cangiamila, era San Carlos Borromeo (ob. cit., pág. 245). El mismo autor nos hace saber que el año 1587 nació en Novara un monstruo con siete cabezas, y que Escoto y Aldrovando hacen mención de otro nacido en 1625. La conducta es la que consignamos en el número 3. o sea: una se bautiza absolutamente, y las otras bajo condición). En la práctica, empero, y como resultado de esa misma duda, en la que toda seguridad es poca, convienen los teólogos en que se debe bautizar la cabeza incondicionalmente y luego cada uno de los pechos con la condición: «Si no estás bautizado», etc.
     5.° Monstruos parasitarios. Se llaman así los fetos que están pegados y adheridos a otro que suele estar bien desarrollado. No hay duda que el que está bien formado debe recibir el bautismo en forma absoluta; pero el otro, si no es que se trata de fragmentos incoherentes, sin formación de otro feto, debe ser bautizado bajo condición: «Si vives y eres capaz, yo te bautizo» (
Antonelli, ob. cit., núm. 405).

Dr. Luis Alonso Muñoyerro
MORAL MÉDICA EN LOS SACRAMENTOS DE LA IGLESIA

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